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LOS DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES Y DE PROTECCIÓN PARA UNA VIDA DIGNA

Enviado por   •  31 de Diciembre de 2018  •  4.442 Palabras (18 Páginas)  •  457 Visitas

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Según la convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores donde, “resalta a que ellos o ellas tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que cualquier otra persona”. (HUMANOS, 1969)

“La tendencia a favor de una vejez activa procura que el anciano conserve su independencia, su libertad de acción y su iniciativa, de manera que sea capaz de elegir el mayor número de opciones en su vida, sin desconocer la realidad de que la gente de mayor edad es menos capaz de ejercer su independencia, tiene menos eficiencia en su trabajo y es más vulnerable a las enfermedades”. (Barros, 1994)

Dentro de la historia del ser humano, como hemos señalado hay pueblos que tratan mal a las personas de edad avanzada, pero también hay pueblos que tienen una actitud positiva, como en Inglaterra, en la que se respeta la longevidad que tiene categoría de virtud; más aún recordemos que “Voltaire compuso Candide a los setenta y cinco años; Víctor Hugo escribió en su vejez, versos muy hermosos; Goethe el admirable final del Segundo Fausto y Wagner escribieron a los sesenta y nueve años”. (Falconí, 2011)

Conocer el funcionamiento social, psicológico ante la vulnerabilidad de los derechos humanos de los adultos mayores de una perspectiva general de la concepción según algunas dimensiones psicológicas, culturales y familiares que lo caracterizan como los roles sociales, autoestima y percepción de funcionamiento familiar y vinculación ante la sociedad.

AMBIENTE SANO

El 16 de diciembre de 1991, Naciones Unidas promulgó los “Principios a favor de las personas de edad”. Dentro del área de los cuidados, el principio número 11 declara que “las personas de edad deberán tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad” (NU, 1991).

En el Ecuador se reconoce a las condiciones que debe vivir una persona, mencionada en la sección segunda, ambiente sano de la constitución ecuatoriana en el Art. 14.- “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak kawsay.” (Ecuador, 2008)

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

En las últimas décadas se han manifestado en los ecosistemas grandes impactos entre los que se puede mencionar la degradación de los suelos, el agua y la disminución de la biodiversidad. Desde inicio de los años ‘70 la percepción de estos efectos negativos por parte de las sociedades ha instalado en numerosos organismos oficiales y no oficiales, un debate en torno a las problemáticas ambientales y la necesidad de generar nuevas estructuras organizacionales, así como también alternativas de desarrollo.

Para numerosos autores la noción de crisis ambiental que dio origen al concepto de Desarrollo Sustentable debería ser considerada como una crisis civilizatoria, en la cual la identificación de las diferentes perspectivas filosóficas que interpretan la relación hombre-naturaleza, las relaciones sociales, las escalas de tiempo y espacio, se convierten en factores claves para el análisis de las problemáticas y el planteo de soluciones. (Fairweather, 1993)

(krzeimen, 2001) “sostiene también que la calidad de vida del adulto mayor se da en la medida en que él logre reconocimiento a partir de relaciones sociales significativas; esta etapa de su vida será vivida como prolongación y continuación de un proceso vital; de lo contrario, se vivirá como una fase de declinación funcional y aislamiento social del adulto mayor”.

El derecho a la alimentación es un derecho humano, reconocido por la legislación Internacional y Estatal que protege el derecho de todos los seres humanos a alimentarse con dignidad, ya sea produciendo su propio alimento o adquiriéndolo.

Del derecho a la alimentación expresada en una Ley de Desarrollo Agrario contradictoria con la Constitución en materia de soberanía alimentaria; en la orientación de la inversión gubernamental en agricultura a grandes y medianos productores en detrimento de la familia campesina; en la ausencia de garantías de participación de las organizaciones sociales en la aprobación de leyes. “Plantea garantizar el derecho de la población a ejercer control efectivo e incidencia en las leyes relacionadas con el derecho a la alimentación, cesar la criminalización de la protesta social e implementar una política de reforma agraria integral.” (Cahuasquí, 2011)

Al igual que otros derechos, el derecho a gozar de un ambiente sano surge con la (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948) “ la Declaración tuvo como finalidad sugerir a los países del mundo que adoptaran estos derechos en sus respectivas constituciones, el ambiente es un bien que le pertenece a todos los habitantes del planeta, que tenemos el derecho de disfrutarlo, pero a su vez el deber de cuidarlo con políticas Estatales y con Tratados Internacionales comprometernos a dejar un legado a nuestros descendientes”.

Donde podemos identificar y analizar las diferentes formas en que se establecen las relaciones entre los seres humanos y la naturaleza, como también las escalas de tiempo y espacio consideradas, permitirán enmarcar los debates en torno a la transformación de los sistemas productivos, orientando la discusión hacia el sentido y la magnitud del cambio necesario, el tipo y las formas en que éste se implemente, redefiniendo así una ética ambiental. (Ashton, 1989)

LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ECONOMÍA SOLIDARIA CON EL BUEN VIVIR

La Constitución de la República del Ecuador en su capítulo cuarto, sobre Soberanía Económica, en el artículo 283 “define al sistema económico como uno de carácter social y solidario que reconoce al ser humano como sujeto y fin; que propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y que tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir”. (Ecuador, 2008)

El artículo indica, además, que el sistema económico se integra por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria La economía popular y solidaria se

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