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La Responsabilidad del Estado frente a la Violencia intrafamiliar, en el período 2010-2016

Enviado por   •  28 de Noviembre de 2018  •  4.371 Palabras (18 Páginas)  •  353 Visitas

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En el siglo XV, nos encontrábamos frente al estado absolutista, donde todo el poder estatal radicaba en el Rey o soberano, existiendo una marcada tendencia de responsabilidad estatal, ya que no se establecía la distinción precisa de la soberanía y la responsabilidad que eran entendidos como conceptos totalmente distintos.

En las revoluciones burguesas del siglo XVIII, la situación estatal no varió significativamente, ya que aunque el soberano no era el Rey, lo era el propio pueblo y se entendía que la organización estatal era un mecanismo que se encontraba a disposición, por lo que no podía causar ningún problema a los particulares.

Un gran avance fue que se establecieron sanciones en contra de los funcionarios que cometieran actos ilícitos en el manejo de sus funciones.

En el siglo XIX se mantuvo la tesis de la Responsabilidad de los funcionarios estatales y por primera vez se comienza a dilucidar una posible responsabilidad Estatal indirecta, considerando que el Estado se asemeja al patrón o amo de los funcionarios públicos y, por lo tanto, debe responder patrimonialmente en razón de sus servicios o actividades (Recuperado en http://www.colectivodeabogad-os.org/Historia-de-la-responsabilidad).

Entre los años 1895 a 1903 las cortes francesas establecen el primer precedente, definiendo a grandes rasgos la responsabilidad directa del Estado, aclarando que la función esencial del organismo estatal es de prestar a la comunidad los servicios públicos que necesita para satisfacer necesidades básicas, afirmando que cualquier daño causado por irregularidades o deficiencias en la prestación de estos servicios debe ser reparado.

- Descripción del problema

Hoy se considera al Estado garante de derechos fundamentales, tiene una inmensa responsabilidad de protección para con cada uno de los ciudadanos, debido a la existencia de los derechos reconocidos en instrumentos internacionales, tales como, la Declaración Internacional de los Derechos del Hombre, Tratados Internacionales referentes a la Protección de la Mujer, entre otros, donde se ratifica y obliga al Estado a tomar una actitud positiva y a crear una serie de parámetros jurídicos que permitan la convivencia pacífica de los ciudadanos que conforman su territorio.

El artículo 42, numeral 2, de la Constitución de la República Dominicana promulgada el 26 de enero del 2010 establece que “Se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. Y que además el Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer“.

Así también la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem do para”, instaura en su artículo 7: “los Estados partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia”.

Según las estadísticas de la Oficina Nacional de Estadísticas de la República Dominicana (ONE), en un boletín mensual, de abril del 2010, sobre la Violencia Conyugal en República Dominicana, arrojó los siguientes datos estadísticos siguientes: la violencia conyugal ha venido en aumento en los últimos 5 años, muestran que una tercera parte (29.8%) de las mujeres entre 15 y 49 años, que han estado algún vez casadas o unidas, ha experimentado alguna forma de violencia por parte de su pareja o ex pareja respecto a cinco años atrás (27. 6%) de mujeres en esta misma condición.

El aumento de la Violencia Intrafamiliar es considerable, La Procuraduría General de la República, en su informe sobre feminicidios en el país, desde enero a septiembre del 2012 constato que se produjeron 128 feminicidios, lo que equivale a un aproximado de 15 asesinatos de mujeres mensualmente. Es decir una (1) mujer es asesinada cada 2 días.

- Formulación del problema

Ante tal situación , cabe la siguiente interrogante:

¿Cuál es la responsabilidad del Estado dominicano frente a la violencia intrafamiliar en el período 2010-2016?

- Sistematización del problema

¿Qué es la violencia intrafamiliar?

¿Cuál es la influencia que ejerce el Estado en la violencia intrafamiliar?

¿Qué hace el Estado para prevenir este tipo de situaciones?

¿Con cuáles instituciones cuenta el Estado para prevenir la violencia intrafamiliar?

¿Qué efectos produce la violencia intrafamiliar en la sociedad?

- Antecedentes de la investigación

El proceso investigativo para el desarrollo del presente estudio nos llevó a diferentes universidades a fin de identificar trabajos de tesis o monografías que guarden alguna relación con este, de donde extraemos los siguientes trabajos:

Bustos Ibarra, Rodrigo (2007). Políticas Públicas para la prevención de la violencia intrafamiliar de la región. Chile, la misma señala que:

Actualmente se reconoce el interés de los gobiernos y organismos internacionales, para que este problema sea abordado urgentemente como objeto de Políticas Públicas, entendiendo que constituye un problema de salud pública y de derechos humanos que tiene un impacto negativo en los procesos de democratización, de desarrollo social, económico y cultural de los países.

Hernán Monegro (2003). Violencia Intrafamiliar, causas y efectos, Argentina. Al respecto Montenegro señala:

El fenómeno de la violencia es multifactorialmente determinado. Al igual que como ocurre en muchas otras conductas del ser humano, en este fenómeno influyen factores biológicos, psicológicos y socioculturales, que están en constante interacción. Un segundo elemento, es el consenso unánime respecto a la necesidad de abordar el problema en forma intersectorial; lo que se traduce en la articulación de Redes a nivel Nacional, Regional, Comunal o Local.

Tana, Andrea y Fanny Samunisk (2005). Violencia domesticas e incidencias de las políticas públicas, Uruguay, Montevideo, donde señala:

“El sistema democrático no puede desentenderse del derecho a la seguridad

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