La empresa (administración).
Enviado por Albert • 4 de Junio de 2018 • 3.531 Palabras (15 Páginas) • 373 Visitas
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- La sociedad tiene un patrimonio autónomo, distinto del patrimonio de cada uno de los asociados.
- La sociedad puede adquirir bienes y derechos y contraer obligaciones.
- Los bienes y derechos que adquiera la sociedad así como las obligaciones que contraiga durante su existencia, forman parte del patrimonio de la sociedad.
- La sociedad puede actuar en juicio como demandante y como demandada.
En conclusión, el termino sociedad en Venezuela se usa para definir todo ente, unidad operativa u organización que conviene persona y patrimonio, los cuales coordinados realizan actividades tendientes al logro de un objetivo común.
SOCIEDAD MERCANTILES
Tienen por finalidad la realización de uno o más actos de comercio, adquieren personalidad jurídica cumpliendo las formalidades previstas en el código de comercio.
Clasificación de las sociedades mercantiles:
Las sociedades mercantiles, tradicionalmente, se han clasificado en tres grupos, atendiendo a la importancia que en las mismas se atribuya a la persona del socio o al capital de la sociedad, estas son las sociedades de personas, de capital y mixtas.
En las de personas los socios revisten importancia fundamental y presentan las siguientes características:
- El capital está dividido en partes o cuotas que no pueden cederse sin el consentimiento de los demás socios.
- La muerte, quiebra o inhabilita de un socio, origina la disolución de la sociedad.
- Los socios responden solidariamente por las obligaciones contraídas hasta por sus bienes personales.
Un ejemplo de este tipo de sociedad lo constituye la sociedad en nombre colectivo.
En las sociedades de capital, lo que interesa son los capitales de la sociedad. Sus características más importantes son las siguientes:
- El capital social está representado en títulos o acciones, los cuales pueden cederse a terceros sin consentimiento de los otros socios.
- La muerte, incapacidad de alguno de los socios no afecta la existencia jurídica de la sociedad.
- La responsabilidad de los socios por sus obligaciones sociales se limita a los aportes de los socios.
Un ejemplo de este tipo de sociedad está representado por la sociedad anónima.
En las sociedades mixtas se toman en cuenta tanto a los socios como al capital de la sociedad. Un ejemplo de este tipo de sociedad es la sociedad de responsabilidad limitada.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO (S.N.C.)
La sociedad en nombre colectivo o compañía en nombre colectivo, es una organización en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad solidaria e ilimitada de todos los socios.
El código de comercio Venezolano establece que las sociedades en nombre colectivos giran bajo una razón social de la cual solo pueden formas parte los nombres de los socios; pudieran no figurar el nombre de todos los socios, pero la firma debe contener el de uno o alguno de ellos y al final debe agregarse una medición en la cual quede claro la existencia de una sociedad. Por ejemplo: “… y compañía”
En este tipo de sociedad predomina el elemento personal. El capital social se divide en partes sociales o intereses sociales, los cuales no pueden cederse libremente.
La sociedad en nombre colectivo es una sociedad en la cual dos lo mas personas se unen para explotar un negocio licito, se asocian por que se conocen unos a otros, se tiene confianza personal y en consideración a estos unen sus esfuerzos y capitales al punto de que arriesgan, no solo el capital aportado sino también su fortuna personal, pues su responsabilidad por las obligaciones sociales contraídas es solidaria e ilimitada.
Esta sociedad solidaria e ilimitada no puede ser disminuida ni desconocida aun así lo establezca el contrato, pero los acreedores no podrán actuar contra los socios sin haberlo hecho primero contra la sociedad.
Estas sociedades salvo disposición especial en el documento constitutivo, todos los socios incluidos en la razón social están autorizados para obligar y comprometer a la sociedad.
Los socios de una sociedad en nombre colectivo no pueden tomar interés en otra sociedad en nombre colectivo que tenga el m ismo objetivo sin la aprobación los otros socios. Así mismo no podrán realizar operaciones por su propia cuenta ni por la de un tercero en la misma actividad comercial que realiza la sociedad a la cual pertenece.
Otros aspectos importantes a tomar en cuenta de las sociedades en nombre colectivo son los siguientes:
- Participación en los resultados: la ley establece que salvo pacto en contrario, los resultados de las sociedades en nombre colectivo deberán repartirse en proporción al capital aportado por cada uno de los socios.
- No sujetas al pago de impuestos sobre la renta: las sociedades en nombre colectivo no estarán sujetas al pago de impuestos sobre la renta por sus enriquecimientos netos, en razón de que el gravamen se cobrara en cabeza de los socios.
- Vida limitada: la muerte, quiebra, interdicción o inhabilitación de un socio, salvo convención en contrario, disuelve la sociedad; sin embargo, la exclusión de un socio con las causales previstas en el artículos 337 C. Com, no disuelve la sociedad.
- Inexistencia del comisario: el control de la administración lo realizan los socios personalmente.
- No se exigen asambleas generales: ya que por su reducido número de socios su existencia entrabaría el funcionamiento de las mismas.
SOCIEDAD EN COMANDITA
Es aquella sociedad cuyas obligaciones estas garantizadas por la responsabilidad ilimitada, solidaria y subsidiaria de uno o más socios llamados comanditantes y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios llamados comanditarios.
El capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones, en este caso la sociedad se le llama comandita por acciones, mientras que en los demás casos se emplea el termino de sociedad en comandita simple.
La compañía es comandita
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