MODELO DE DEMANDA DE TITULO SUPLETORIO
Enviado por Ledesma • 23 de Abril de 2018 • 951 Palabras (4 Páginas) • 1.172 Visitas
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CUARTO: Asimismo, en el Contrato Privado de Compra Venta, se identificó el bien y el precio, haciéndonos entrega de la posesión en el mes de Junio del 2008; por más de 8 años a la fecha, la misma que lo ejercemos como Propietarios en forma pública, pacífica e ininterrumpida, porque es de conocimiento de nuestro legítimo derecho de propiedad; es decir ejercemos todos los derechos inherentes al dominio.
- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
CODIGO CIVIL:
Art. 1412 del Código Civil.- “...Si por mandato de la ley o por convenio debe otorgarse escritura pública o cumplirse otro requisito que no revista la forma solemne prescrita legalmente o la convenida por las partes por escrito bajo sanción de nulidad, éstas pueden compelerse recíprocamente a llenar la formalidad requerida...”.
Art. 1549 del Código Civil.- “...Es obligación esencial del vendedor perfeccionar la transferencia de la propiedad del bien...”.
- MEDIOS PROBATORIOS:
- Contrato Privado de Compra Venta de fecha 21 de Diciembre del 2006.
- Documento Privado de fecha 23 de Mayo del 2008.
- Antecedente Registral: P15008611.
- Acta de Matrimonio de HEIDI JANNETH QUINDE NUÑEZ.
- Acta de Defunción de LEONOR ELIZABETH GALVEZ VILLANUEVA.
- Recibo de luz del mes de Abril del 2016.
- ANEXOS:
1A.- Copia de mi D.N.I.
1B.- Copia Legalizada del Contrato Privado de Compra Venta de
fecha 21 de Diciembre del 2006.
1C.- Copia Legalizada del Documento Privado de fecha 23 de
Mayo del 2008.
1D.- Antecedente Registral: P15008611.
1E.- Acta de Matrimonio de HEIDI JANNETH QUINDE NUÑEZ.
1F.-Acta de Defunción de LEONOR ELIZABETH GALVEZ VILLANUEVA.
1G.- Recibo de luz del mes de Abril del 2016.
1H.- Copias de las cuotas pagadas.
1I.- Certificado de Habilidad.
1J.- Arancel por Ofrecimiento de Pruebas.
1K.- Dos cedulas de notificación.
1L.- Pago por exhorto.
OTROSI DIGO: Que, de conformidad con el Art. 80 del C.P.C. OTORGO las facultades generales de representación que señala el Art. 74° del acotado, a los abogados asesores del CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO DE LA UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO DE PIURA, declarando estar debidamente instruido de tal representación y de sus alcances.
POR LO EXPUESTO:
Sírvase usted señor Juez, admitir la presente Demanda, tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla Fundada.
Piura, 18 de Agosto del 2016.
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HEIDI JANNETH QUINDE NUÑEZ
D.N.I. 40675136
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