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Modelo de demanda por nulidad de acto juridico.

Enviado por   •  4 de Abril de 2018  •  2.016 Palabras (9 Páginas)  •  784 Visitas

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Lugares donde deberán ser notificados con la presente.

- FUNDAMENTACION JURIDICA

DE ORDEN SUSTANTIVO: Amparo mis pretensiones en lo dispuesto por el Art. 219 del CC, el mismo que establece como causales de NULIDAD DE ACTO JURIDICO, por las causales de FALTA DE MANIFESTACION DE VOLUNTAD DEL AGENTE, FIN ILICITO Y SIMULACION ABSOLUTA, lo cual se ha dado en las pretensiones demandadas y se acreditan con la prueba anexa y la ordenarse a actuar.

El Art. V del TITULO PRELIMINAR del CC, establece la nulidad virtual, ya que es nulo el acto jurídico contrario a las leyes que interesan el orden público.

El Art. 923 del CC, establece el DERECHO DE PROPIEDAD.

El Art. 2016, del mismo cuerpo legal, establece el PRINCIPIO DE PRIORIDAD, quien es primero en el tiempo es el mejor en el derecho “PRIOR TEMPORE POTIORE JURE”

DE ORDEN PROCESAL:

La presente demanda cumple con todos los requisitos establecidos por el Art. 424 del Código Procesal civil.

MONTO DEL PETITORIO:

Las pretensiones son INAPRECIABLES EN DINERO, debiendo tramitarse como proceso de CONOCIMIENTO.

VIA PROCEDIMENTAL:

Corresponde a la presente la del Proceso DE CONOCIMIENTO. Siendo de conocimiento del juez de Primera Instancia.

MEDIOS PROBATORIOS:

Como Medios probatorios ofrezco las siguientes pruebas:

1.- DOCUMENTAL

1.1.- CERTIFICADO LITERAL FOTOCOPIADO de la Partida Registral 01110103, expedido por la ZONA REGISTRAL XII- SEDE AREQUIPA, Registro de Propiedad Inmueble, Corresponde al inmueble Ubicado en esquina formada por las calles PAVAYACU Y TUPAC AMARU, de Islay- Mollendo, con un área de 250.00 Mts2. Del que se aprecia que este inmueble pertenecía a VICTOR SAMUEL CARDENAS ECHEVARRIA y esposa, cuenta con DECLARATORIA DE FABRICA y que FUE EMBARGADO a favor de LLANTAS CISNE SRL. Y finalmente ADJUDICADO a mi representada según resolución de fecha 27 de diciembre del 2007, Fecha desde la cual somos propietarios de dicho inmueble, que no puedo ser inscrito a nombre de COFOPRI ni realizarse los actos entre los CO-DEMANDADOS por ser un bien AJENO.

1.2.- CERTIFICADO LITERAL FOTOCOPIADO de la Partida Registral PO6209232, expedido por la ZONA REGISTRAL XII- SEDE AREQUIPA, Registro de Propiedad Inmueble, correspondiente al Inmueble Ubicado en la urbanización Popular de Interés Social MIRAMAR Segunda etapa, Manzana U, Lote 2 de Islay-Mollendo, Véase del ASIENTO 0004, que el área del predio es de 251.21 Mts2. Y que sus colindancias son las calles PAVAYACU Y AVENIDA TUPAC AMARU, lo cual indica que se trata del mismo inmueble, Que es de propiedad de LANTAS CISNE SRL. Datos realizados por COFOPRI, Donde aparecen inscrito todos los actos cuya nulidad se demanda.

1.3.- TESTIMONIO DE ESCRITURA DE COMPRA-VENTA celebrada por VICTOR SAMUEL CARDENAS ECHEVARRIA y esposa SARA DELFILIA TEJADA TORANZO en favor de VICTOR ERMAN CARDENAS TEJADA (su hijo) de fecha 20 de Julio del 2011, ante el notario CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, Que es materia de Nulidad.

1.4.- TESTIMONIO DE ESCRITURA DE MUTUO HIPOTECARIO celebrada por VICTOR SAMUEL CARDENAS ECHEVARRIA y esposa SARA DELFILIA TEJADA TORANZO como MUTATARIOS en favor de MARIA LUISA FLORES URVIOLA como MUTUTARIA de fecha 29 de AGOSTO DEL 2007, ante el notario JAVIER DE TABOADA VIZCARRA, QUE ES MATERIA DE Nulidad, Allí se describe que el bien tiene la colindancia de PAVAYACU CON TUPAC AMARU y que tiene construcción de 3 pisos como la que aparece en la DECLARACION DE FABRICA inscrita en la partida a nombre de LANTAS CISNE.

1.5.- TESTIMONIO DE ESCRITURA DE MUTUO HIPOTECARIO celebrada por VICTOR SAMUEL CARDENAS ECHEVARRIA y su esposa SARA DELFILIA TEJADA TORANZO como MUTUATARIOS en favor de JHONSON ROBERTO LAJO RODRIGUEZ como MUTUATARIO de fecha 16 de Marzo del 2009. Ante el notario JAVIER DE TABOADA VIZCARRA, Que es materia de Nulidad.

2.- EXHIBICION: Que se solicitara a los DEMANDADOS: ESPOSOS VICTOR SAMUEL CARDENAS ECHEVARRIA Y esposa SARA DELIFILIA TEJADA TORANZO, respecto de los TITULOS DE PROPIEDAD que acreditan haber tenido DOS INMUEBLES en islay- Mollendo, y que ambos tengan colindancias con las calles PAVAYACU Y TUPAC AMARU y que el área sea la misma, Así como sus construcciones.

3.- INFORME: Que se solicitara a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY MOLLENDO, para que informen si en MOLLENDO, SEA Inclan o Miramar, existen inmuebles cuyas colindancias sean las esquinas de PAVAYACU Y TUPAC AMARU, O solo existe un inmueble que tiene estas colindancias, para lo cual se cursara Oficio.

POR LO EXPUESTO:

Ruego a Ud. Admitir la presente DEMANDA en la via de proceso de Conocimiento corriendo el traslado respectivo.

ANEXOS:

1-A.- Copia de mi DNI

1- B.- CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODERE que acreditan que el recurrente soy representante legal de LLANTAS CISNE SRL. Como Gerente de la misma.

1-C.- CERTIFICADO LITERAL FOTOCOPIADO de la Partida Registral 0111003, expedido por la ZONA REGISTRAL XII- SEDE AREQUIPA.

1-D.- CERTIFICADO LITERAL FOTOCOPIADO de la Partida Registral PO03232, expedido por la ZONA REGISTRAL XII- SEDE AREQUIPA.

Arequipa, 20 de Junio del 2012

EXPEDIENTE #:

DEMANDANTE: LLANTAS CISNE SRL.

DEMANDADO: COFOPRI Y OTROS

MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y OTRO

ESPECIALISTA:

RESOLUCION #: 02-2016-DJECA

AREQUIPA, VEINTE DE SEPTIEMBRE,

DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Puesto a Despacho en la fecha por la carga procesal del Juzgado y vencido el periodo de vacaciones de los trabajadores del Poder Judicial. VISTOS: El escrito de demanda presentado, anexos, subsanación; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demanda presentada reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia establecidos por los artículos

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