Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

Nuestro código civil está inspirado el código civil chileno que a su vez se basa en la código civil español

Enviado por   •  5 de Junio de 2018  •  2.151 Palabras (9 Páginas)  •  378 Visitas

Página 1 de 9

...

un tribunal que era el encargado de proteger a los plebeyos en

derecho

Al tribunal o asamblea se le llamo concilia plebisFuentes de las obligaciones

Definición de obligación: es un vínculo jurídico entre 2 o más personas, determinadas, mediante el cual

una de ellas se obliga para con la otra parte a dar, hacer o no hacer alguna cosa

Fuentes: leer art 1346-8 CC

La principal fuente de obligaciones es la ley, los contratos y cuasicontratos y la culpa y negligencia

(delitos y cuasi delitos)

Clasificación de las fuentes de las obligaciones

 Clasificación bipartida: establecida inicialmente por el emperador romano Gayo- y fue en

Contratos y delitos

 Clasificación tripartida: con el tiempo al encontrarse lagunas jurídicas se añadió un tercer

elemento:-Contratos

- Delitos

- Otros hechos jurídicos

Clasificación cuadripartita:

contratos- cuasicontratos

Delitos- cuasidelitos

Clasificación pentapartita: contratos- cuasicontratos

Delitos- cuasi delitos5...... ley: fue incorporada por los denominados glosadores en el siglo XI dc, es gracias a las

anotaciones marginales de los glosadores que la ley se volvió parte de las obligaciones

FUENTE CONTRATOS

 Los contratos son las fuentes más abundantes de las obligaciones.

 Los contratos son obligatorios y recíprocos para las partes

 Los contratos son sinalagmáticos

NOTAS DOCTRINALES

Convención: es una relación jurídica en la que se establece un acuerdo.

Contrato: es acuerdo entre partes que se obligan a dar, hacer o no hacer

Observación: no todos los convenios son contratos, pero todos los contratos son convenios.

Pacto: disposición, arreglo que lo establece las partes en los contratos.

Fuente cuasicontratos

Son la agencia oficiosa, el pago de lo no debido, la comunidad de bienes

Agencia oficiosa: El que se encarga voluntariamente de la agencia o administración de los negocios de

otro, sin mandato de éste, está obligado a continuar su gestión hasta el término del asunto y susincidencias, o a requerir al interesado para que le sustituya en la gestión, si se hallase en estado de poder

hacerlo por sí. Art 2199 cc

El pago de lo no debido: “si el que por error ha hecho un pago, prueba que no lo debía, tiene derecho para

repetir lo pagado. Sin embrago, cuando una persona, a consecuencia de un error suyo, ha pagado una

deuda ajena, no tendrá derecho de repetición contra el que, a consecuencia del pago, ha suprimido o

cancelado un título necesario para el cobro de su crédito, pero podrá intentar contra el deudor las acciones

del acreedor” art 2206 cc

Comunidad de bienes: La comunidad de bienes es un cuasicontrato en el cual una cosa, derecho o masa

patrimonial pertenece a varias personas, ya sean físicas o jurídicas, denominadas «comuneros».art 2213

cc

Requisitos de los cuasicontratos

 Hechos lícitos

 Hechos voluntarios

 Que no exista convenio

Fuente Delitos

 En los delitos civiles, como en el delito penal sirve como base de calificación la actitud de dañar.

 En el delito civil el daño es esencial y genera siempre responsabilidades

 Los actos contractuales también generan responsabilidades

Delito: hay una acción u omisión

Responsabilidades delictuales civiles: Nace del incumplimiento total o parcial de un contrato.

Art 2236 CC.

Fuente cuasidelito (negligencia o culpa)Definición: Hecho ilícito pero cometido sin intención de perjudicar, que causa a otro un daño y obliga a

su autor a repararlo

El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar

el daño causado

Notas

 El código civil es reparador y restitutivo

 Daño patrimonial---- es a la persona

 Daño extra patrimonial------a la moral

 Leer art 105- 109 código penal

Principio pacta sunt servanda:

Es un principio que pretende garantizar que Los contratos deben cumplirse como fueron pactados y

además de buena fe.

Buena fe: es la conciencia de haber adquirido el dominio de la cosa legítimamente

De esta forma la buena fe puede sustituye títulos traslaticios de dominios

Art. 1348: Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y

deben Cumplirse al tenor de los mismos.

Clausula rebus sic stantivus (surge como una opción en caso de riego al pacta sunt servanda)

Rebus

...

Descargar como  txt (14.8 Kb)   pdf (63.3 Kb)   docx (20.6 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club