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“Obligaciones o deberes que debe cumplir la Administración Tributaria ante los Contribuyentes.

Enviado por   •  5 de Abril de 2018  •  8.762 Palabras (36 Páginas)  •  561 Visitas

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6.2.1 Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes

La Clave del Registro Federal de Contribuyentes se proporcionará a través de la Cédula de Identificación Fiscal o la Constancia de Registro Fiscal, las cuales deberán contener las características que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, y deberá ser conservada en el domicilio fiscal del contribuyente. el Servicio de Administración Tributaria; en su caso, asignará nueva clave del Registro Federal de Contribuyentes en los supuestos de Cambio de Nombre, Denominación o Razón Social, o como consecuencia de Corrección de Errores u Omisiones que den lugar a dichos cambios.

Están obligados a inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes, así como de obtener el Certificado de Firma Electrónica Avanzada:

- Personas Físicas y Morales que deban presentar declaraciones periódicas.

- Personas Físicas y Morales que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen.

- Socios y Accionistas inscritos de las Personas Morales, salvo los miembros de las Personas Morales con fines no lucrativos.

- Personas que perciban Ingresos por Salarios y en general por la Prestación de un Servicio Personal Subordinado

- Las Dependencias, las Unidades Administrativas, los Órganos Administrativos Desconcentrados y las demás Áreas u Órganos de la Federación, de las Entidades Federativas, de los Municipios, de los Organismos Descentralizados y de los Órganos Constitucionales Autónomos

Dado lo anterior, las Solicitudes de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes serán las siguientes:

- Inscripción de Personas Morales Residentes en México y Personas Morales Residentes en el Extranjero con Establecimiento Permanente en México.

- Inscripción y Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Fusión de Sociedades (por la Sociedad que surja).

- Inscripción y Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Escisión Total de Sociedades (por la Sociedad Escindida designada).

- Inscripción por Escisión Parcial de Sociedades.

- Inscripción de Asociación en Participación.

- Inscripción de Personas Morales Residentes en el Extranjero Sin Establecimiento Permanente en México (Inscripción y Avisos por Correo Certificado con Acuse de Recibo).

- Inscripción de Personas Físicas Residentes en México y Personas Físicas Residentes en el Extranjero con Establecimiento Permanente en México.

- Inscripción de Personas Físicas Sin Actividad Económica.

- Inscripción de Personas Físicas residentes en el Extranjero Sin Establecimiento Permanente en México.

- Inscripción de Fideicomisos.

Las Personas Morales Residentes en México presentarán su solicitud en el momento en el que se Firme su Acta o Documento Constitutivo.

En los demás supuestos, la Solicitud de Inscripción se presentará dentro del mes siguiente al día en que:

- Se realice la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o por cuenta de terceros.

- Los contribuyentes que perciban Ingresos por Salarios y en general por la Prestación de un Servicio Personal Subordinado, inicien la prestación de sus servicios a quienes les efectúen dichos pagos.

Además, los Contribuyentes están obligados a presentar Avisos en los siguientes casos:

- Cambio de Denominación o Razón Social.

- Cambio de Régimen de Capital.

- Corrección o Cambio de Nombre.

- Cambio de Domicilio Fiscal.

- Suspensión de Actividades.

- Reanudación de Actividades.

- Actualización de Actividades Económicas y Obligaciones.

- Apertura de Establecimientos, Sucursales, Locales, Puestos Fijos o Semifijos, donde se almacenen Mercancías y desempeñen sus Actividades.

- Cierre de Establecimientos, Sucursales, Locales, Puestos Fijos o Semifijos, donde se almacenen Mercancías y desempeñen sus Actividades.

- Inicio de Liquidación.

- Apertura de Sucesión.

- Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Liquidación de la Sucesión.

- Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Defunción.

- Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Liquidación Total del Activo.

- Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Cese Total de Operaciones.

- Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por Fusión de Sociedades.

- Cambio de Residencia Fiscal.

- Inicio de Procedimiento de Concurso Mercantil.

6.2.2 Contabilidad para Efectos Fiscales

Las Personas obligadas a llevar Contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:

- Llevarán los Sistemas y Registros Contables, debiendo reunir los siguientes requisitos:

- Identificar cada Operación, Acto o Actividad y sus Características, relacionándolas con la Documentación Comprobatoria, de tal forma que aquéllos puedan identificarse con las distintas Contribuciones, Tasas y Cuotas, incluyendo las Actividades Liberadas de Pago por las Disposiciones Aplicables.

- Identificar las Inversiones realizadas relacionándolas con la Documentación Comprobatoria, de tal forma que pueda precisarse la Fecha de Adquisición del Bien o de efectuada la Inversión, su Descripción, el Monto Original de la Inversión y el Importe de la Deducción Anual.

- Relacionar cada Operación, Acto o Actividad con los

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