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PROCEDIMIENTOS QUE SE ADELANTAN ANTE LA SUBDIRECCIÓN DE LICENCIAS Y REGISTROS CON RESPECTO AL GRUPO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.

Enviado por   •  13 de Marzo de 2018  •  2.273 Palabras (10 Páginas)  •  405 Visitas

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Todos los documentos provenientes del exterior deben ser consularizados y avalados por el Ministerio de Relaciones Exteriores

IMPORTAR

Se concede a las bebidas alcohólicas importadas a granel, debe allegar la misma documentación que para importar y vender se especifican en este documento, salvo lo descrito en el numeral 4.

HIDRATAR Y VENDER

Se concede a las bebidas alcohólicas importadas a granel para ser hidratadas en el país ( Colombia ), su titular será el propietario del producto final en el país ( Colombia ), para su trámite se debe allegar la misma documentación que para elaborar y vender se describe en este documento, excepto el literal c y además:

Fotocopia del registro sanitario del granel a hidratar.

Descripción del tratamiento a que se somete el producto a granel en el país hasta obtener sus características finales, técnicas completas de análisis y constantes analíticas del producto final, firmados por el director técnico del establecimiento donde se hidrate el producto.

Autorización del fabricante al envasador para hidratar y envasar su producto, indicando el grado alcohólico final.

ENVASAR Y VENDER

Se concede a las bebidas alcohólicas importadas a granel para ser envasadas en el país ( Colombia ), su titular será el propietario del producto final, para su tramite debe allegar la misma documentación exigida para hidratar y vender.

2. RENOVACIÓN DE LOS REGISTROS SANITARIOS

Si al término de los diez años de concedido el registro para todas las modalidades, se desea continuar elaborando, hidratando, envasando, importando o exportando una bebida alcohólica, el interesado debe renovar el registro sanitario para lo cuál debe solicitar dicho trámite antes de seis ( 6 ) meses de su vencimiento, allegando la misma documentación según la modalidad y una muestra compuesta de tres unidades de 750 c.c. o cuatro de 375 c.c. cumpliendo con los requisitos de muestreo establecidos por el ICONTEC.

3. MODIFICACIONES A LAS RESOLUCIONES QUE CONCEDEN LOS REGISTROS SANITARIOS.

CAMBIO DE NOMBRE: Para lo cuál se debe adjuntar:

- Certificado de marca del nuevo producto, expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio.

- Copia al carbón del recibo de pago por los derechos a estudio de modificación de la resolución que concedió el registro sanitario de acuerdo con el manual de tarifas vigente a la fecha de la radicación de la solicitud.

- Etiquetas o proyecto de etiquetas, por duplicado con el nuevo nombre.

- Poder si fuere el caso

CAMBIO Y/O ADICIÓN DE IMPORTADOR: debe allegar

- Certificado actualizado ( No mayor de 90 días) de la constitución y representación legal del solicitante expedido por la autoridad competente cuando se trate de persona jurídica. Si se trata de persona natural o jurídica que tenga carácter de comerciante, deberá adjuntar registro mercantil.

- Constancia auténtica del titular del registro de que el nuevo importador o importadores están autorizados para realizar la operación.

- Copia al carbón del recibo de pago por los derechos a modificación de la resolución que concedió el registro sanitario de acuerdo con el manual de tarifas vigente a la fecha de la radicación de la solicitud.

- Poder si fuere el caso

CAMBIO DE TITULAR: debe allegar

- Solicitud acompañada del documento de cesión

- Certificado actualizado ( No mayor de 90 días ) de la constitución y representación legal del cedente y del cesionario expedido por la autoridad competente cuando se trate de persona jurídica. Si se trata de persona natural o jurídica que tenga carácter de comerciante, deben adjuntar el registro mercantil.

- Fotocopia de la Licencia Sanitaria Vigente o del Concepto Sanitario Favorable emitido por la autoridad sanitaria competente o fotocopia el acta de visita con concepto favorable emitida por la autoridad sanitaria competente, en el caso que el nuevo titular sea también fabricante.

- Copia al carbón del recibo de pago por los derechos a modificación de la resolución que concedió el registro sanitario de acuerdo con el manual de tarifas vigente a la fecha de la radicación de la solicitud.

- Poder si fuere el caso.

CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL DEL TITULAR Y/O DEL FABRICANTE: debe allegar

- Certificado de cámara y comercio ( No mayor de 90 días ), en el cuál figure la nueva razón social.

- Copia al carbón del recibo de pago por los derechos a modificación de la resolución que concedió el registro sanitario de acuerdo con el manual de tarifas vigente a la fecha de la radicación de la solicitud.

- Poder si fuere el caso

CONTRATO DE ELABORACIÓN, HIDRATACIÓN O ENVASE: debe allegar

- Fotocopia de la Licencia Sanitaria Vigente o del Concepto Sanitario Favorable emitido por la autoridad sanitaria competente o fotocopia el acta de visita con concepto favorable emitida por la autoridad sanitaria competente, en el caso que el nuevo titular sea también fabricante.

- Documento que acredite el contrato de elaboración, hidratación o envase.

- Prueba de la existencia y representación del titular y fabricante o envasador

- Poder si fuera el caso

- Copia al carbón del recibo de pago por los derechos a modificación de la resolución que concedió el registro sanitario de acuerdo con el manual de tarifas vigente a la fecha de la radicación de la solicitud.

CAMBIO DE FABRICANTE O ENVASADOR: Se deben allegar los mismos documentos que contrato de elaboración, hidratación o envase se describieron en este documento.

CAMBIO DE GRADUACIÓN ALCOHOLICA: El cambio de graduación alcohólica se aprueba siempre y cuando el producto no cambie de clasificación

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