PROCESAL GENERAL I.
Enviado por Eric • 1 de Marzo de 2018 • 3.779 Palabras (16 Páginas) • 304 Visitas
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Clases.
- De Dominio: Es aquella en la cual el tercero pretende que se declare su dominio sobre el bien que es objeto del proceso principal.
- De Mejor Derecho: Es aquella en la cual el tercero no pretende el dominio del bien en litigio, sino un derecho preferente de pago frente al que aducen los litigantes. Su pretensión está dirigida a que con el producido de la venta del bien subastado se le pague antes que al embargante.
Requisitos.
Las tercerías pueden deducirse en toda clase de juicios en los que el tercero se vea afectado en sus derechos. Cualquiera de ellas debe sustanciarse por el trámite establecido para los incidentes.
- Citación de Evicción.
- Oportunidad: Tanto el actor como el demandado podrá pedir la citación de evicción. El primero, al deducir la demanda, el segundo, dentro del plazo fijado para la contestación de la demanda. La resolución que la ordenare se dictara sin sustanciación previa, y solo la denegatoria será recurrible sin efecto suspensivo.
- Notificación: Al citado se le notificara en la misma forma y plazo establecido para el demandado.
- Efectos: La citación solicitada oportunamente suspenderá el curso del proceso durante el plazo que el juez fijare.
- Acción Subrogatoria.
Es una acción del derecho material, es una forma de legitimación extraordinaria.
Unidad VII
1. Actos procesales. Concepto.
Son los hechos voluntarios lícitos que tienen, por consecuencia inmediata, la constitución, conservación o modificación o extinción del proceso.
Ej: Demanda, declaración de testigos, sentencia.
2. Naturaleza Jurídica.
Los actos procesales tienen eficacia solo dentro del proceso. Su finalidad es la de posibilitar el dictamen de la sentencia.
3. Elementos.
a- Los sujetos: El órgano Jurisdiccional, las partes, el Ministerio Publico.
b- EL objeto: Idóneo y jurídicamente posible.
c- La forma: Tiempo, Lugar.
4. Clasificación de los actos procesales.
Según los sujetos:
- Actos del Órgano(Del juez )
- Actos de parte(de los litigantes )
- Actos de terceros.(declaración de testigos)
Según su objeto:
- Actos de iniciación (tienen por finalidad dar comienzo a un proceso)
- Actos de desarrollo (Una vez iniciado el proceso tienen la finalidad de conducirlo a su etapa conclusiva)
- Actos de conclusión (tienen por objeto finalizar el proceso)
5. Formas de los actos procesales.
Los actos procesales acontecen en el tiempo, espacio, todos los plazos son perentorios e improrrogables.
6. Requisitos de los actos procesales.
Forma: Donde, como, cuando.
Fondo: Capacidad jurídica de las partes y su debida representación, la legitimación y la idoneidad.
7. Nulidad de los actos procesales. Concepto.
Es la sanción por la cual la ley priva a un acto jurídico de sus efectos normales cuando en su ejecución se ha agravado.
8. Vicios intrínsecos de los actos procesales.
1. Carencia de discernimiento: Discernimiento es la aptitud para juzgar las propias acciones.
2. Ausencia de intención o de libertad: La intención es el propósito de realizar el acto.
3. La violencia física, psicológica o moral: Las declaraciones que perjudican a la defensa de quien las formula y han sido obtenidas por medio de violencia física, tormentos, drogas y otros procedimientos que eliminan la voluntad y destruyen la libertad.
9. Vicios extrínsecos de los actos procesales.
Las formas procesales se estatuyen para ser cumplidas, de manera que su inobservancia no introduce en la Patagonia del proceso .
10. Presupuestos de nulidad procesal.
Se enuncian a través de los principios.
- Principio de Especificidad: El cual los jueces no pueden declarar otras nulidades que las expresamente previstas en la ley.
- P. de Convalidación: Excluye la sanción o la posibilidad de anular un acto jurídico si se puede subsanar.
- P. de Transcendencia: Se tiene que probar que tiene vicios, se debe de fundamentar.
- La pauta de protección: Excluye la sanción de nulidad cuando el propio actor o demandado ha causado o contribuido a causar la producción del acto viciado.
11. Vías de impugnación.
1. Incidente de nulidad: Cuando existe defecto en la forma de la demanda.
2. Recurso de nulidad: Se interpone ante el juez cuando dicto la resolución irregular.
3. Excepción de nulidad: Para los casos de incompetencia.
4. Acción de nulidad: Sera planteada por los casos de invalidez de la sentencia firme en un proceso simulado o fraudulento.
12. Efectos de la declaración de nulidad.
Declarado nulo un acto, se lo tiene por no sucedido. A su vez dicha declaración judicial de invalidez de un acto procesal se proyecta con distinta suerte sobre las demás actuaciones:
- Los actos anteriores: en nada quedan afectados con la declaración de nulidad.
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