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PRUEBAS Y ALEGATOS

Enviado por   •  19 de Noviembre de 2018  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  374 Visitas

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7.- Cabe mencionar que es irresponsable la C, GABRIELA CASILLAS VIELMAS; NO acudió al desahogo de la prueba confesional según audiencia celebrada con fecha 01 uno de marzo del año 2016 dos mil dieciséis, la cual se declaró confesa con fecha el 18 dieciocho de marzo del año 2016, de las posiciones que fueron calificadas de legales.

8.- Con fecha 13 trece de julio del año 2016 se recibió oficio número 1561/2016 de Trabajo Social de la Procuraduría Social, el cual lo esperábamos para que lo tomara en cuenta su Señoría para corroborar dicho informe socioeconómico y del entorno familiar con lo ya externado por el menor en la audiencia pasada DE DESAHOGO DE PRUEBAS Y ALEGATOS, DEL 01 primero de marzo del año 2016 la cual quedo incompleta y se difirió para el 12 de diciembre del año 2016 por falta de dicho informe a lo que solicito desde este momento se tome en consideración por lo importante que resulta a la hora de dictar sentencia, ya que del mismo se desprende lo siguiente:

El Informe de la Trabajadora Social YOLANDA DIAZ RODRIGUEZ, DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL ESTADO dice el por qué se está divorciando el C. MARCELINO CAMACHO MADRIGAL de la C. GABRIELA CASILLAS VIELMAS.

Ella nos abandonó a mi menor hijo JONATHAN ALEJANDRO CAMACHO CASILLAS y al suscrito, desde noviembre del año 2014 y aclaro que siempre he tenido la custodia de mi hijo desde que nació y al abandonarnos ella, él se quiso quedar conmigo porque la mayoría del tiempo estamos juntos y hasta la fecha.

Solamente estuvo con su madre los meses de agosto y septiembre del presente año en vacaciones, yo siempre estoy al pendiente de sus necesidades de mi hijo desde la alimentación, vestido, educación, recreación casa habitación, etc.

Yo no tengo trabajo fijo soy jardinero y vendo en los tianguis aproximadamente gano mensualmente $5,600.00 (cinco mil seiscientos pesos 00/100 M. N.) mensuales pero a pesar de todo hago un tiempo para prepararle la comida a mi hijo, asearlo, llevarlo a la escuela.

Todo esto que alega el actor se puede corroborar con el informe en donde de viva voz de su hijo dice que su mama los abandono sin informarles nada.

LA SEÑORA GABRIELA NUNCA HA TOMADO SUS OBLIGACIONES EN EL HOGAR ni en este Juicio, ya que no se presentó a la Prueba Confesional y con fecha 18 de marzo del 2016 se declaró confesa de las posiciones que fueron calificadas de legales.

Así como Nunca acudió a la CITA CON LA TRABAJADORA SOCIAL ESTABLECIDA EL 1ERO. DE JULIO DEL 2016, con esto se nota lo poco que le importa nuestro hijo JONATHAN ALEJANDRO, y menos el Juicio de divorcio que se está llevando, por tal razón me queda claro que no me equivoque al solicitar el divorcio por abandono de hogar e incompatibilidad de caracteres.

9.- El 17 de noviembre se presentó la prevención al Incidente de Guarda y Custodia Provisional, así como escrito solicitando algunas copias certificadas de este Juicio para el juzgado séptimo de lo familiar según expediente número 1518/2016 por pensión de alimentos.

10.- En fecha 12 doce de diciembre del 2016 según auto se admitió prevención del incidente de Guarda y Custodia Provisional y se nos expidió copias certificadas.

11.- Con fecha 12 doce de diciembre del 2016 tuvo verificativo la continuación de la audiencia de pruebas y alegatos sin ordenar citación para sentencia tomando en consideración que existe pendiente de resolver el incidente de Guarda y Custodia por el C. MARCELINO CAMACHO MADRIGAL.

12.- Con fecha 12 de diciembre del 2016 por error olvidamos entregar los alegatos por escrito entonces intentamos entregarlos y no pudimos sino hasta el 15 de diciembre del 2016 y hasta el 06 seis de enero del año 2017 en acuerdo nos indica su Señoría los debemos formular al momento del desahogo de la audiencia de Pruebas y alegatos.

13.- Que con fecha 8 de febrero del 2017 presentamos escrito de desistimiento del Incidente de Guarda y Custodia Provisional, esto en virtud que el actor siempre ha tenido la custodia de su menor hijo y resulta innecesario pedirla.

14.- Con fecha 16 dieciséis de febrero del año 2017 ratifico el escrito el C. MARCELINO CAMACHO MADRIGAL del desistimiento del Incidente de Guarda y Custodia Provisional.

15.- Con fecha 22 de marzo del año 2017 pedimos se dictara sentencia que en derecho procediera.

16.- Con fecha del auto 29 de marzo del 2017 se nos tiene por desistidos del Incidente de Guarda y Custodia Provisional.

17.- Con fecha 20 de abril del 2017 se nos señala fecha para la continuación de la audiencia de Pruebas y Alegatos hasta el mes de junio 08 ocho a las 13:00 horas en virtud de exceso de labores.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted C. Juez atentamente pido se sirva:

UNICO.- Tener por formuladas las conclusiones de alegatos que se contienen en este ocurso para todos los efectos legales a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E.

Ciudad Judicial, Zapopan, Jalisco a la fecha de su presentación.

MANUEL

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