Parcial 2 derecho internacional publico ubp
Enviado por Antonio • 15 de Marzo de 2018 • 2.138 Palabras (9 Páginas) • 649 Visitas
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4. La Responsabilidad Internacional surge como de la atribución de un acto ilícito a un sujeto jurídico-internacional (El Estado). Constituyendo dicho acto una violación o infracción a una regla internacional, que lesiona un derecho de otros de los sujetos del mismo ordenamiento o a la comunidad en general. Los órganos estatales, como instituciones internas del Estado, están en condiciones de comprometer su responsabilidad internacional. Las consecuencias de los actos internacionales, suelen concretarse, en el deber de reparar el daño en su totalidad, restableciendo la situación anterior o con indemnización por daños y perjuicios.
En el Caso de la aplicación de medidas de salvaguardia sobre productos textiles, Res. 861/99 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (Brasil v/ Argentina): Se generó responsabilidad de Argentina por violar un Tratado Internacional como es el de Asunción de 1.991, contrariando su espíritu de libre comercio. El mecanismo utilizado fue el procedimiento para solución de controversias del Mercosur, mediante la primera instancia de arbitraje. En el caso Ivcher Bronstein: Se generó responsabilidad del Estado Peruano. El mecanismo utilizado, para la resolución de la controversia, fue el procedimiento judicial según la Carta de la OEA. Sometiendo la cuestión a la Corte Interamericana. En el Caso del Derecho de Asilo (Colombia v/ Perú), Se generó responsabilidad del Estado Peruano. El mecanismo utilizado, para la resolución de la controversia, fue el procedimiento o arreglo judicial. Se produjo el sometimiento de la cuestión a la Corte Internacional de Justicia. También puede derivar en Responsabilidad Internacional, el caso sometido a consulta en sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares. Si algún Estado las utilizara sería violatorio de los principios del derecho humanitario.
5. En el Fallo del Derecho de Asilo (Colombia v/ Perú), se entrelazan normas de Derecho Diplomático en relación a personas individuales. Este es un caso de asilo diplomático, ya que Haya de la Torre solicita asilo a la embajada Colombiana en Lima Perú. El asilo diplomático es el otorgado en legaciones, navíos de guerra campamentos o aeronaves militares, a personas perseguidas por motivos políticos o delitos políticos. La persona perseguida debe encontrarse en un peligro cierto de perder su vida o libertad. El refugiado no sale del territorio del Estado en el cual cometió el delito. La Corte resolvió la situación, indicando que, al momento de otorgarse el asilo, no existía urgencia según la Convención de 1928, y que la prolongación del mismo se debió a motivos no reconocidos por la Convención de La Habana. Rechazando el derecho de Colombia de calificar la naturaleza del delito de forma unilateral y definitiva
6.Aparecen normas del derecho penal económico (GATT, ATV, OST),en el caso de la aplicación de medidas de salvaguardia sobre productos textiles, Res. 861/99 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (Brasil v/ Argentina).Este asunto fue resulto por un Tribunal Arbitral constituido en conformidad con el Protocolo de Brasilia. Su objeto de controversia se basaba en una Resolución del Ministerio de Economía Argentino en virtud del cual se intentaba aplicar un sistema arancelario de salvaguardia sobre productos textiles importados desde Brasil. El Tribunal estableció que la Resolución 861/99, no es compatibles con el Anexo IV del Tratado de Asunción. Por lo tanto, debía ser revocada. Dentro del Tratado de Asunción se establece la prohibición de aplicar medidas de salvaguardia al comercio intrazona y no se podrán aplicar estas medidas arancelarias a partir de enero de 1995.
Actividades de aplicación práctica.7. Controversia Internacional, es un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, un conflicto de opiniones legales o intereses entre las partes, o cuando el reclamo de una de las partes se opone positivamente a la otra. Existen dos tipos de controversias las políticas y las jurídicas. Para su solución, se han creado métodos diplomáticos o jurídicos. Ante la presentación de una controversia, hay dos cuestiones, unas las de orden general (competencia, interpretación y aplicación de la norma, etc.) y la de orden específico (la controversia misma u objeto del litigio) Pero, al mismo tiempo, aparecen situaciones que exceden la naturaleza de una controversia internacional, mediante ciertos riegos o agresiones. La Organización de las Naciones Unidas tiene como objetivo evitarlos a través de su normativa internacional, con injerencia de su Consejo de Seguridad. Tiende a prevenir cualquier quebrantamiento de la paz y seguridad internacional. Como puede ocurrir con la amenaza o el empleo de armas nucleares. De acuerdo con la opinión consultiva, que la Asamblea General de la ONU, en conformidad con el art. 96 de la Carta de las NU, solicita a la CIJ.
8. En el Fallo del Derecho de Asilo: los intereses puestos en juego son los de la persona humana. El derecho internacional de asilo es un derecho humano En el Fallo de Ivcher Bronstein: los intereses en juego son el derecho a la nacionalidad, a la libertad de expresión, a la propiedad privada. Según la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
En el Caso de la aplicación de medidas de salvaguardia sobre productos textiles (Res. 861/99) del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (Brasil v/ Argentina): los intereses en juego son económicos. Liberación comercial, eliminación de restricciones no arancelarias y no limitaciones al comercio. En la Opinión consultiva sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares: los intereses en juego surgen del derecho internacional humanitario. Otros intereses que se estiman, son el de proteger a la población y bienes civiles y no causar daños innecesarios a los combatientes.
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