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RECURSO DE INCONFORMIDAD PROFECO

Enviado por   •  3 de Septiembre de 2017  •  1.406 Palabras (6 Páginas)  •  766 Visitas

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“Artículo 59.- La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas

por los interesados y de oficio las derivadas del mismo; en su caso, el órgano administrativo competente podrá decidir sobre las mismas, poniéndolo, previamente, en conocimiento de los interesados por un plazo no superior de diez días, para que manifiesten lo que a su derecho convenga y aporten las pruebas que estimen convenientes.

En los procedimientos tramitados a solicitud del interesado la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste, sin perjuicio de la potestad de la Administración Pública Federal de iniciar de oficio un nuevo procedimiento.”

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

De acuerdo con el artículo 16 constitucional, todo acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero que ha de expresarse con precisión el precepto legal aplicable al caso y por lo segundo, que también deben señalarse con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, siendo necesario además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que en el caso concreto se configure la hipótesis normativa. Esto es, que cuando el precepto en cuestión previene que nadie puede ser molestado en su persona, propiedades o derechos sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, está exigiendo a todas las autoridades que apeguen sus actos a la ley, expresando de que ley se trata y los preceptos de ella que sirvan de apoyo al mandamiento relativo.

En materia administrativa, específicamente, para poder considerar un acto autoritario como correctamente fundado, es necesario que en él se citen: a).- Los cuerpos legales y preceptos que se estén aplicando al caso concreto, es decir, los supuestos normativos en que se encuadra la conducta del gobernado para que esté obligado al pago, que serán señalados con toda exactitud, precisándose los incisos, subincisos, fracciones y preceptos aplicables, y b).- Los cuerpos legales, y preceptos que otorgan competencia o facultades a las autoridades para emitir el acto en agravio del gobernado.

Con la anterior jurisprudencia se observa que el criterio aplicable para el caso que nos ocupa es que los actos administrativos deben ser emitidos debidamente fundados, con toda precisión de expresar artículo, fracciones e incisos, lo cual omitió la autoridad demandada, por lo que se impugna el acto de dicha autoridad por este medio de defensa.

PRUEBAS

I. Anexo al presente escrito el laudo arbitral emitido por Subdirección de Sanciones y Medidas de Apremio JUD de Procedimientos y Aplicación de Sanciones de la Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio de la Procuraduría Social del Distrito Federal a través su agente Jefe de la Unidad Departamental d Procedimientos y Aplicación de Sanciones de la Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones en Propiedad en Condominio de la Procuraduría Social del Distrito Federal Lic. Simón Moisés Ríos Ugarte con motivo de acreditar la no fundamentación del acto impugnado.

II. Testifical, consistente en que se tome declaración a las personas que fueron parte conmigo en el proceso de arbitraje ejecutado por la Procuraduría Social del Distrito Federal a efecto que testifiquen lo ocurrido en el lugar dando razón de que dicho acto emanado por la autoridad no fue apegado a derecho y que se relacionan a continuación:

NOMBRES Y DIRECCIONES DE LOS TESTIGOS

III. Por ultimo hago constar que la autoridad no tiene ninguna prueba fehaciente para comprobar el acto que impugno, ya que el agente no utilizo ninguno de los medio idóneos para emitir tal acto.

DERECHO: Sirve como fundamento al presente escrito lo establecido por el artículos 1,2,3 en todas sus fracciones, 4, 5 6 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo usando como base constitucional el Articulo 16 de nuestra Carta Magna y todos los demás relativos y aplicables al asunto

Por lo anteriormente manifestado:

Solicito se ha admitido el presente escrito y se digne a resolver conforme a Derecho a fin de que sea anulada la sanción que se me imputa, dejándola sin efecto legal.

PROTESTO LO NECESARIO

México Distrito Federal a Diecinueve de Enero de Dos Mil Trece

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