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REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Empresa: L'AMOUR JOYERIA

Enviado por   •  22 de Noviembre de 2018  •  1.932 Palabras (8 Páginas)  •  1.233 Visitas

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PARAGRAFO. A efecto de que los riegos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en incidente o accidente de trabajo o enfermedad laboral, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor y/o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST (antes programa de salud ocupacional) y la Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos (antes Panorama de Factores de Riesgos) de la empresa el cual se da a conocer a todos los trabajadores de esta, a los contratistas al servicio de ella, visitantes y demás partes interesadas

ARTICULO 5. L'AMOUR JOYERIA y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa. El incumplimiento e inobservancia comprobada por parte de los trabajadores de las políticas, programas, órdenes y recomendaciones que en materia de Higiene, Seguridad y Salud en el Trabajo y Seguridad Industrial que emita el empleador, constituyen un incumplimiento de sus obligaciones contractuales, legales y reglamentarias, y por tal pueden dar lugar a la imposición de sanciones de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Trabajo.

PARÁGRAFO. Los trabajadores de L'AMOUR JOYERIA y contratistas, tienen las siguientes obligaciones:

A.) Procurar por el cuidado integral de su salud;

B.) Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud;

C.) Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por su empleador en este reglamento;

D.) Cumplir las instrucciones de los programa de Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa;

E.) Participar activamente en la prevención de los riesgos laborales a través del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) .

F.) Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades laborales;

G.) Reportar de forma oportuna los incidentes, accidentes de trabajo o enfermedades laborales;

H) Dar cumplimiento a las disposiciones en materia de medicina y seguridad industrial; I) Utilizar adecuadamente los elementos de protección personal;

J) Dar aviso a sus superiores sobre la existencia de condiciones defectuosas o fallas en las instalaciones, maquinaria, procesos y operaciones de trabajo, y sistemas de control de riesgos;

K) Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas u otras sustancias psicoactivas en los lugares de trabajo.

PARÁGRAFO. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador en cumplimiento de la prevención de órdenes preventivas de incidentes, accidentes o de enfermedades laborales constituyen una justa causa para dar por terminado el contrato laboral

ARTICULO 6. La empresa ha implementado un procedimiento de inducción y re inducción para el trabajador contratistas, trabajadores en misión entre otros sobre las actividades que debe desempeñar, haciendo énfasis en la importancia del auto cuidado e impartiendo capacitación respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.

PARAGRAFO: Los trabajadores deben realizar sus labores siguiendo las políticas de seguridad industrial y prevención dictadas por la empresa, además de seguir los procedimientos y regulaciones adoptadas por esta. Igualmente el trabajador tendrá las siguientes obligaciones y su violación se entenderá como causa justa de terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador:

- Que el TRABAJADOR se presente al sitio de trabajo en estado de embriaguez o ingerir bebidas embriagantes durante la jornada de trabajo, aún por la primera vez;

- Cualquier negligencia o la realización de actividades por parte del trabajador, que pongan en peligro su seguridad y/o el desempeño de las personas, máquinas, materiales, edificios y demás objetos y bienes relacionados con las labores encomendadas al TRABAJADOR, pertenecientes al EMPLEADOR o a las empresas contratantes.

- La inasistencia injustificada a los exámenes médicos, clínicos, paraclínicos periódicos a los que haya sido citado con anterioridad por el empleador.

- La negación a realizarse pruebas de alcoholemia.

- La reiteración en la no utilización o uso inadecuado de los Elementos de Protección Personal que le sean asignados de acuerdo a los riesgos identificados para su cargo.

- La inasistencia injustificada a las capacitaciones, entrenamiento y demás actividades incluidas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

- El incumplimiento de los procedimientos seguros de trabajo establecidos para las labores de su cargo.

El incumplimiento o inobservancia de cualquiera de las políticas, procedimientos y directrices de Seguridad y Salud en el Trabajo (Salud Ocupacional) e Higiene y Seguridad Industrial establecidas por la empresa.

ARTÍCULO 7. La Empresa L'AMOUR JOYERIA, realiza evaluaciones médicas ocupacionales, para identificar, prevenir y controlar condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros, en razón de situaciones particulares con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores, contratistas y garantizar ambientes de trabajo sanos, seguros y gratificantes.

ARTICULO 8. Este reglamento permanecerá exhibido en toda la Empresa, en por lo menos dos (2) lugares visibles de cada área de trabajo, con el fin de divulgar su contenido a todos los trabajadores y contratistas de la organización cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores, contratistas y visitantes en el momento de su ingreso.

ARTICULO 9. El presente reglamento entra en vigencia a partir de aprobación por parte del gerente o representante legal y su posterior publicación, durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios substanciales las condiciones existentes en el momento de su

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