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REGLAMENTO DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN, CONTRATACIÓN, PROMOCION DE DOCENTES

Enviado por   •  26 de Octubre de 2017  •  1.652 Palabras (7 Páginas)  •  508 Visitas

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Artículo 11. El estudio de las candidaturas estará a cargo de cada la Dirección y un comité del consejo directivo quienes realizaran las evaluaciones pertinentes previamente definidas y proponer al consejo directivo las ternas, con la documentación y evaluaciones realizadas en los exámenes de oposición.

Artículo 12. Una vez cerrado el periodo de presentación de carpetas, el área administrativa entregara a la comisión del consejo directivo la documentación que fue requerida del pre candidatos.

Artículo 13. El consejo directivo en un plazo de diez días laborables, revisará que los postulantes que cumplan con los requisitos especificados en el Art 8 de este Reglamento, luego de lo cual, procederá con la calificación de méritos del postulante para la cátedra convocada.

Artículo 14. La calificación de méritos debe considerar los siguientes componentes:

- Títulos Universitarios (10) Puntos

- Títulos de Posgrado (20) Puntos

- Títulos de Doctorado (30) Puntos

- Constancia certificada de pasante de Posgrado (10) Puntos

- Constancia certificada de pasante de Posgrado o Doctorado. 15) (Puntos

- Certificados de Cursos de Actualización en la asignatura vacante. (10) Puntos

- Certificados de Diplomados en la asignatura vacante. (20) Puntos

- Publicaciones relevantes directamente relacionadas con la cátedra en concurso: (10) Puntos.

- Por año de docencia universitaria, (1) punto por año hasta un máximo de 10 puntos.

- Experiencia en investigación, (2) puntos por cada investigación realizadas, hasta un máximo de: (10) Puntos.

- Experiencia profesional en el ámbito de la cátedra vacante, (1) punto por cada año de experiencia.

Artículo 15. El concurso de oposición será valorado a través de una entrevista personal con cada postulante, pudiendo, el examen de posición será realizado por la academia correspondiente en caso de no existir por el consejo directivo. Después de evaluar a los aspirantes, la Academia de profesores propondrá al H. Consejo Directivo de la Facultad a los dos candidatos que considere más aptos para impartir la(s) asignatura(s) vacante(s). El H. Consejo Directivo seleccionará al aspirante que mejor cumpla el perfil requerido y propondrá su contratación como profesor suplente o provisional a la oficialía mayor de la UAdeC.

Artículo 16. El concurso de méritos será valorado con un 60 % y el de oposición con un 40 % del puntaje total del candidato, y para la contratación definitiva se seleccionará el candidato que mejor puntaje haya obtenido en la valoración de los componentes definidos en este Reglamento.

En caso de que ninguno de los postulantes alcance el porcentaje mínimo necesario para su contratación, el consejo directivo de la FAC podrá recomendar al área administrativa que se declare desierto el concurso y que ejerza la facultad de elegir el candidato la Dirección de la FAC.

Artículo 17. Establecidos los puntajes respectivos, el consejo directivo de la FAC procederá a elaborar el acta de aprobación de selección del Docente elegido, la misma que constituye para la dirección, la recomendación de contratación.

Artículo 18. El área administrativa comunicará al candidato seleccionado la fecha y hora para la entrevista con el director de la FAC, en la que, de ser favorable el resultado de la misma se procederá con la contratación definitiva.

Artículo 19. Para la contratación definitiva, el Docente, debe presentar en administración de la FAC la siguiente información:

- currículo

- Credencial del INE Instituto Nacional Electoral (copia)

- 3 fotografías recientes de tamaño credencial

- currículo profesional y laboral que incluya dirección, teléfono y mail, con fotografía.

- Copia certificada por fedatario público de los documentos que adjunta para la calificación de méritos.

- De ser el candidato extranjero, presentará los documentos que le acredite el derecho de ejercer actividades profesionales en el México.

- Reseña de proyectos de investigación realizadas

- No se admitirá ninguna documentación que se presente de forma incompleta

- CURP Clave única de registro de población.

- Cedula Fiscal (RFC) registro federal de contribuyentes

- Comprobante de Domicilio

- Carta de no antecedentes penales

- Certificado de Salud

- Demás documentos que le sean solicitados.

TÍTULO V: De la contratación por excepción

Artículo 20. Bajo petición escrita de la secretaria académica, fundamentando el caso, el director de la FAC podrá autorizar la contratación e incorporación de Docentes sin necesidad de una convocatoria a concurso de méritos y oposición, en los siguientes casos:

- Docentes invitados, Docentes especializados.

- Reemplazos temporales por licencias, vacaciones, incapacidad laboral debidamente justificada o ausencias imprevistas debidamente comprobadas.

- Por haberse declarada desierta la convocatoria correspondiente de méritos y oposición.

TÍTULO VI: De la contratación, permanencia y promoción

Artículo 21. De aprobarse su contratación, la Oficialía Mayor celebrará un contrato de trabajo con la persona propuesta que no excederá de 6 (seis) meses.

Artículo 22. La permanencia del nuevo profesor contratado, dependerá de su desempeño académico y de la responsabilidad mostrada en sus funciones complementarias, siendo evaluado al término del semestre tanto por los alumnos, así como por los integrantes de la Academia de profesores, la cual presentará un reporte de la evaluación al H. Consejo directivo, el cual determinará su Permanencia Artículo 23. La

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