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El mejor Reglamento de practica docente

Enviado por   •  21 de Noviembre de 2018  •  3.261 Palabras (14 Páginas)  •  369 Visitas

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CAPITULO 1: ACTORES

Art. 13°: Se entiende como actores del Campo de la Práctica Profesional a todos los que participan directa o indirectamente en esta instancia de formación. Ellos son:

a) Supervisor/a del Nivel Superior.

b) Supervisores/as de los Niveles y modalidades correspondiente.

c) De los IES: Equipo Directivo, Jefe /Coordinador/a o Referente de Ia Práctica,

Profesores/as- generalistas y especialistas de los Talleres de Práctica Docente y estudiantes.

d) De las escuelas y/o instituciones asociadas: Equipos directivos de gestión o conducción, docentes co-formadores, integrantes de los grupos clase.

CAPÍTULO 2: FUNCIONES Y TAREAS DE LOS ACTORES

Art. 14°: Serán funciones y tareas de los Supervisores/as de los distintos Niveles:

a) Facilitar y asegurar las condiciones institucionales que habiliten el proceso de la práctica en las escuelas asociadas.

b) Aportar al equipo formador su mirada sobre los diferentes contextos, realidades y particularidades de las instituciones.

Art. 15°: Serán funciones y deberes del Director/a o Rector/a del IES;

a) Participar en la elaboración del Reglamento de Práctica Docente institucional.

b) Garantizar la difusión y cumplimiento del Reglamento de Práctica Marco y el REPI.

c) Implementar estrategias que promuevan la creación de vínculos favorables entre las instituciones, el equipo docente, los/as estudiantes y la articulación entre la formación permanente y la formación inicial.

d) Promover el diálogo interinstitucional desde un estilo de gestión que favorezca prácticas inclusivas para los actores implicados.

e) Participar en Ia definición del encuadre especifico en el que se desarrollará el proyecto de la práctica formativa.

f) Solicitar la correspondiente autorización a la Dirección y/o Equipo de conducción de las instituciones asociadas y firmar el Convenio con las mismas.

g) Convocar al Equipo Formativo a jornadas, encuentros u otras instancias que requiera el desarrollo del Proyecto de los Talleres de Práctica Docente.

h) Otorgar anualmente las constancias a los docentes co-formadores que certifiquen su participación en el Equipo de Formación.

i) Determinar, junto con el Equipo Formador, las causales de suspensión, extensión o no aprobación de las prácticas documentando sobre lo actuado.

Art. 16°: Serán funciones y deberes del/a Jefe/Coordinador/o referente institucional de la práctica:

a) Participar en la elaboración del Reglamento de Práctica Docente Institucional

b) Coordinar el Campo de la Formación en la Práctica Profesional articulando todos y cada uno de los Talleres de Práctica Docente.

c) Diseñar, desarrollar y evaluar el Proyecto del Campo de la Práctica Profesional junto con los/as profesores/as que lo integran.

d) Promover la articulación del Campo de la Formación en la Práctica Profesional con los otros dos campos de la formación, generando espacios de trabajo compartido y colaborativo entre los/as profesores/as, para la organización de las instancias de prácticas de los/as estudiantes.

e) Actuar como nexo entre el IES y las instituciones asociadas.

f) Viabilizar los encuentros intra e interinstitucionales,

g) Colaborar con los/as profesores de los Talleres de Práctica Docente acompañando los procesos de enseñanza y aprendizaje en las distintas etapas formativas de los/as estudiantes

h) Mediar ante posibles situaciones de tensión entre los actores institucionales, que se presenten en el transcurso de los Talleres proponiendo estrategias de intervención pedagógica.

i) Convocar a Jornadas de trabajo en el marco de la Red para alcanzar acuerdos referidos a enfoques epistemológicos, disciplinares, metodológicos y criterios de evaluación de las prácticas de los/as estudiantes.

j) Organizar reuniones con el equipo de práctica con el fin de diagnosticar, seguir, redistribuir, acordar y evaluar lineamientos de acción y situaciones de la práctica. Las reuniones se estipulan tentativamente en el siguiente cronograma:

Primera reunión: antes del inicio del cuatrimestre

Segunda reunión: antes del inicio de las prácticas (inserción de los estudiantes en las aulas)

Tercera reunión: Antes de finalizar el segundo cuatrimestre

Se prevé una reunión antes del inicio de las prácticas con equipos directivos del IES y de las escuelas asociadas y docentes de práctica y co-formadores a fin de aunar criterios pedagógicos, didácticos y de evaluación.

Podrán convocarse docentes con horas en disponibilidad para integrar el equipo de práctica.

k) Instrumentar la modalidad administrativa más adecuada para mantener actualizado el registro institucional de estudiantes, distribución en las instituciones asociadas con día y horario, profesores/as del IES responsables, co-formadores y copia de los Convenios.

l) Firmar los informes sobre el desempeño de los/as estudiantes.

Art. 17°: Serán funciones y deberes de los/as Profesores/as de los Talleres de Práctica Docente (generalistas y especialistas):

a) Participar en la elaboración del Reglamento de Práctica Docente Institucional.

b) Definir con el Equipo Formador de la Práctica Docente el encuadre específico en el que se desarrollará la práctica formativa una vez acordada la instancia de práctica entre el IESy las instituciones asociadas.

c) Elaborar la propuesta de organización de las prácticas, según corresponda al año de la carrera, y presentarla al Jefe /Coodinador/a o referente institucional de las mismas.

d) Gestionar y diseñar dispositivos para la apertura real de espacios que favorezcanprácticas docentes múltiples y habilitantes de experiencias educativas que provoquen aprendizajes a todos los implicados en las prácticas.

e) Elaborar y articular, en el marco del Proyecto del Campo de las Prácticas Profesionales,

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