RESUMEN DE DERECHOS HUMANOS, PRIMER PARCIAL
Enviado por Mikki • 8 de Enero de 2019 • 6.553 Palabras (27 Páginas) • 496 Visitas
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los iusnaturalistas no hallan dificultad en situarlo en el derecho natural ontológico, en el llamado orden natural, o hasta en el orbe de los valores. Todos ellos comulgan en una doctrina común: el fundamento está fuera del Estado. y es jurídico. Hay principios que no necesariamente están escritos, están por encima y deben ser respetados. No todo lo escrito es ley, hay otras cosas que valen.
iusnaturalista niega (todo lo contrario) que el derecho natural necesita del positivo para su vigencia,t16 en tanto el primero sólo proporciona criterios o pautas generales, dejando -por otro lado, una vasta serie de cuestiones en terreno de neutralidad para que el derecho positivo las atrape según mejor le parezca y convenga a las circunstancias.
POSITIVISTA Los que claramente, o dudosamente, no son iusnaturalistas recurren a fundamentos fuera del Estado, de diverso tipo; ese fundamento puede ser la ética, o la naturaleza del hombre en un sentido subjetivista e inmanente, o una idea de derecho, o los valores históricamente relativizados y hasta un derecho natural deontológico.
El punto de contacto, -en cambio. está dado por la coincidencia de que el derecho positivo debe "positivar" como derechos humanos eso que, con tal nombre, tiene su fundamento "fuera" de la positividad. Ese estar fuera puede significar será ética, será la naturaleza humana, será la idea de derecho, será el valor historizado relativamente.
Es muy bueno compartir la noción de que el fundamento está fuera del Estado, ya no lo es tanto predicar que la juridicidad de los derechos humanos aparece únicamente cuando el derecho positivo los pone en papel.
Porque allí se intenta separar lo que esta positivizado de lo que no, y ahí no radica la diferencia sino que ambos participan de la esencia de la juridicidad. Lo jurídico es lo justo, y lo justo es tanto el derecho que esta dentro o fuera del Estado, la norma como el derecho natural.
Positivista en fin es el derecho escrito, pasado a papel.
INTERNACIONALISTA afirman que las normas del derecho Internacional están por encima de las del derecho privado.
2. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS
2.1 origen y utilización del término. La situación de los derechos humanos luego de la primera y segunda guerra mundial
*los derechos humanos existen desde siempre, solo que se reconocen luego de la segunda guerra mundial, allí se positivizan.
No hay duda que la instancia previa (o el fundamento) de los derechos que se incorporan a la positividad es una exigencia (ética. o jurídica) cuyo deber ser ideal precisa de los hombre~ (en su conocimiento y en su realización). Cuando los hombres imprimen positividad a los derechos están haciendo simultáneamente dos operaciones: "reconociendo" aquella instancia previa de deber ser y en seguimiento de la misma "constituyendo" en positivos a los derechos que, hasta ese momento, realmente no eran positivos (por más que sean naturales, o morales). Es claro que el reconocimiento prevalece sobre 10 constitutivo, pero 10 constitutivo hace falta.
*FUERON NECESARIOS ORGANISMOS SUPRANACIONALES PARA VELAR POR LA PROTECCION DE ESTOS DERECHOS: Antes de la formación de las Naciones Unidas, existían ciertos acuerdos legales internacionales y algunas organizaciones. En la Conferencia Internacional de la Paz de 1899 en La Haya se reunieron por diez semanas, cerca de 25 naciones con la finalidad de codificar normas de conducta en tiempos de guerra, ya sea en tierra o en el mar. Aunado a este acuerdo monumental, también se elaboraron instrumentos que permitieran resolver pacíficamente las crisis y evitar la guerra. Estos acuerdos formales que demostraban el deseo de las Naciones a la paz internacional, dieron cabida a la fundación, por estas organizaciones, de la Sociedad de Naciones y las Naciones Unidas.
La Sociedad de las Naciones Unidas fue fundada veinte años más tarde. Los países que ganaron la Primera Guerra Mundial negociaron un acuerdo de paz a través del Tratado de Versalles en 1919. En esta conferencia, la Sociedad de las Naciones, antecesora de las Naciones Unidas, fue formada "para promover la cooperación internacional y lograr la paz y la seguridad" en el mundo.
se disolvió después de no haber conseguido evitar el estallido de la Segunda Guerra Mundial
el Presidente de los Estados Unidos, Franklin Delano Roosevelt y el Primer Ministro del Reino Unido, Winston Churchill acordaron cierta doctrina que sería la base para la cooperación internacional. Los dos principios más importantes detrás de la ONU, el establecimiento de la paz mundial y la seguridad colectiva, se encuentran en la Carta del Atlántico.
La Conferencia de San Francisco en 1945 convirtió a las Naciones Unidas en realidad. El 25 de Abril, 50 delegados de diferentes naciones del mundo, se reunieron en San Francisco donde negociaron y redactaron los 111 artículos de la Carta de las Naciones Unidas; la Carta fue aprobada por unanimidad el 25 de junio y fue firmada el 26 de junio.
El Preámbulo de la Carta establece el propósito de formar esta organización de acuerdo a lo siguiente: "Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a ....reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en 1a dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas..." La Carta incluye los siguientes objetivos: "Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religion…"
2.2 las llamadas generaciones de derechos humanos. Concepto. Fundamento.
Se presenta entonces una clasificación de los derechos humanos basada en tal análisis en donde se distinguen los derechos civiles, las libertades económicas, los derechos políticos, los derechos económicos, sociales y culturales, y los derechos de la solidaridad.
PRIMERA GENERACION: LAS REVOLUCIONES BURGUESAS Y LOS DERECHOS HUMANOS: LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. Se basan en el primer postulado de la Revolucion francesa, LIBERTAD. Se sitúa a la persona de manera individual. Del año 1966, ejemplo el sufragio y el trabajo.
La primera noción de derechos
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