SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO.-
Enviado por tolero • 27 de Febrero de 2018 • 2.210 Palabras (9 Páginas) • 446 Visitas
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Las mentiras vertidas ante su Despacho deben ser tomados en cuenta a la hora de resolver, además como ya he manifestado, que la demandante se ha APROPIADO DE MI TÍTULO PROFESIONAL, ASÍ COMO BACHILLER Y MI CURRÍCULUM COMO INGENIERO CIVIL, por lo que NO PUEDO ACCEDER A NINGÚN TRABAJO MIENTRAS ESTO SEA ASÍ.
AL PUNTO SEXTO.- NO ES CIERTO.-
La demandante, debe acreditar las razones del porqué SE LE DEBE ASISTIR CON ALIMENTOS a la demandante, sin embargo en ningún extremo afirma las razones, lo que demuestra que ella goza de plenas facultades psíquicas, físicas y demás que NO LE IMPIDEN TRABAJAR, más si se tiene en cuenta que ES DOCENTE NOMBRADA EN LA CIUDAD DE PUNO, CONCRETAMENTE EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIMARIA Nº 70029 “MARÍA AUXILIADORA” DE PUNO.
IV.- ARGUMENTOS DE DEFENSA:
IV.A.- FACTICOS.-
PRIMERO.- Que, procede a absolver la presente demanda, a fin de no caer en rebeldía, me opongo al mismo conforme he expuesto a los fundamentos de hecho de la demanda, por cuanto considero que en el monto es exorbitante.
SEGUNDO.- Que, he dejado constancia que a la hora de mi retiro forzado NO ME HA DEJADO LLEVAR NADA DE MIS OBJETOS PERSONALES como son: Título de Ingeniero Civil, Título de Bachiller y otros que son parte de mi CURRÍCULUM VITAE personal, excepto la ropa con la que estaba vestido al momento de mi retiro. Se encuentra en su poder una cantidad de libros que son de uso exclusivo de mi profesión, la misma que por capricho y negativa de mi esposa, ha sido imposible de que me lo devuelva, además debo dejar constancia de que me ha amenazado con “quemar todos mis objetos personales”, aún quedan mis ternos de vestir y otros objetos personales las mismas que solicito su devolución.
Asimismo, Sr. Juez, debo dejar constancia que hemos construido un inmueble de CUATRO PISOS ubicado en el Jr. Moho Nº 125 de esta ciudad de Puno, producto de nuestro esfuerzo de años y el trabajo realizado por ambas partes, en la que actualmente viven mis hijos conjuntamente mi esposa, a las que desde mi fecha de retiro hasta el momento me ha sido imposible ingresar y menos que se me permita a ello.
También, durante el matrimonio y aún antes cuando convivíamos adquirimos una serie de bienes que han quedado en el hogar conyugal y conforme viene administrado mi esposa, las que son:
- Una camioneta de color guinda del año 1984, cuyo valor es adquisición fue de S/. 7000 (siete mil nuevos soles), la que se utiliza para el traslado de productos agrícolas.
- Una mezcladora de concreto, adquirida en el año 2004, cuyo valor de adquisición es de S/. 4500.00 (cuatro mil quinientos nuevos soles), la que se alquila para el servicio de construcción de inmuebles (Techado) y otros, por lo que mi esposa viene administrando los dineros de dicho alquiler.
- Una plancha compactadora nueva, adquirida en el año 2011 cuyo valor de adquisición fue de S/. 2800.00 (dos mil ochocientos nuevos soles), la misma que se viene alquilando alquilando a terceros, para compactar el piso de las casas y calles. Cuyos ingresos es administrado por mi esposa.
- Una vibradora de concreto, adquirida en el año 2011, cuyo valor de compra asciende a la suma de S/. 1800.00 (un mil ochocientos nuevos soles). Cuya administración y cobro de alquileres viene administrando mi esposa.
- Una motobomba, adquirida en el año 2011, cuyo valor asciende a la suma de S/. 2200.00 (dos mil doscientos nuevos soles). También los alquileres las viene administrando mi esposa.
- Una máquina de soldar eléctrica adquirida en el año 2000, siendo el valor de compra en la suma de S/. 1800.00 (un mil ochocientos) nuevos soles, los alquileres las viene administrando mi esposa.
- Un plotter HP 110, adquirida en el año 2005, siendo su valor aproximado en la suma $ 2000.00 (dos mil dólares americanos).
- Una dobladora de tubos, adquirida en el año 2010, la misma que fue dada en custodia a mi hermano Juan José Flores Cutipa por común acuerdo, quien a manifestación verbal del mismo, ha sido requerida por mi esposa, por lo que debe también inventariarse.
- Una mordaza de banco adquirida en el año 2011, por un valor de S/. 400.00 (cuatrocientos nuevos soles). La que se encuentra en poder de mi hermano Juan José Flores Cutipa para su cuidado.
- Otros bienes, que aún faltan describir.
Por lo que me extraña de sobremanera, que ahora pretenda solicitar alimentos, cuando de sobra tiene ingresos económicos y que mi persona, VENGO SUBSISTIENDO EN FORMA MENSUAL CON ALGUNOS TRABAJITOS QUE NO ME PERMITEN SUBSISTIR COMO CUALQUIER PERSONA, sino que inclusive me apoya mi madre con sus escasos ingresos económicos que percibe la misma, además del apoyo en préstamos de dinero por parte de mis hermanos.
IV.B.- JURIDICOS.-
El 2do., párrafo del artículo 6to, de la Constitución Política del Perú, es expreso al precisar que “…Es deber y derecho de los padres a alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos…”, a lo que la demandante me ha impedido dar a mi hijo, por lo que siento que tengo esa obligación.
Art. 481 del C.C.- Conforme a dicho normativo los ALIMENTOS SE GRADÚAN EN PROPORCIÓN A LAS NECESIDADES DE QUIEN LOS PIDE Y A LAS POSIBILIDADES DEL QUE DEBE DARLOS, atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halla sujeto el deudor.
A la fecha me encuentro DESOCUPADO y tengo que buscar fuentes de trabajo que me son esquivas por culpa de la demandante ya, que es una persona intransigente y actúa de mala fe, al apropiarse indebidamente de mis objetos personales.
Art. 93 del Código de los Niños y Adolescentes.- Es obligación de los padres prestar alimentos a sus hijos.”
No solo me corresponde aportar a mi persona con los alimentos, sino que también la madre, quien al parecer desconoce sus funciones como madre y le corresponde también proporcionar los alimentos como los solicita.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
Los que solicito se tengan por ofrecidos, se actúen conforme a Ley y se tenga en cuenta a la hora de resolver:
5.1. Acta de nacimiento de mi menor hija RUTH CARMEN MAMANI RODRIGUEZ, emitida por la Municipalidad Provincial de Puno, que acredita que tengo una niña a quien también le vengo asistiendo por alimentos.
5.2. Constancia de matrícula de mi menor hija RUTH CARMEN MAMANI RODRIGUEZ, que acredita que
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