SURGIMIENTO Y DESARROLLO DEL DERECHO CONTEMPORÁNEO EN MÉXICO.,
Enviado por Mikki • 16 de Agosto de 2018 • 9.794 Palabras (40 Páginas) • 360 Visitas
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Woodrow Wilson, presidente de Estados Unidos, envía a México para que recaben información fidedigna a William Bayard Hale y H.W. Sawtele y comienzan a infiltrase en círculos revolucionarios además, a John Siliman, vicecónsul de Estados Unidos en Saltillo; David Laurens, Henry Tupper; Paul Fuller; Hall, representante de Estados Unidos ante Zapata y Corothers agente consular de Estados Unidos en Torreón y representante ante Villa.
H.- Naturaleza jurídica de la Convención
Dentro del aspecto estrictamente jurídico, ofrece una serie de aspectos interesantes desde su inicio hasta su terminación. No existe un antecedente de reunión de ese tipo en la historia de México. No fue convocada mediante un sistema previsto en la técnica jurídica. La convención fue convocada por el jefe de Estado, quien además era caudillo militar, mediante un telegrama cuyo texto es impreciso y no es dicha convención soberana, porque sus miembros no son electos por el voto popular.
Programa de reformas político-sociales de la revolución aprobado por la soberana convención revolucionaria.
(Cuestión Agraria)
La revolución se propone realizar las siguientes reformas:
Artículo 1°
a) Destruir los latifundios.
b) Crear la pequeña propiedad y proporcionar a cada mexicano que lo solicite, la extensión de terreno que sea bastante para subvenir a sus necesidades y a las de su familia, en el concepto de que se dará preferencia a los campesinos.
(Cuestión Obrera)
Artículo 6° Precaver de la miseria y del futuro agotamiento a los trabajadores, por medio de oportunas reformas sociales y económicas, como son:
Una educación moralizadora, leyes sobre accidentes de trabajo y pensiones de retiro, reglamentación de las horas de labor, disposiciones que garanticen la higiene y seguridad de los talleres, fábricas y minas.
(Reformas Sociales)
Artículo 11° Favorece la emancipación de la mujer por medio de una juiciosa ley sobre el divorcio, que cimiente la unión conyugal sobre la mutua estimación o el amor, y no sobre mezquindades del prejuicio social.
(Reformas Administrativas)
Artículo 12° Atender a las siguientes necesidades de educación e instrucción laica se hacen que se hacen sentir en nuestro medio, a este fin realizar las siguientes reformas:
1. Establecer en fondos federales, escuelas rudimentarias en todos los lugares de la República, a donde no lleguen actualmente los beneficios de la instrucción, sin perjuicio de que los estados y los Municipios sigan fomentando los que de ellos dependen.
(Reformas Políticas)
Artículo 32° Realizar la independencia los municipios procurando a éstos una amplia libertad de acción que les permita atender eficazmente a los intereses comunales y los preserve de los ataques y sujeciones de los gobiernos federales locales.
- Acciones Jurídicas llevadas a cabo por Carranza
- Ley de escuelas rudimentarias en 1911 por León de la Barra.
- Se establece el municipio libre en la Ley orgánica del artículo 109 de la Constitución, el 30 de Septiembre de 1914.
- Administración de justicia se introducen los juzgados de paz el 30 de Septiembre de 1914.
- Convoca a elecciones de diputados al Congreso Constituyente el 01 de Septiembre de 1916.
- Ley de pagos, el 15 Septiembre 1916.
- Ley electoral el 19 de Septiembre de 1916.
- Ley de la Secretaria del Estado el 25 de Diciembre de 1917.
- Las sesiones para reformar la Constitución se llevan a cabo el 01 de Diciembre de 1916 al 31 de Enero de 1917. Se distinguen como grupos los moderadores y los progresistas.
El proyecto de Carranza, basado en la Constitución de 1857, da un amplio margen para el debate.
- Una nueva Constitución.
Los numerosos acontecimientos jurídicos-políticos de la etapa de la lucha armada habían venido señalando la fuerza y claridad de las necesidades de una nueva Carta Magna.
Entre los primeros cabe mencionar los planes, decretos y leyes revolucionarios expedidos por los jefes y caudillos, como el Plan de Ayala. Entre los segundos están los repartos de tierras realizados por los generales Lucio Blanco y Salvador Alvarado, los discursos de los principales caudillos que contrastan con los planteamientos de la Convención de Aguascalientes.
El debate se centra en tres aspectos: educación laica y obligatoria, el problema del campo y las condiciones de los obreros.
En los planteamientos triunfan los jacobinos o radicales.
“Los grandes hechos de la historia condensan los ideales y clamores de los pueblos”.
El proyecto del artículo 3° despierta el más encendido debate cuando se incluye la propuesta de la educación laica.
“El articulo 3°de proyecto de Constitución proclama la libertad de enseñanza, sin taxativa, con la explicación de que continuara siendo laica la enseñanza que se de en los establecimientos oficiales y gratuita la educación en escuelas oficiales primarias”.
No se aprueba dicho artículo y se sustituye por el siguiente:
1.- Artículo 3°
Habrá libertad de enseñanza, pero será laica la que se de en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que en la enseñanza primaria elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ministro de algún culto o persona perteneciente a alguna asociación semejante, podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria, ni impartir enseñanza personalmente en ningún colegio. Las escuelas primarias particulares solo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia del gobierno.
La enseñanza será obligatoria para todos los mexicanos y en los establecimientos oficiales será impartida gratuitamente.
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