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Servicios Publicos desde la Ley

Enviado por   •  11 de Junio de 2018  •  6.833 Palabras (28 Páginas)  •  326 Visitas

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5.3. Disponer el otorgamiento de subsidios a los usuarios de menores ingresos, con cargo al presupuesto del municipio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 60/93 y la presente Ley.

5.4. Estratificar los inmuebles residenciales de acuerdo con las metodologías trazadas por el Gobierno Nacional.

5.5. Establecer en el municipio una nomenclatura alfa numérica precisa, que permita individualizar cada predio al que hayan de darse los servicios públicos.

5.6. Apoyar con inversiones y demás instrumentos descritos en esta Ley a las empresas de servicios públicos promovidas por los departamentos y la Nación para realizar las actividades de su competencia.

5.7. Las demás que les asigne la ley.

Este artículo nos habla del contexto de quiénes y cómo se deben prestar estos servicios, por tal motivo encontramos que dentro de nuestro país existen empresas que tienen como objeto la prestación de uno o más servicios, o la realización de las actividades complementarias a estos servicios. como ejemplo encontramos empresas como CODENSA, esta empresa se dedica a la prestación exclusiva del servicio de Energía para la ciudad de Bogotá, también encontramos empresas como ACUEDUCTO DE BOGOTÁ, que se dedica a la prestación de diversos servicios públicos como lo son Acueducto, Alcantarillado y la facturación del servicio de Aseo para la ciudad de Bogotá, y empresas que se dedican a la prestación de servicios complementarios como lo son LOS RECICLADORES en este caso de la ciudad de Bogotá, en el caso del servicio complementario de aprovechamiento.

Los municipios prestarán directamente los servicios públicos, cuando, a pesar de haber hecho el municipio invitación pública, ninguna empresa se haya ofrecido a prestar el servicio, o cuando, aunque haya empresas dispuestas a prestar el servicio, existan estudios aprobados por el Superintendente que demuestren que es más conveniente la prestación directa por el municipio,

Es importante resaltar que las Empresas de Servicios Públicos debidamente constituidas y organizadas no requieren permiso para prestar el servicio, sin embargo, para operar, deberán obtener de las autoridades respectivas las concesiones, permisos y licencias, según la naturaleza de su actividad.

Este articulo tambien nombra una parte importante en el tema de la prestación de los servicios públicos y es el tema de la Estratificación Socioeconómica, esta estratificación es dada a que Cada Alcalde debe estratificar los inmuebles residenciales de su municipio, para definir tarifas y subsidios. Para su asesoramiento se conforma un Comité Permanente de Estratificación, cuya función principal sea velar por la adecuada aplicación de las metodologías establecidas por el Departamento Nacional de Planeación. También resuelven en primera instancia las reclamaciones sobre estratificación; la Superintendencia de SPD las resuelve en segunda instancia. Una vez realizada la estratificación, el Alcalde debe difundir ampliamente sus resultados entre la población del municipio.

Artículo 9o. Derecho de los usuarios. Los usuarios de los servicios públicos tienen derecho, además de los consagrados en el Estatuto Nacional del Usuario y demás normas que consagren derechos a su favor, siempre que no contradigan esta ley, a:

9.1. Obtener de las empresas la medición de sus consumos reales mediante instrumentos tecnológicos apropiados, dentro de plazos y términos que para los efectos fije la comisión reguladora, con atención a la capacidad técnica y financiera de las empresas o las categorías de los municipios establecida por la ley.

9.2. La libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención utilización.

9.3. Obtener los bienes y servicios ofrecidos en calidad o cantidad superior a las proporcionadas de manera masiva, siempre que ello no perjudique a terceros y que el usuario asuma los costos correspondientes.

9.4. Solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna, sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se realicen para la prestación de los servicios públicos, siempre y cuando no se trate de información calificada como secreta o reservada por la ley y se cumplan los requisitos y condiciones que señale la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Parágrafo. Las Comisiones de Regulación en el ejercicio de las funciones conferidas por las normas vigentes, no podrá desmejorar los derechos de los usuarios reconocidos por la ley.

El presente artículo habla de los derechos que se tiene como usuarios pero cabe resaltar que estos derechos son obtenidos ya que para que se obtenga esa prestación de servicios se realiza a través de un contrato, los suscriptores y usuarios de los servicios públicos domiciliarios son parte de un contrato como ya lo mencionamos, con la entidad prestadora del servicios y como tal pueden exigir y hacer efectivos todos sus derechos.

Dentro de estos derechos se incluyen aspectos como el acceso a un servicio continuo y de buena calidad, la posibilidad de participar en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan el servicio y el derecho a presentar solicitudes ante éstas, el derecho a tarifas proporcionales, entre otros. para poder ejercer estos derechos debe conocerlos y comprenderlos. Cada Municipio del País tiene el deber de asegurar a todos los habitantes de su región, la prestación eficiente y continua de los SPD.

Cabe resaltar tres de los puntos más importantes en cuanto a los derechos que se tienen como usuarios.

El servicio: Cualquier persona que habite en un domicilio tiene derecho a solicitar y obtener los servicios públicos domiciliarios de las empresas que los presten en su región. La empresa sólo puede negar las solicitudes por razones técnicas.

La Eficiencia: en el servicio al usuario se logra permitiendo la competencia entre empresas de SPD, controlando y vigilando a las empresas que presten los servicios y sancionando diligentemente a las que no cumplan las normas.

La continuidad: La obligación principal de las empresas que prestan los SPD es la prestación continua de un servicio de buena calidad.

Encontramos dentro del servicio de ASEO que si se presenta un caso de falta, el usuario o suscriptor afectado tiene derecho a:

- Indemnización por perjuicios por cada día de falla del servicio y pago de los gastos en que haya incurrido.

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