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TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, JURISDICCIÓN y ÓRGANOS JURISDICCIONALES

Enviado por   •  30 de Noviembre de 2017  •  2.485 Palabras (10 Páginas)  •  493 Visitas

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Jurisdicción Voluntaria: Se contrapone a la contenciosa, declarando la existencia jurídica de un derecho preexistente. Ejemplo: Cuando no se le entrega parte de la herencia al heredero, se sigue las diligencias de declaratorias de heredero por parte del juez, es un derecho que ya existía o las diligencias de aceptación de herencia. La Jurisdicción Voluntaria, está establecida en nuestro Código Civil en el artículo 895 parte segunda, título I disposiciones generales. Artículo 895 El Juez, actuando en sede de jurisdicción voluntaria, interviene en la formación y desarrollo de situaciones jurídicas de conformidad con las disposiciones de la ley y del presente Código. La diferencia fundamental entre la jurisdicción voluntaria a la jurisdicción contenciosa, estriba, antes que en la forma es en el procedimiento o en el contenido existencia de la función. Ciertamente es la jurisdicción voluntaria la función es meramente preventiva, y en la contenciosa la función, es dirimitoria con eficacia de irrevisabilidad; esto es, de cosa juzgada, con fuerza de ley (coercibilidad).

ORGANOS JURISDICCIONALES

También podemos observar que en la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, título I principios fundamentales y disposiciones generales, capítulo I establece en su

Artículo 2º. La jurisdicción es inviolable. El ejercicio de la potestad jurisdiccional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los tribunales y comprende a todas las personas y materias en el ámbito del territorio nacional, en la forma dispuesta en la Constitución y las leyes. Las decisiones judiciales serán respetadas y cumplidas en los términos que ellas expresen.

Clasificación de los órganos jurisdicciónales

De esta clasificación surge la denominación de Jurisdicción Ordinaria, que es ejercida

por un tribunal o Juez dependiendo de la circunscripción que le compete.

Elemento subjetivo comprende además del Juez o Magistrado, las partes y los terceros que intervienen en el proceso y constituyen.

El elemento formal, es el procedimiento que se ha de seguir, las normas contenidas en los Códigos Procesales (civil, mercantil, laboral, penal, militar, contencioso, administrativo y fiscal, entre otros).

Consideremos ahora, siendo los órganos jurisdiccionales aquellos órganos del Poder Judicial encargados de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Son órganos que conocen y resuelven, con eficacia de cosa juzgada los conflictos jurídicos que se generan entre las partes, en el orden temporal, y generalmente, dentro del territorio de la República.

La noción de órgano es una construcción jurídica que alude a un conjunto de personas y medios materiales unidos por la atribución de una función específica. Por tanto, es la unión de un elemento personal, otro material y otro funcional. Son las personas que constituyen el sustrato humano necesario para la actividad del órgano.

Debe destacarse que el órgano se distingue del concreto personal que lo integra en un momento determinado, es decir, lo trasciende: el órgano permanece a pesar de la sustitución (por jubilación, por enfermedad, entre otros) de los concretos funcionarios, con nombre y apellidos, que lo componen. Haremos un breve sondeo por las actuales clasificaciones de nuestros órganos jurisdiccionales para no tocar los cambios desde la constitución de 1999.

Clases de órganos jurisdiccionales

Existen varias clasificaciones dependiendo de la estructura interna, de la medida del poder que ejercen los Tribunales, según el grado de jurisdicción.

Según la estructura interna

Según esta clasificación, los tribunales pueden ser:

Tribunales Colegiados: Son los que están integrados por varios jueces, tales como el Tribunal Supremo de Justicia, donde las Salas están conformadas por varios Magistrados, la Corte Marcial, Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, entre otros.Tribunales Unipersonales: Son todos aquellos tribunales del país tales como los Juzgados Superiores, de Primera Instancia, de Municipio, entre otros... En la actualidad en Caracas, existen doce tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Familia del Área Metropolitana de Caracas. Existen igualmente veinticinco Tribunales de Municipio y diez Tribunales Ejecutores en Materia Civil.

Según la medida del poder que ejercen los tribunales:

Tribunales Ordinarios: Son los que ejercen la jurisdicción en materia civil, mercantil y penal. En principio deben conocer todas aquellas causas de tipo civil, mercantil y penal.Tribunales Especiales: Son aquellos cuyos conocimientos de causas están limitadas a cierto tipo de controversias, tales como asuntos mercantiles, de protección al niño y al adolescente, laborales, agrarios, entre otros. Tribunales Contenciosos-Administrativos: Son aquellos Tribunales que ejercen la jurisdicción en los asuntos relacionados con las controversias frente al Poder Público Nacional, Estadal o Municipal y los particulares.

Según el grado de jurisdicción: los tribunales se pueden dividir en:

Tribunales Superiores o de alzada Tribunales Inferiores o de primer grado.

En este tipo de clasificación podemos decir de manera descendente como es la jerarquía de los diversos tribunales del país en materia civil, mercantil y de tránsito.

Organización Judicial Venezolana

La organización judicial es el conjunto de normas que establecen los órganos y el sistema para la administración de justicia, señalando la competencia de los jueces, sus facultades, obligaciones, la forma de su designación y de sustitución, así como las garantías de su independencia. En estos términos, el artículo 1º de la Ley Orgánica del Judicial expresa que el ejercicio de la justicia emana del Poder Judicial y que, el ejercicio de la justicia surge del pueblo y se realiza por los órganos del Poder Judicial. Por su parte, el artículo 60 de la ley en comento señala que el Poder Judicial se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales de jurisdicción ordinaria y los tribunales de jurisdicción especial, siendo que estos podrán ser colegiados y unipersonales, y organizados en circuitos en cada circunscripción.

Tribunales que conforman

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