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TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO DE VIOLETA MONTIEL VARGAS

Enviado por   •  2 de Marzo de 2018  •  3.863 Palabras (16 Páginas)  •  401 Visitas

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II.- LA DOCUMENTAL

NOMBRE DEL PROMOVENTE:

VIOLETA MONTIEL VARGAS.

AMPARO INDIRECTO CON

INCIDENTE DE SUSPENSION.

C. JUEZ QUINTO DE DISTRITO EN TURNO

CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE IGUALA, GUERRERO.

P R E S E N T E.

VIOLETA MONTIEL VARGAS, promoviendo por mi propio derecho, en mi carácter de peticionario de garantías, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, aún las de carácter personal, el inmueble ubicado en el número seis, de la calle manzanos, Fraccionamiento Yohuala, de esta Ciudad de Iguala, Guerrero, autorizando en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, para que a mi nombre las oigan y las reciban, así como para que se impongan de los autos del expediente del juicio constitucional que se origine y para que recojan toda clase de documentos que se relacionen con el presente, a los C.C. Licenciada MARGARITA ADAME CRUZ, con cédula profesional número 3560639 y Licenciado JOSE DOLORES CRUZ PEREZ, con cedula profesional 4978854, cedulas debidamente inscritas en el registro de cédulas de ese H. Juzgado, ya sea conjunta o indistintamente, ante Usted con el respeto que le es debido, comparezco para exponer:

Que por medio del presente ocurso, vengo a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión, en contra de los actos que en su capítulo correspondiente señalaré y así en observancia a lo previsto por el artículo 116 de la Ley de Amparo, pasó a precisar lo siguiente:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Ya han quedado debidamente señalados en el proemio de la presente demanda de garantías.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: MARTIN ROMAN MOJICA, con domicilio en calle Riva palacio #13, Colonia Plan de limón de Teloloapan, Guerrero.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:

Lo son como Ordenadora:

El servicio de Administración Tributaria, Administración General de Recaudación y Administración local de Recaudación de Iguala con sede en el estado de Guerrero.

Y como Ejecutora, es: El Subadministrador de Ejecución del Servicio de Administración Tributaria y el Registro Público de la Propiedad de Crédito y Comercio, con sede en la Ciudad de Chilpancingo, Guerrero.

Todas estas autoridades con domicilio oficial bien conocido en Carretera Iguala – Taxco, lote 28, manzana 3, colonia Zona Industrial de esta Ciudad de Iguala Guerrero con excepción del Registro Público quien tiene su domicilio en Edificio Vicente Guerrero, Segundo Piso, Avenida Juárez, esquina Quintana Roo, Colonia Centro de la Ciudad de Chilpancingo, Guerrero.

IV.- LEY O ACTO QUE SE RECLAMA DE LA ORDENADORA:

Del Servicio de Administración Tributaria, Administración General de Recaudación y Administración local de Recaudación de Iguala con sede en el estado de Guerrero.

Todos y cada uno de los actos y resoluciones del Procedimiento de Ejecución, derivado de un crédito fiscal, con número 171490, en especial, la orden derivada del oficio de embargo numero 400-45-00-01-00-2015-02435, de fecha 8 de Septiembre del 2015, que fue girada al Registro Público de la Propiedad de Crédito y Comercio, con sede en la Ciudad de Chilpancingo, Guerrero, para efecto de que se embargara, el bien inmueble de mi propiedad.

DE LA EJECUTORA:

Del C. El Subadministrador de Ejecución del Servicio de Administración Tributaria le reclamo:

Todos los actos de la Ordenadora, en especial el

embargo indebidamente trabado sobre el inmueble de mi propiedad, el cual se deriva de un procedimiento de ejecución en el que no fui ni soy parte, ni resulta ninguna obligación a mi cargo.

Del Registro Público de la Propiedad del Comercio y Crédito Agrícola le reclamo:

El cumplimiento que dio al oficio numero 400-45-00-01-00-2015-02435, de fecha 8 de Septiembre del 2015 que le giro la autoridad ordenadora, por la cual le decreto se embargara el bien inmueble de mi propiedad resultando con ello una limitación irreversible en mis derechos de disfrute de referido bien, toda vez que no puedo usar, disfrutar ni disponer de referido bien debido al embargo antes aludido.

V.- PROTESTA DE LEY: Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que constituyen antecedentes del acto reclamado y que fundamentan los conceptos de violación los siguientes:

H E C H O S:

1.- Como lo acredito con la documental pública que acompaño como anexo 1, consistente en copia certificada del Testimonio, número 58349, de fecha 08 de diciembre del año 2015, de la protocolización de la ESCRITURA PUBLICA NÚMERO: VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS TRES, DEL VOLUMEN SEPTUAGESIMO SEXTO, de fecha tres de mayo de mil novecientos noventa y siete, perteneciente al protocolo del Notario Público Número uno LICENCIADO CARLOS ULISES ACOSTA VIQUEZ, soy legitima propietaria y poseedora del bien inmueble ubicado en el lote veinte, de la manzana uno, del Fraccionamiento Villaverde, de esta Ciudad de Iguala, Guerrero, por haberlo adquirido mediante COMPRAVENTA, que realizara la suscrita VIOLETA MONTIEL VARGAS y el C. MARTIN ROMAN MOJICA.

2.- Ahora bien y a mayor abundamiento como consecuencia de la compraventa a la que hago alusión en el hecho que antecede, lleve a cabo el traslado de dominio, en Catastro Municipal de esta Ciudad de Iguala, Guerrero en fecha 10 de Septiembre de 1997, dándoseme de alta en el sistema catastral con el número de cuenta 4-70-007, tal y como lo demuestro con la copia certificada de la forma 3DCC, que acompaño a la presente como anexo 2 y cabe hacer notar que la suscrita estoy al corriente de mi pago predial tal y como lo acredito con la documental de pago que acompaño como anexo 3, documentos que exhibo para que surtan sus efectos de ley correspondientes.

3.- Bajo protesta de decir verdad manifestó que con fecha 10 de Noviembre del 2015, la suscrita al recibir el CERTIFICADO DE LIBERTAD DE GRAVAMEN, que solicite para iniciar los trámites para regularizar la inscripción de mi inmueble en el REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, me percate que el bien inmueble de mi propiedad, se encuentra ilegalmente embargado

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