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TÉCNICAS DE LITIGACION ORAL

Enviado por   •  14 de Enero de 2019  •  1.821 Palabras (8 Páginas)  •  440 Visitas

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Ejemplos: ¿Qué marca es su moto taxi? ¿Cuál es su nombre de su padre? ¿Cuál es el color de su auto?

- PROHIBICIONES EN EL EXAMEN DIRECTO: es perjudicial para nosotros las preguntas SUGESTIVAS, ya que esta es aquella en la cual se hace una afirmación, las respuestas del testigo será afirmar o negar la aseveración que hace el litigante.

Este tipo de preguntas muestra una mala preparación del abogado, un testigo a quien haya que sugerirle las contestaciones, la mejor manera de combatir este tipo preguntas es haciendo preguntas abiertas, propician que el testigo sea el protagonista del interrogatorio.

- ¿COMO PRODUCIR EL TESTIMONIO?

- SENCILLEZ: el lenguaje debe ser sencillo, comprensible.

- ESCUCHAR AL TESTIGO: debemos estar atentos a la contestación del testigo.

- CONTROLAR EL RITMO: darle mayor énfasis y tiempo a lo más resultante del relato del testigo.

- CONTRAEXAMEN: es aquel que lo lleva a cabo el abogado de la parte contraria inmediatamente después que el testigo fue objeto de un interrogatorio directo, es la mejor oportunidad que se tiene para confrontar la prueba de nuestra parte adversa.

Se suele definir como CONTRAINTERROGATORIO. Es el tiroteo en la calle que deja a una persona moribunda, tendida en el suelo.

El propósito del contraexamen es:

- Tachar la credibilidad, que el testigo de la parte contraria sea desacreditado.

- Obtener del testigo información favorable para nuestro caso y así probar nuestras alegaciones.

- Procurar que el testigo destaque las partes negativas del caso de la parte contraria.

- ¿CUANDO Y COMO CONTRAEXAMINAR?

- CUANDO ES UTIL: FONTANET (en ocasiones el mejor contraexamen es no hacer ninguna pregunta o a veces la mejor pregunta, es aquella que no se hace).

- SOLO PREGUNTAS DE LAS CUALES SE SABE LA RESPUESTA DEL TESTIGO.

- SOLO PREGUNTAS SUGESTIVAS

- ¿COMO PRODUCIR EL CONTRAEXAMEN?

- CONTROL: el protagonista es el litigante, se impide al testigo que hable más de lo debido. No debemos permitir que el testigo explique.

- BREVE: debemos recordar que el testigo está identificado con la parte contraria, por ello partimos de la premisa que el abogado conoce a cabalidad en el caso.

- VELOCIDAD: debe ser rápido, se debe crear un clima tensión para el testigo, ya que la experiencia demuestra que cuando un testigo miente necesita tiempo para construir su mentira.

- ESCUCHAR AL TESTIGO: para saber si el testigo contesto lo que nosotros esperábamos.

- NO PELEAR CON EL TESTIGO: el ansia de discusión nace de la idea de imponernos, de aniquilar al testigo, podemos obtener información favorable siendo cortés.

- ¿COMO CUESTIONAR LA CREDIBILIDAD DEL TESTIGO?

- Por su capacidad de percepción.

- Por sus versiones inconsistentes.

- Omitió aspectos importantes.

- Tiene algún interés en el resultado del proceso.

- EXAMEN Y CONTRAEXAMEN A PERITOS: El testigo solo puede declarar sobre materias de las cuales tenga conocimiento personal. Solo a los peritos se les permite emitir opiniones o inferencias sobre hechos o eventos. El perito es un testigo excepcional que posee conocimiento especializado.

- PRUEBA PERICIAL: la pericia es un medio de prueba mediante el cual se busca la información fundada basándose en conocimientos especiales, ya sean científicos, artísticos, técnicos, útiles para la valoración de un elemento de prueba.

- PRUEBA MATERIAL: es un medio probatorio, al igual que la prueba testifical y la prueba pericial. La prueba material la constituyen los documentos y objetos que se presentan ante el juzgador en audiencia del juicio oral. Ejemplo el arma homicida.

- ¿COMO INTRODUCIR LA PRUEBA MATERIAL A LA AUDICIENCIA DE JUZGMIENTO? Para ello se requiere su acreditación, para ello se necesita:

- Elegir a un testigo idóneo para que reconozca el objeto. Puede que más de un testigo acredite el objeto.

- Exhibir el objeto al testigo.

- Solicitar al testigo el reconocimiento de dicho objeto.

- Pedir al testigo razones de su reconocimiento.

- LAS OBJECIONES: objetar significa poner reparo a algún elemento o material de prueba que se pretenda introducir en el proceso por alguna de las partes litigantes o por el juez. El objetar no es una obligación es un derecho.

- ALEGATO DE CLAUSURA: es un ejercicio argumentativo, responde a la pregunta ¿Por qué debe prevalecer mi caso? El abogado sugiere que conclusiones se deben extraer de lo que ocurrió durante el debate. El alegato final debe ir acorde con la teoría del caso, es la última oportunidad de persuadir al juzgador, sin embargo debemos ser conscientes que el juzgador evaluara toda nuestra actuación en el juzgamiento.

- RECOMENDACIONES:

- CLARO Y DIRECTO: conclusiones de la prueba actuada en el juicio oral, no es oportunidad para apelar a los sentimientos del juzgador.

- COHERENCIA LOGICA: ser coherente con nuestra teoría del caso.

- CAPTAR LA ATECIÓN DEL JUZGADOR: un modo de captar la atención es iniciar con una pregunta o premisa impactante.

- NO LEER LOS ALEGATOS DE CLAUSURA.

- ESTRUCTURA:

- INTRODUCCION: donde se haga referencia a la teoría del caso.

- BREVE DESCRIPCION DE LOS HECHOS: para colocar al juzgador en posición de recordar los ya discutidos.

- ANALISIS DE LA PRUEBA INCORPORADA: para que apoye sus alegaciones y aquellas que descredite las de la parte adversa.

- FINALMENTE UNA DISCUSION DE LAS NORMAS JURIDICAS: aplicables al caso y

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