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Técnica Juridica.

Enviado por   •  25 de Abril de 2018  •  1.271 Palabras (6 Páginas)  •  275 Visitas

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- La constitución o extinción de una determinada situación jurídica ha sido totalmente realizado bajo el imperio de la ley anterior sin importar que dicha continuación puedes extinción ha sido inmediata o suceda.

- Finalmente la constitución o extinción de una determinada situación jurídica se encuentra en curso cuando aparece una nueva ley que viene a modificar las condiciones de construcción o extinción de dicha situación.

El primer caso no ofrece aplicación alguna. En el segundo caso la situación será considerada como anteriormente constituida o extinguida a la entrada en vigor de la nueva ley y finalmente el tercer caso la situación se encontrará en curso. Veamos ahora con más detalle los dos últimos momentos.

FACTA PRAETERIA

Para ilustrar la facta praetaria mencionaremos dos situaciones. Primero estamos en presencia de leyes que gobiernan la constitución de una situación jurídica frente a situaciones ya constituidas de donde puede obtenerse una primera regla

En el segundo caso estamos en presencia de la acción de leyes que rige la extensión de una situación frente a situaciones que ya han desaparecido

FACTA PENDENTIA

Cuando una situación jurídica aún no ha sido constituida o extinguida bajo el imperio de la ley anterior la nueva ley puede modificar las condiciones de su construcción o de su extinción sin que por ello puede existir en este efecto retroactivo.

En lo que respectan los a los actos y hechos de validez sin valor jurídico de acuerdo con la ley anterior relacionados con la constitución o extinción de una situación jurídica de la época.

Estática jurídica

Como hemos mencionado la ley que tiene en cuenta la estática jurídica de una situación determinada analizara el estado o la situación en sí mismo más que el medio por el cual fueron constituidos y, es decir, si se consta la constitución de una cierta situación jurídica y se quiere ver qué ley va a regir sus efectos finalmente podemos responder que serán regidos de acuerdo con la ley en vigor en día en que estos se produzcan.

Por otro lado, habrá que distinguir los efectos que son producidos después de la entrada en vigor de la nueva ley y que serán reguladas por esta. De lo anterior podemos derivar las reglas siguientes: la ley que gobierna los efectos de una situación jurídica no puede, sin retroactividad.

El principio de la no retroactividad en el derecho mexicano

Una ley es abrogada cuando el legislador, mediante una declaración suya con ese único fin, decide que tal o cual ley ha sido abrogada. El procedimiento más frecuente es que el legislador así lo exprese por lo general en los artículos transitorios en la nueva ley que no sustituye a la anterior. Pero puede suceder que la abrogación no sea expresa y, por tanto, habrá lugar a una abrogación tacita.

Por su parte la derogación opera cuando una ley sustituye en algunas disposiciones a una ley anterior.

Aplicación de las normas jurídicas en el espacio

La norma jurídica tiene una dimensión especial de validez que el sistema jurídico al que pertenece le asigna. Uno de los elementos definitorios del estado es su territorio. Dentro de este, el estado ejerce su soberanía: las normas jurídicas son expedidas y se hacen cumplir. El legislador nacional o local tiene en mente elaborar normas jurídicas que sirvan con eficiencia para regular la convivencia en la sociedad o comunidad de la cual es representante.

Conclusión

Con esto entendemos que la técnica jurídica es:

Conjunto de los medios jurídicos, que permite la realización del derecho con una finalidad determinada.

Entendemos por técnica en general el conjunto de procedimientos que se siguen para llegar a un objetivo dado, es decir, para realizar un fin concreto.

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