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VICEMINISTERIO DE POLÍTICAS ACADÉMICAS Programas Nacionales de Formación

Enviado por   •  23 de Mayo de 2018  •  6.104 Palabras (25 Páginas)  •  338 Visitas

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El Ministro de Educación Superior, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico del MES, dicta el

REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN EN EL

MARCO DE LA MISIÓN SUCRE

TÍTULO I

DEL RÉGIMEN ACADÉMICO

Artículo 1. La organización de los Programas nacionales de formación que conforman la oferta académica de la Misión Sucre, se estructura sobre la base de diseños curriculares:

- fundamentados en los Principios de Pertinencia Social Prospectiva, Participación, Construcción de Ciudadanía, Inter y transdisciplinariedad, Flexibilidad, Dinamismo, Humanismo, Universalización, Movilización Social y Propósito y Trascendencia de la formación;

- ajustados a los Criterios de Coherencia, Articulación Vertical, Congruencia, Articulación Horizontal, Innovación Académica y Diversidad.

Artículo 2. Las Instituciones de Educación Superior designadas por el Ministerio de Educación Superior, otorgarán el título de Técnico Superior Universitario, el de Licenciado, o equivalentes, a aquellos participantes que hayan aprobado la totalidad de las Unidades Curriculares del Plan de Estudio de los programas nacionales de formación que, a tales efectos autorice, y que hayan cumplido todos los requisitos académico-administrativos establecidos para tal fin.

Artículo 3. A los fines de administrar los programas de formación, las instituciones rectoras de los mismos designarán las Comisiones Académicas Nacionales respectivas. Estas comisiones cumplirán las funciones de coordinación, administración, supervisión y evaluación de los programas nacionales de formación, y las que le sean asignadas por los Consejos Directivos de dichas instituciones, en concordancia con las señaladas en la resolución ministerial correspondiente.

Artículo 4. El Programa nacional de formación para Técnico Superior Universitario tendrá una duración máxima de tres (3) años y el Programa nacional de formación para Licenciado o equivalente, tendrá una duración máxima de cinco (5) años.

Artículo 5. El plan de estudio correspondiente al programas de formación conducente al Título de Técnico Superior Universitario, tendrá una carga crediticia total comprendida entre noventa (90) y ciento diez (110) Unidades de Crédito (UC) y el plan de estudio conducente al Título de Licenciado o equivalente, tendrá una carga crediticia comprendida entre ciento sesenta (160) y ciento ochenta (180) Unidades de Crédito.

Artículo 6. Los períodos lectivos, serán trayectos anuales integrados por periodos de 14, 28 ó 42 semanas, según las actividades académicas y unidades curriculares incluidos en cada trayecto. Todos los Programas de formación incluyen un trayecto inicial de dieciocho (18) semanas de duración.

CAPÍTULO I

De los Planes de Estudio

Artículo 7. El aprendizaje de los participantes en los programas nacionales de formación, se desarrollará sobre la base de los siguientes elementos:

- Unidades Curriculares, las que representan la unidad básica de organización de los contenidos y prácticas de formación. En ellas, se interrelacionan conocimientos entre si y con los contextos y prácticas sociales y laborales, se fomenta la investigación-acción formativa y el trabajo colectivo y participativo en equipos.

Las unidades curriculares tendrán claramente definidas las competencias a lograr, los contenidos a tratar, las actividades de aprendizaje y de evaluación, así como su periodo de desarrollo.

- Ejes Curriculares, los cuales son líneas directrices que traducen la intencionalidad del programa de formación en el momento histórico concreto. Para definirlo, se toman en cuenta el marco político, las demandas de la sociedad, las necesidades de los participantes y las tendencias educativas.

- Ejes Longitudinales, constituidos por temas recurrentes que emergen de la realidad social y que aparecen entretejidos en cada una de las unidades curriculares. Estos temas serán asumidos, en el contexto de las acciones asumidas en los trayectos de formación, como medios que conducen a un aprendizaje que favorezca la formación científica, humanística y ético-moral de los participantes en el marco de los problemas y de los cambios sociales que ocurran en su realidad.

- Proyectos, los que constituyen una vía para la articulación entre la formación, la investigación-acción y la inserción social, generándose los espacios necesarios para que haya verdadera interacción entre los miembros del la comunidad académica y la comunidad municipal en la cual se asientan. El trabajo pedagógico orientado por la metodología de proyectos estará dirigido a dar respuesta a los problemas y, por ende, a intervenir de manera productiva en la realidad, con una visión compleja y globalizadora.

Sección I

De la Administración de los Planes de Estudio

Artículo 8. Los planes de estudios de los programas nacionales de formación, se organizarán bajo el régimen de Unidades de Crédito (UC) y comprenderán una matriz que permite organizar y distribuir, en los trayectos académicos, las diferentes actividades académicas de los programas de formación y el conjunto de unidades curriculares debidamente descritas, codificadas, identificadas y ordenadas, de acuerdo a los requisitos y/o correquisitos de cada programa de formación.

Artículo 9. En los planes de estudio de todos los Programas, se contemplarán el eje longitudinal científico-tecnológico y el socio-humanístico:

- El eje longitudinal científico-tecnológico y el socio-humanístico, constituyen una estrategia de formación significativa para los participantes, a partir de las conexiones de las disciplinas respecto a los problemas tecnológicos, sociales, éticos y morales que respondan a aspectos culturales regionales y nacionales.

- Los ejes longitudinales deberán ser apoyados adecuadamente por la Misión Sucre, de forma tal que regionalmente puedan convertirse, a través de los productos y las acciones de los participantes en proyectos significativos para la región, en formas de generar trabajo productivo, en mejoras para las acciones locales, en formas alternas para el liderazgo social, en acciones

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