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VICEPRESIDENCIA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO CORPORATIVO.

Enviado por   •  1 de Abril de 2018  •  7.971 Palabras (32 Páginas)  •  232 Visitas

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10.1 Indicadores de gestión de calidad del proyecto

10.2 Indicadores de gestión de calidad de los entregables

11. Plan de Gestión de Cambios

12. Plan de gestión de adquisiciones y contrataciones

13. Plan de Cambio Organizacional

14. Glosario de Términos

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INTRODUCCIÓN

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PROPÓSITO DEL DOCUMENTO

El propósito del presente Plan de Gerencia de Proyecto es definir los lineamientos que enmarcarán el desarrollo y ejecución del Proyecto de Información Exógena, con el fin de preparar al BAC, de acuerdo a lo inicialmente solicitado en lo ordenado por la Resolución 228 emitida por la DIAN en el año 2013, en donde posiblemente se le exigirá al Banco Agrario de Colombia reportar la siguiente información:

- Informe de Transacciones por Tercero.

- PUC

- Informe de nómina

Para lo cual se tiene la necesidad de contratar desarrollos en los módulos Cobis y no Cobis (Ascard, Adam, Porfyn, Alfyn, Depósitos Judiciales y Teradata) para efectuar el proceso de definición del modelo de Información Exógena y su implementación.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Diseñar e Implementar una solución tecnológica (procesos operativos y tecnológicos) que permita soportar el modelo operativo que se defina, para el cargue de las operaciones por tercero, su administración, procesamiento, conciliación con los estados financieros con detección de diferencias y generación de información para cumplir con lo requerido por la DIAN, en relación con el reporte del 100% de las transacciones realizadas por los clientes y usuarios del Banco.

El proyecto debe analizar e identificar los impactos, elaborar un diagnóstico por cada uno de los componentes y determinar la mejor alternativa de tratamiento, garantizando que el Banco cumpla dentro de los términos legales con esta disposición fiscal, optimizando los recursos actuales.

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ANTECEDENTES DEL PROYECTO

La DIAN expidió la Resolución 228 de 2013, en la cual se definió la información a reportar por el año gravable 2014 y siguientes, cuyo plazo vence en abril de 2015:

- Esta obligación fiscal consiste en remitir a la DIAN a nivel de detalle transaccional, estadístico y contable todas las transacciones a nivel de tercero.

- Desde agosto de 2013, la Asociación viene trabando con la DIAN a través de la conformación de mesas de trabajo con el fin de abordar estos temas y poder llegar a una mejor interpretación e implementación de la Resolución No. 228 de 2013.

- En abril de 2014, la asociación Bancaria recogió todos los impactos que se generan para el sector financiero con la implementación de la resolución, poniendo como precedente además los tiempos para su implementación, considerando que todas las entidades en este momento se encuentra desarrollando grandes proyectos como NIIF y FATCA, e informo que el tiempo estimado en el que se considera empezar a procesar la información como lo requiere la resolución, no puede ser inferior a 3 años.

- Para el cumplimiento de esta obligación se requieren nuevos desarrollos, así como capacidad de máquina para el procesamiento y generación de los reportes a trasmitir.

En la actualidad para dar cumplimiento con este requerimiento regulatorio contamos con un módulo en la plataforma COBIS- Sistema de Información Tributaria (SIT), que corresponde a una funcionalidad que permite asegurar la información requerida por la DIAN, la cual es alimentada por los módulos COBIS y NO COBIS en forma transaccional.

Este módulo permite entre otros, la actualización de los parámetros tributarios a nivel nacional, reportes de información exógena nacional y municipal, generación de certificados tributarios y manejo de históricos para respuesta a requerimientos.

La actualización de este modulo se realiza periódicamente según las disposiciones fiscales.

Hoy los desarrollos correspondientes a la información exógena nacional no cumplen con la necesidad actual, por cuanto la DIAN cambio radicalmente las especificaciones que se venían manejando.

Análisis proyecto Convergencia NIIF - ERP

- El ERP administra los terceros de los módulos propios de la herramienta, esto es cuentas por pagar, cuentas por cobrar, activos fijos, tesorería y los demás que el Banco haya comprado

- El banco sólo podría tener unidad de información para el año fiscal 2016 en el software E-Bussines Suite, lo que permite concluir que sólo hasta el año 2017 tendríamos la posibilidad de extraer la información requerida por la DIAN desde la nueva herramienta.

- Es necesario aclarar que los datos solicitados por la DIAN hacen referencia a los clientes y los datos de los clientes están en cada uno de los módulos del Core Bancario, COBIS y en aplicativos no COBIS, por lo que la nueva solución, E-Bussines Suite, sólo podría extraer la información requerida.

- La solución adquirida por el banco soporta la trasmisión de reportes a entes de control como el solicitado por la DIAN, pero se hace necesario contar con herramientas y desarrollos adicionales, (interfaces) que desde el punto de vista de tecnología, permitan extraer la información, validar y asegurar la calidad e integridad de esta.

A través de las Resoluciones 219 y 220 del 31 Octubre de 2014, la Dian:

- Eliminó el reporte de PUC a nivel de Tercero.

- Para la información exógena correspondiente a los años 2014 y 2015, mantuvo la estructura del reporte de 2013.

- En las resoluciones antes mencionadas, en los considerandos la DIAN manifestó que las organizaciones requieren hacer adecuaciones técnicas de conformidad con los parámetros que la DIAN ha socializado.

Teniendo en cuenta estos cambios normativos, y frente a la situación puntual del Banco en cuanto a que contaba con unos recursos aprobados y un equipo de personas contratadas para el desarrollo

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