Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

Caso practico codigo deontologico abogacia

Enviado por   •  19 de Febrero de 2019  •  Prácticas o problemas  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  503 Visitas

Página 1 de 7

Tarea Máster  en Abogacía

GRUPO:1-A

Paco Baúl ha fallecido. Sus sobrinos acuden a nuestro despacho. Solicitamos certificación de últimas voluntades, y existencia de seguros de vida.

  1. Hacer como práctica la localización del lugar donde se solicitan y rellenar un pago de tasa.

El resultado de la anterior consulta es que el fallecido no otorgó testamento, pero tiene una póliza de seguro de vida en la compañía CONCORDIA. Requerimos a la compañía CONCORDIA, y no nos dan información sobre el seguro de vida, ni nos informan de más trámites a seguir, pero telefónicamente, nos indican que hay un capital asegurado de un millón de euros.

  1. Interponer Diligencias Preliminares de juicio frente a la compañía CONCORDIA.

¿Cómo acreditamos que estamos legitimados para interponer el procedimiento judicial?

n los casos donde  no exista testamento ni pacto sucesorio en el que se designe heredero, tendrán derecho a la herencia los parientes más próximos del fallecido que determina expresamente la Ley, quienes heredarán en la forma y proporción que también señala la Ley. Para certificar quiénes son esos parientes con derecho a heredar, la Ley prevé un procedimiento específico de jurisdicción voluntaria que se conoce como declaración de herederos intestados o abintestato..

En España existen diversas legislaciones civiles que regulan la materia de manera diferente al encontramos en Andalucía se rige por las normas del Código civil por tanto las personas con derecho a heredar son las que se expresan a continuación en el orden indicado y tenido en cuenta que cada grupo de parientes que tienen el mismo grado de parentesco excluye a siguiente grupo de parientes. En contraendose en el puesto número cuatro los  hermanos e hijos de hermanos..

Si los herederos son hermanos, sobrinos u otros parientes colaterales del fallecido o bien el Estado, la declaración de herederos abintestato debe hacerse en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde el fallecido tenía su domicilio habitual al tiempo de su fallecimiento.

¿Mediante declaración de herederos ante notario o judicial por ser sobrinos?

 Artículo 55

1. Quienes se consideren con derecho a suceder abintestato a una persona fallecida y sean sus descendientes, ascendientes, cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad a la conyugal, o sus parientes colaterales, podrán instar la declaración de herederos abintestato. Esta se tramitará en acta de notoriedad autorizada por Notario competente para actuar en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, o donde estuviere la mayor parte de su patrimonio, o en el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuvieran en España, a elección del solicitante. También podrá elegir a un Notario de un distrito colindante a los anteriores. En defecto de todos ellos, será competente el Notario del lugar del domicilio del requirente.

2. El acta se iniciará a requerimiento de cualquier persona con interés legítimo, a juicio del Notario, y su tramitación se efectuará con arreglo a lo previsto en la presente Ley y a la normativa notarial.

  1. Hacer una pequeña reflexión sobre el Impuesto de Sucesiones.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España es el que determina la fiscalidad de las herencias y las entregas de dinero o bienes entre, por ejemplo, padres e hijos. Este impuesto directo tiene carácter progresivo y su gestión está cedida a las comunidades autónomas.

Estamos ante un impuesto directo, de carácter personal que grava el aumento patrimonial derivado de los bienes recibidos por medio de una herencia o una donación, entre otros supuestos.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones marca tres supuestos como hechos imponibles de forma general. Es decir, que habrá que pagar este puesto por lo siguiente:

  • La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio .
  • La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos
  • La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2, a) de la Ley de IRPF (es decir, los que tributan como rendimientos del trabajo)

Conviene tener en cuenta que cuando los incrementos sean obtenidos por una persona jurídica deberán tributar en el Impuesto de Sociedades en lugar del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto ocurre cuando, por ejemplo, una persona dona su patrimonio a una empresa. Como es lógico, la empresa no tributará por sucesiones, sino en el impuesto sobre sociedades.
Como vemos, desde el primer momento el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones diferencia entre recibir una herencia, que entraría dentro de la sucesión, y la donación. Dicho de otra forma, los incrementos patrimoniales 
mortis causa e inter vivos.

...

Descargar como  txt (9.5 Kb)   pdf (93.6 Kb)   docx (12.2 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club