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MATERIA DEL RECURSO CONTENCIOSO DE ANULACIÓN

Enviado por   •  2 de Noviembre de 2018  •  Informes  •  12.476 Palabras (50 Páginas)  •  367 Visitas

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MATERIA DEL RECURSO CONTENCIOSO DE ANULACIÓN*

. Acto Administrativo Expreso. 1. Acto administrativo definitivo. 1.1. Acceso directo al contencioso administrativo para recurrir actos definitivos. 2. Acto administrativo de trámite. 3. Actos administrativos de efectos generales. 4. Actos vinculados a una relación contractual (actos separables). 5. Actos de autoridad. II. Acto Administrativo Presunto (Silencio Administrativo). 1. Silencio reiterado desde el procedimiento de primer grado. III. Acto Administrativo Tácito. IV. Reglamentos. 1. Revisión directa mediante la interposición del recurso contencioso administrativo de anulación. 2. Suspensión en el caso concreto de disposiciones reglamentarias que violen la reserva legal. V. Vías de Hecho. 1. Noción de la vía de hecho como forma de actuación de la Administración Publica. 2. Reconocimiento como materia del contencioso administrativo. VI. Excepción de ilegalidad. VII. Bibliografía.    

En el marco de estas jornadas organizadas en homenaje a la distinguida jurista Dra. Hildegard Rondón de Sansó, me corresponde tratar el tema relativo al ámbito material del recurso contencioso de anulación. Es decir, la respuesta a la pregunta qué se recurre en el contencioso administrativo?.

Antes quisiera, por un momento, referirme a esta Ilustre Jurista Venezolana que nació en Carúpano, Estado Sucre y es hija del ilustre poeta cumanés, Juan Manuel Rondón Sotillo, de quien heredará su talento lírico y de Faride Narciso de Rondón, mujer de extraordinaria inteligencia y afabilidad. El 4 de Octubre de 1957 se licenció como abogada con mención summa cum laude, en la Universidad Central de Venezuela, en la cual se doctoró posteriormente en Ciencias Jurídicas y Políticas. El 6 de septiembre de 1960 recibió la “laurea” de Dottore in Giurisprudenza (con LODE) de la Universidad de Estudios de Roma, Italia. Entre los años 1957 y 1960, además, realizó Corsi “singoli” en la Universidad de Estudios de Roma en “Derecho Administrativo”, en el curso del Profesor Massimo Severo Giannini; “Derecho Procesal Civil”, en el curso dictado por el Profesor Segni y, “Derecho Industrial” (Teoría de la Concurrencia de los Bienes Inmateriales” a cargo de Tulio Ascarelli). Todos los cursos fueron aprobados con el máximo de la calificación.

Su fructífera carrera en la docencia universitaria al máximo escalafón como Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Central de Venezuela, dejando huella con sus enseñanzas en los más destacados profesionales que hoy se desenvuelven en el ámbito del Derecho Administrativo. También desarrollo su labor académica como profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Católica Andrés Bello.

La vocación de servicio la demostró desde sus inicios al ocupar distintos cargos. Comenzó como asistente por concurso de la Oficina de Asistencia Jurídica del Ministerio de Justicia (1954-1957). Luego se desempeñó como Abogado de Apelaciones del Ministerio de Fomento (1961-1971). Fue Agregado Cultural de la Embajada de Venezuela en Italia (1969-1971); asesora del Ministerio de Educación (1972); miembro de la Comisión de Técnica en Ciencias Sociales del Consejo Nacional de Ciencias y Tecnológica (CONICIT) y Presidenta por dos períodos de dicha Comisión. 1982-1986.

 También realizó una exitosa labor judicial, desde Juez del Tribunal de Carrera Administrativa, ganado por concurso de oposición (1971-1981) a Magistrada de la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo (1981-1992),   Magistrada de la Sala Político-Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (1992-1999) y Juez del Tribunal Administrativo de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T). En todas estas actividades su fructífera producción jurisprudencial y sus polémicos votos salvados han contribuido al enriquecimiento de la doctrina administrativa.

 Su destacada trayectoria la ha hecho acreedora de numerosas distinciones honoríficas tanto en Venezuela como en el exterior, la última de las cuales fue el nombramiento como Dama de la Orden Hispana de Carlos V. Sociedad Heráldica Española de Segovia, el 9 de noviembre de 2002. Es la primera mujer que ingresa a la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en Venezuela donde es Individuo de Número y ocupa el Sillón Nº 16 desde el 14 de marzo de 1998, fue Presidenta de esa Corporación en el período 1996-98. También es Académica Honoraria de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Madrid, desde el 24 de junio de 1996 y Academia correspondiente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, Argentina, desde el 16 de octubre de 1998. 

        La Dra. Hildegard Rondón de Sansó ha hecho una importante contribución a la bibliografía jurídica venezolana y entre sus obras publicadas más destacadas se pueden mencionar: Manual Teórico-Práctico de la Propiedad Industrial. Caracas 1968.  Estudios de Derecho Industrial. Caracas 1965. Patentes y Signos Distintivos. Caracas 1978. Contencioso Administrativo en Venezuela. Caracas 1981. Estudio Preliminar de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Caracas 1982. Teoría General de la Actividad Administrativa. Organización. Actos Internos. Caracas 1982. Amparo Constitucional (dogmática. Jurisprudencia. Legislación). Editorial Arte. Teoría de los Actos Cuasijurisdiccionales. Caracas 1990. Lineamientos de un Nuevo Sistema de Propiedad Industrial. Caracas 1991. La Decisión 313 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y el Régimen de la Propiedad Industrial. Caracas 1993. Los Recursos Administrativos en Material Electoral y otros temas conexos. Caracas 1994. El otro lado de la Razón. Caracas 1994. La Acción de Amparo contra los Poderes Públicos. Caracas 1994. El Régimen  de la Propiedad Industrial. Caracas 1995. La emergencia financiera. Caracas 1996. Régimen del los Recursos Administrativos y del Contencioso Electoral en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Caracas 1998. Los Estados de Excepción en el Derecho Venezolano. Caracas 1999. Ad imis fundamentis Caracas 2000; 2001 y 2002. Las Peculiaridades del Contencioso Administrativo Caracas 2001. El Principio de confianza legítima o expectativa plausible. Caracas 2002.

La última de las obras de la destacada jurista, Hildegard  Rondón de Sansó, “Cuatro Temas Álgidos de la Constitución Venezolana de 1999,” se bautiza en la Universidad Monteavila,  en la ciudad de Caracas, el 9 de septiembre del 2004.

Para  el desarrollo de nuestros comentarios respecto del ámbito material del recurso contencioso de anulación, es decir, la respuesta a la pregunta qué se recurre en el contencioso administrativo? destacamos, en primer lugar, que tradicionalmente esta interrogante se resolvía con la consideración de  dos temas: (i) el acto administrativo expreso y (ii) el silencio administrativo.

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