Capitulos de la orientacion.
Enviado por Ensa05 • 14 de Abril de 2018 • 1.337 Palabras (6 Páginas) • 353 Visitas
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sin que el orientado se sienta amenazado, si por orden de un organismo oficial se tienen que entregar el expediente del asesorado se hará con información que no cause heridas al orientado.
Capítulo quinto:
- DEL ORIENTADOR U ORIENTADORA Y LA MULTI- INTER Y TRANSDISCIPLINARIEDAD.
En referencia a los procesos de intervención en orientación cada disciplina conserva y desarrolla sus propios saberes, el trabajo debe establecerse en relación de interdependencia en la adquisición de competencias mínimas que aborda el estudio de la realidad desde distintas perspectivas, para poder entender la complejidad de la naturaleza y obtener una mejor comprensión de las situaciones para dar respuestas a los requerimientos del sistema humano.
De hecho el orientador deberá conocer que trabaja cada quien para remitir los casos y poder prestar una atención integral al individuo
En otras palabras, la orientación no se puede aplicar sola sin equipo interdisciplinario, esta implica trabajo en equipo y equipo de trabajo tomando herramientas de otros saberes para aplicarlas en la comprensión del caso que se tenga en estudio, sin pretender convertirse en un especialista ni en otro profesional perdiendo su identidad, debe saber diferenciar a que profesional va a remitir el caso y así mismo contribuir conjuntamente con ellos y mantener el respeto mutuo con los profesionales que labora, como también debe guardar confidencialidad de su propio ejercicio y de otros profesionales.
Al mismo tiempo, el orientador no deberá comprometer su hipótesis o sus creencias por petición de otros profesionales, cuyo método o estrategias vayan en contra de los principios consagrados en el presente CODIGO DE ETICA.
Capítulo IV
- EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
- De los derechos de las personas en la relación de orientación.
Todo profesional de la orientación que lleva a cabo un proceso en la misma deberá mantener en secreto toda la información que el orientado le suministre de igual manera deberá resguardar los registros, evaluaciones y diagnósticos en un lugar seguro en la oficina, bajo llaves donde solo el orientador sea la única persona que tenga acceso a esa información.
Por lo tanto, el orientador deberá evitar dar información del orientado, sin embargo hay excepciones que pueden ocurrir y deberán ser dadas a conocer al orientado en la entrevista para que tenga conocimientos de las mismas, ya que por razones legales el derecho de privacidad puede decaer por decisión del propio orientado.
Así mismo existen ciertas excepciones donde el orientador no puede guardar confidencialidad. Tal es el caso, si la persona a tratar padece de enfermedades fatales contagiosas donde haya peligro de muerte, el orientador deberá hacer saber esta información por dignidad a su pareja por estar en alto riesgo de contagiarse. Si la persona se niega a informar a sus familiares será el orientador que le informe sobre la situación que está sucediendo.
Como también, hay casos de amenaza o intento de suicidio donde el orientador no puede guardar confidencialidad si el orientado le informa que este desea quitarse la vida, el orientador deberá informar a los familiares de inmediato y trabajar con esa persona para hacerlo cambiar de parecer.
Si el orientado le informa al orientador que desea quitarle la vida a otra persona el orientador deberá hacer lo posible de ubicar de inmediato a esa persona, en caso de no conseguirla, este deberá informar a las autoridades competentes.
En caso, de que el orientado sea menor de edad y este informa al orientador que ha sido víctima de abuso, maltrato o otras situaciones de peligro donde el mismo no pueda defenderse, el orientador está obligado a reportarlo a las autoridades competentes de acuerdo con las leyes y reglamentos de protección al menor.
También el orientador puede compartir cierta información con equipos multi- inter y trandisciplinario con el propósito de colaborar en el proceso. El orientador puede hacer uso de herramientas de otras disciplinas con la finalidad de atender las necesidades del orientado, pero sin asumir la identidad del especialista. Por lo tanto, el orientador deberá informar al orientado que su proceso de orientación será dado a conocer en consulta con equipos multidisciplinario.
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