Materia:derecho procesal
Enviado por Rimma • 7 de Enero de 2019 • 1.126 Palabras (5 Páginas) • 380 Visitas
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y estimular las declaraciones tanto de las partes como de terceros, cuando son contradictorias. Según Fenech ¨ consiste en la obtención de los elementos para una recta valoración del resultado de la práctica de los medios de prueba, consistente en declaración del imputado o testigo. En resumen el Careo consiste en poner cara a cara a dos personas, con el fin de enfrentarlas, cuando tiene versiones contradictorias sobre ciertos hechos relevantes, a efectos de poder observar sus dudas y contradicciones, con el fin de averiguar la verdad de lo acontecido. Es una prueba usada con frecuencia en el Derecho Procesal Penal, y en los enfrentados pueden ser las partes, entre si o testigos entre ellos, o con las partes, su valoración le corresponde a las autoridades judiciales.
g) Confesión.-
Declaración vinculativa de parte que contiene la administración de que ciertos hechos son verdaderos.
En el proceso penal la confesión se le atribuye carácter de mero indicio.
En el proceso civil tiende a ser sustituida por la simple declaración de parte libremente apreciada por el juez.
Según el autor Andrés de la Oliva, la confesión es un medio de prueba consistente en la actividad necesaria para obtener, a petición de una parte, que otra preste declaración ante el Juez sobre la certeza de unos hechos personales. Esta declaración se presta bajo juramento o promesa de decir la verdad. La confesión se proyecta sobre hechos, no sobre derechos ni sobre situaciones o negocios jurídicos, teóricamente cuando la confesión se emite bajo juramento llamado DECISORIO, todo lo declarado por el confesante se tiene como cierto, tanto si le perjudica como si le favorece. En la practica la confesión se pide y se presta bajo juramento indecisorio y según el derecho positivo, debieran quedar fijados como ciertos aquellos hechos confesados que fuesen perjudiciales para el confesante.
h) Prueba de objeto.-
Básicamente, el objeto de la prueba son los datos alegados por las partes, bien entendido que se trata de algunos elementos facticos, así como determinadas normas jurídicas, reglas y juicios técnicos o de valor de naturaleza no jurídica.
El objeto de la prueba serán los hechos jurídicos controvertidos o dudosos, es decir cada uno de los litigantes debe demostrar la existencia de los hechos jurídicos en los que difieren. Para que la prueba sea admitida en un proceso es requisito que exista un hecho al que las partes hayan hecho mención expresa ya sea en su demanda o a su criterio de contestación.
Según el autor Stein el objeto de la prueba procesal sólo pueden construir los preceptos jurídicos y los hechos , puesto que el juez tiene siempre la misión de subsumir supuestos de hechos es decir, conjunto de hechos, en los preceptos legales, con objeto de afirmar o negar la procedencia de las consecuencias jurídicas de dichos supuestos fácticos.
Eduardo Couture menciona que “el tema del objeto busca una respuesta para la pregunta ¿Qué se prueba y que cosas deben probarse? Se debe distinguir los juicios de hecho de los de puro derecho, los primeros dan lugar a la prueba, y los segundos no.
La prueba de derecho existe un estrecho vínculo entre la regla general de que el derecho no se prueba y el principio general que consagra la presunción de su conocimiento no tendría sentido la prueba del derecho en un sistema en el cual éste se supone conocido. El conocimiento, trae la obligatoriedad de la aplicación de la norma.
BIBLIOGRAFIA
Ovalle Favella, José Teoría General del Proceso
Eduardo Couture Fundamentos del Derecho Procesal Civil
Delepiane Antonio Nueva Teoría de la Prueba
www.enciclopedia-juridica.com
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