RESOLUCIONES JUDICIALES.
Enviado por mondoro • 5 de Julio de 2018 • 2.213 Palabras (9 Páginas) • 562 Visitas
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Presupuestos de una sentencia favorable.
Debe contener tres aspectos:
a) Capacidad de hecho y derecho de la parte.
b) La legitimación activa del accionante.
c) El interés de impulsar el proceso.
Efectos Jurídicos de la sentencia.
a) Adquirir, extinguir o modificar un derecho en base, a lo probado.
b) Adquiere fuerza de ejecución
c) Hace cosa juzgada.
Plazos para dictar las resoluciones.
Providencias hasta 3 días AI de 10 a 15 días, SD de 40 a 60 días desde el llamamiento a auto de Sentencia quedó firme.
Actuación del juez posterior a la sentencia
Se puede solicitar la Aclaratoria, se da sobre el resuelve de la sentencia, se recurre sobre un defecto formal, porque ciertos elementos accesorios no se han determinado, no se da sobre el objeto, sino para que la sentencia sea bien determinada.
Publicidad del Juez después de dictar sentencia.
Pronunciada la sentencia concluirá la competencia del juez respecto del objeto del juicio y no podrá sustituirla o modificarla. Podrá, sin embargo:
a) ejercer la facultad que le otorgue el artículo 387;
b) ordenar, a pedido de parte, las medidas precautorias que fueren pertinentes;
c) disponer las anotaciones establecidas por la ley y la entrega de testimonios;
d) resolver acerca de la admisibilidad de los recursos y rectificar la forma de su concesión, de oficio o a petición de parte;
e) regular honorarios profesionales; y
f) ejecutar oportunamente la sentencia.
Puede también imponer las costas y costos, y honorarios profesionales. El juez puede imponer de oficio las costas.
Publicidad de la sentencia
Las sentencias de cualquier instancia pueden ser dadas; a publicidad salvo que, por la naturaleza del juicio, razones de decoro aconsejaren su reserva, en cuyo caso así se declarará. Si afectare la intimidad de las partes o de terceros, los nombres de éstos serán eliminados de las copias para la publicación.
SENTENCIA DEFINITIVA DE SEGUNDA INSTANCIA Y DE TERCERA INSTANCIA. Requisitos. Estructura.
Es igual a las de primera instancia, varía por ser dadas por un cuerpo colegida, el cual modifica el resuelve dado que se dan las opiniones fundadas de cada uno de los miembros o su adhesión a' la opinión del otro. Requiriendo el voto y fundamentación de cada juez. La votación comienza por el miembro que haya sido sorteado primero, los demás jueces pueden efectuar el voto de adhesión por el pre opinante sin reproducirlo, y en caso de disidencia la misma debe constar en la resolución.
COSTAS: Concepto.
Son los gastos del procesó, pago de tasa judicial, notificaciones, pericias, gastos de traslado, honorarios.
Regla general (art. 192 CPC)
La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiere solicitado. El juez podrá eximir total o parcialmente de las costas al litigante vencido, siempre que encontrare razones para ello, expresándolas en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad.
Imposición de oficio
El juez podrá de oficio imponer las costas. El juez podrá eximir total o parcialmente de las costas al litigante vencido, siempre que encontrare razones para ello, expresándolas en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad. Aunque la parte culpable de mala fe o ejercicio abusivo de los derechos resulte vencedora en lo principal, serán a su cargo las costas del proceso. Los jueces y tribunales, al regular los honorarios de los letrados de la parte contraria, los aumentarán hasta el cincuenta por ciento,- según la gravedad de los hechos. La parte perjudicada podrá, además, responsabilizar a la otra por los daños y perjuicios, conforme con Io dispuesto por el Código Civil. (Art. 56)
Carácter
Tiene por objeto el resarcimiento de los gastos del proceso.
Quién debe pagarlas
Las costas por regla general Se aplican a la parte perdidosa. En caso de vencimiento parcial y mutuo, si el resultado del pleito o incidente fuere parcialmente favorable a ambos litigantes, las costas se compensarán, o se distribuirán por el juez, en proporción al éxito obtenido por cada uno de ellos. En el orden causado;
Excepción
La aplicación de la excepción es determinada por el juez
Causales de exoneración.
Siempre que encontrare razones para ello, expresándolas eñ su pronunciamiento, bajo pena de nulidad.
Vencimiento parcial y mutuo
Se dan las costas en el orden causado.
Pluspetición
El litigante que incurriera en pluspetición inexcusable será condenado en costas. Si ambas partes incurrieren en pluspetición, regirá lo dispuesto en el artículo anterior. No se entenderá que hay pluspetición, cuando el valor de la condena dependiere legalmente del arbitrio judicial o de rendición de cuentas, o cuando pretensiones no fueren reducidas en la sentencia en forma considerable.
Costas en el desistimiento, en el allanamiento, en la transacción, en la conciliación, en la caducidad de la instancia y en los incidentes.
a) Costas en desistimiento: a cargo del accionante.
b) Costas en allanamiento: Se exonera la vencido No se impondrán costas al vencido: cuando hubiere reconocido oportunamente como fundadas las pretensiones del adversario, allanándose
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