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CONTRATOS DE AGENDA

Enviado por   •  11 de Enero de 2019  •  2.390 Palabras (10 Páginas)  •  274 Visitas

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Existen dos tipos de franquicias: la de productos y de marcas y la de negocios; la primera consiste en un acuerdo para la concesión no solo del uso del nombre comercial o marca, sino de proveeduría de los productos o servicios a ser comercializados o distribuidos por el franquiciatario; en la de negocios, la compañía desarrolla un sistema o método de operación para la comercialización de productos o servicios y la marca registrada a todas las partes de ese sistema o método.

La internacionalización de las franquicias, empezó a producirse en la década de los 60’s y esa tendencias a la internacionalización y exportación de franquicias es cada vez más clara y lógica.

En muchos casos los mercados demandan cientos de franquicias antes de que lleguen a sus países o se publiciten en sus localidades.

- CONCEPTO

El término franquicia con el que se denomina al contrato, proviene del vocablo ingles franchise, que de conformidad con el Diccionario Jurídico Inglés-español se entiende como privilegio, patente, concesión, impuesto de privilegio o patente sobre concesión, derecho de licencia; pero que la palabra es de origen francés, franchisage.

El contrato es definido como; una licencia del propietario de una marca o un nombre comercial mediante la cal se permite la venta de un producto o de un servicio, bajo ese nombre o marca, y que en un sentido más amplio, se ha convertido en un contrato en donde a favor de quien se otorga, se compromete a manejar un negocio o vender un producto o servicio con apego a los métodos u procedimientos que establezca el otorgante, el cual se compromete a dar asistencia a la persona a cuyo favor se otorga la franquicia a través de publicidad, promoción y otros servicios de asesoría.

- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato de franquicia es atípico, nominado, principal, formal, de tracto sucesivo, bilateral, oneroso, conmutativo y de adhesión.

Es típico ya que se encuentra regulado por la Ley de Propiedad Industrial en sus artículos 142, 142 Bis y 142 Bis 1, 1, 2 y 3.

Es principal porque existe por sí mismo y no requiere de otro para su subsistencia.

Es formal porque debe ser otorgado de por escrito, de conformidad con los artículos 142 Bis de la Ley de Propiedad Industrial.

Es de tracto sucesivo, porque las prestaciones que se deben las partes que no se agotan en un solo momento, sino que se extienden por un período de determinado tiempo.

Es bilateral porque las partes tienen provechos y gravámenes que derivan del contrato plenamente conocidas por las partes desde la celebración del contrato, es de adhesión por las condiciones del contrato suelen ser impuestas por el franquiciante al franquiciado.

- ELEMENTOS PERSONALES Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Son el franquiciante, otorgante o concedente, que es quien concede el uso de los derechos que detenta, ampliamente referidos con anterioridad, y el franquiciado o franquiciario, que es quien lo recibe, bajo las características también apuntadas.

- Elementos reales, la marca, calidad y elemento esencial del contrato.

- La tecnología implica la transmisión de conocimientos técnicos y la asistencia técnica.

- La contraprestación, que es el pago de las diversas cantidades que el franquiciario hace al franquiciante.

- La exclusividad, en donde el espacio geográfico puede delimitarse en un territorio en el que el franquiciado podrá explotar la franquicia.

- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

- El franquiciante concede al franquiciatario el derecho de usar una marca.

- La concesión podrá incluir el uso de la marca, nombres y avisos comerciales.

- El franquiciatario debe tener especial cuidado con el control de calidad de los productos.

- El franquiciante proporcionará los conocimientos técnicos.

- El pago de la contraprestación.

- El pago de exclusiva.

- CLASES DE FRANQUICIA

- Industrial

- De distribución

- De servicios

- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO

- El vencimiento del plazo;

- El incumplimiento de alguna de las partes;

- La denuncia de alguna de las partes;

- La quiebra de alguna de las partes;

- La muerte del franquiciario, si se trata de persona física, y;

- Las establecidas en el contrato.

CONTRATO DE JOIN VENTURE

La figura emanada de la práctica norteamericana denominada joint venturero o empresa conjunta, le permite aprovechar materia prima y mano de obra barata, así como mercados para la exportación de productos y venta de tecnología; y respecto del empresario nacional, dicha unión conjunta le permite en un desarrollo compartido, adquirir tecnología de punta, y con el ingreso de inversión extranjera la generación de empleos y la utilización de marcas y patentes, entre otros beneficios.

Permite la comercialización y distribución de productos por medio de la asociación con empresas especializadas en determinados rubros, o bien para crear nuevas líneas de productos utilizando la materia prima, tecnología y conocimientos de la empresa con la que se celebra la joint venture.

- COCEPTO

Son definidas como aquellas que se forman como resultado de un compromiso entre dos o más sociedades y cuya finalidad es realizar una operación de negocios distinta y generalmente complementaria de la que desempeñan las empresas constituyentes.

El joint venture es una empresa sujeta al control conjunto de dos o más empresas que son económicamente independientes la una de la otra.

- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato

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