Capacitación y desarrollo de personal Evidencia 3
Enviado por Ensa05 • 21 de Diciembre de 2017 • 1.644 Palabras (7 Páginas) • 482 Visitas
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Algunos artículos de la constitución, referentes a la capacitación:
Art. 3ro: …La educación que imparte el estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y a la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y a la justicia.
La educación será democrática y nacional, contribuirá la mejor convivencia humana con el fin de alimentar al educando junto con el aprecio para la dignidad de la persona y de la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.
Art. 123: toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.
Art. 153 N Dentro de los quince días siguientes a la celebración revisión o prorroga, del contrato colectivo, los patrones deberán presentar ante la secretaria del Trabajo y previsión social, para su aprobación, los planes y programas de capacitación y adiestramiento que se haya acordado establecer.
Art. 153 O Las empresas en que no rija contrato colectivo de trabajo, deberán someterse a la aprobación de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, dentro de los primeros sesenta días de los años impares.
Art. 153 P Se le otorgara a las personas o instituciones que satisfagan que las personas que capacitaran y adiestraran a las personas, están capacitadas, además de acreditar que tengan conocimientos suficientes sobre los procedimientos tecnológicos propios de la rama industrial en la que pretenden impartir. También no estar relacionadas con personas que estén ligadas o propaguen algún credo religioso,
Art. 153 Q Se refiere a los periodos no mayores de cuatro años, también a comprender todos lo puestos y niveles existentes en la empresa, además de precisar las etapas de cuando se impartirá la capacitación por ultimo especificar el nombre y número de registro en la secretaria del trabajo y previsión social de las entidades instructoras.
Art. 153 R Dentro de los sesenta días hábiles que sigan a la presentación de tales planes y programas ante la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, esta los aprobará o dispondrá que se les hagan las modificaciones que estime pertinentes, en la inteligencia de que aquellos planes y programas que no hayan sido objetados por la autoridad laboral dentro del término citado, se entenderán definitivamente aprobados.
Art. 153 S Cuando el patrón no da cumplimiento a la obligación de presentar ante la secretaria del Trabajo y Previsión Social los planes y planes y programas de capacitación y adiestramiento dentro del plazo que corresponda, en los términos de los artículos 153 N y 153 O.
Art 153 T Los trabajadores que hayan sido aprobados en los exámenes de capacitación o adiestramiento en los términos de este capítulo, tendrán derecho a que la entidad instructora les expida las constancias respectivas, mismas que autentificadas por la Comisión Mixta de Capacitación y adiestramiento de la empresa.
Art. 153 U Cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir esta por considerar que tiene los conocimientos necesarios par el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad, presentar y aprobar.
Art. 153 V La constancia de habilidades laborales es el documento expedido por el capacitador, con el cual el trabajador acreditara haber llevado y aprobado un curso de capacitación.
Empresas
También serán competencia exclusivas de las autoridades federales, la aplicación de las disposiciones de trabajo en los asuntos relativos a conflictos que afectan a dos o mas entidades federativas; contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en mas de una entidad federativa; obligaciones patronales en materia educativa; en los términos de ley y respeto a los patrones en materia de capacitación y adiestramiento , así como de seguridad e higiene.
Ley federal del trabajo
El 28 de abril de 1978 se publica la ley federal del trabajo. Artículo 3: el trabajo es un derecho y deber social, no podrán establecerse diferencias entre los trabajadores por motivo de raza, edad, sexo u otros. Articulo 25: el escrito sobre las condiciones de trabajo deberá con tener ciertas especificaciones establecidas en la ley Articulo 153-A: todo trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación aprobadas por la secretaria de trabajo y revisión social Articulo 153-B: en el cumplimento del anterior articulo los patrones podrán convenir en los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento se proporcione dentro o fuera de la empresa
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