DEDUCCIONES AUTORIZADAS.IMPUESTO SOBRE LA RENTA. PERSONAS MORALES
Enviado por tomas • 16 de Abril de 2018 • 1.553 Palabras (7 Páginas) • 881 Visitas
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4. Pago por transferencia tecnológica en logística de empaque
Deducible, con una amortización anual del 15% sobre el monto original o en su caso la totalidad de la erogación efectuada por este concepto.
La primera opción sería: Para el primer año se puede deducir: 30,000 pesos, es decir, el 15% sobre los 200,000.00 pesos
La otra opción sería los 200,000 pesos, siempre y cuando el beneficio se concrete dentro del mismo año en que se efectué la erogación.
Fundamento
Para poder entender la deducibilidad de estas erogaciones debemos atender lo que nos menciona el Código Fiscal de la Federación en su artículo 15-B describe a las regalías, entre otros, los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o modelos, planos, fórmulas, o procedimientos y equipos industriales, comerciales o científicos, así como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, u otro derecho o propiedad similar.
Por lo anterior, podemos concluir que las erogaciones efectuadas la autoridad las considera regalías.
Partiendo del concepto anterior, la Ley de Impuesto sobre la Renta en su artículo 33 fracción III, menciona que las regalía, para asistencia técnica o para otros gastos diferidos sería un porcentaje del 15% sobre el monto original de inversión o en su defecto en el último párrafo del presente artículo, cuando se concreten en el mismo ejercicio en que se realizó la erogación, la deducción podrá efectuarse en su totalidad en dicho ejercicio, siempre y cuando se realicen en el mismo ejercicio en que se deducen, el mismo caso para la asesoría técnica.
Es por ende que la fundamentación de los incisos del 2 a 3 se generalizo en uno solo.
Consideraciones de las deducciones autorizadas
La empresa debe apegarse a los siguientes artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para que no existe problemas en la deducibilidad.
- Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente
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X. Que en los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se compruebe ante las autoridades fiscales que quien proporciona los conocimientos, cuenta con elementos técnicos propios para ello; que se preste en forma directa y no a través de terceros, excepto en los casos en que los pagos se hagan a residentes en México, y en el contrato respectivo se haya pactado que la prestación se efectuará por un tercero autorizado; y que no consista en la simple posibilidad de obtenerla, sino en servicios que efectivamente se lleven a cabo
- Artículo 76. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, la cual deberá contener los siguientes datos:
- El nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebren operaciones, así como la documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas.
- Información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por el contribuyente por cada tipo de operación.
- Información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación de acuerdo a la clasificación y con los datos que establece el artículo 179 de esta Ley.
- El método aplicado conforme al artículo 180 de esta Ley, incluyendo la información y la documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación.
Los contribuyentes que realicen actividades empresariales cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $13’000,000.00, así como los contribuyentes cuyos ingresos derivados de prestación de servicios profesionales no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00 no estarán obligados a cumplir con la obligación establecida en esta fracción.
El contribuyente debe considerar como monto original de inversión, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales, esto de acuerdo al segundo párrafo del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Conclusión
La empresa puede deducir estas erogaciones de acuerdo a la sección II (De las inversiones) del Capítulo II, de la Ley de Impuesto sobre la Renta, con los porcentajes del 15% de manera anual, lo establecido en el artículo 33 (porcentajes de deducibilidad por inversión) atendiendo lo que menciona el artículo 31 de la presente Ley, como concepto de monto original de inversión. De igual el articulo 33 LISR menciona que se puede deducir el 100% de estos conceptos siempre que la erogación se realice en menciona ejercicio de la deducibilidad y si se cumple con los requisitos de deducciones y de partes relacionadas la empresa no corre ningún riesgo.
Bibliografía
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