DERECHO ECONÓMICO II CONCURSO PREVENTIVO
Enviado por Albert • 14 de Marzo de 2018 • 1.771 Palabras (8 Páginas) • 394 Visitas
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Requisitos que deben cumplir los acreedores para solicitar la verificación:
- Expresar monto del crédito, debiendo mencionar si se cobrarán intereses por mora hasta le fecha del concurso. (si no se aclara, solo se verificará el capital de deuda, sin los intereses)
- Mencionar la causa que dio origen al crédito, la cual debe ser expresamente explicada y demostrada con toda la documentación necesaria.
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- En el caso de que sea un acreedor privilegiado, debe presentar la documentación que lo acredite como tal. Al igual que los int, si no se solicita que se reconozca el privilegio, el juez no lo tendrá en cuenta.
La petición se realizará al síndico debiendo indicar monto, causa y privilegios. Se realizará por escrito, llevando todos los originales de la documentación a presentar junto con dos copias firmadas que conservará el juzgado. Dicha petición puede ser realizada por medio de un apoderado.
El síndico investiga, corteja y solicita todo lo necesario para poder formarse de una opinión fundada sobre cada acreedor. Esta opinión se deja a disposición del concursado y de los acreedores para que puedan realizar observaciones, cuestionar detalles del crédito (10 días). Por otro lado, el solicitante puede luego mejorar fundamentos o incluir nuevos elementos. Finalmente, el síndico realiza un informe individual (20 días), en el cual incluye legajos de cada acreedor que se presentó a verificar su crédito, lo describe, detalla la documentación presentada, si hubo observaciones y la defensa; analiza lo correcto e incorrecto de la presentación y concluye con su opinión acerca de si debe o no ser verificado, una sugerencia para el juez.
Por último el juez recibe el informe individual del síndico y con toda la información resuelve si validar o no el crédito y dicta la sentencia verificatroria (dentro de 10 días luego del informe). En el caso de que el crédito no haya sido observado o ni impugnado, el juez lo puede verificar o no; si, por el contrario, tuvo observaciones o impugnaciones, se lo admite o no. (si no fue observado y el síndico dio el ok, pero a el juez no le gusta, se declara inadmisible)
Todos los créditos verificados y admitidos van a formar parte de la base del cómputo del régimen de la doble mayoría. Aquellos acreedores cuyos créditos no fueron admitidos o verificados, pueden presentar un incidente de revisión (dentro de 20 días luego de la sentencia verificatoria), para que se vuelva a revisar su crédito.
Los acreedores tardíos son aquellos que se presentan ante el síndico una vez vencido el plazo de verificación de créditos, y se tramitará en forma individual al concurso. Se puede presentar hasta los 2 años de concluido el concurso.
Clasificación de acreedores
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