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DIAGNÓSTICO EMPRESARIAL GRUPO NUTRESA S.A

Enviado por   •  5 de Agosto de 2018  •  13.909 Palabras (56 Páginas)  •  581 Visitas

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En otras palabras, se busca analizar las variables positivas y negativas que ha tenido y generado el grupo empresarial Nutresa en lo recorrido de sus años empresariales tanto en el marco contable, financiero y legal que le ha permitido evolucionar e incursionar en diversos negocios u operaciones a nivel mundial empezando desde los detalles más internos de la organización y finalizando en información competente para la toma de decisiones de interés público.

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FUNDAMENTACIÓN TEORICA

Los grupos empresariales en Colombia se originaron a lo largo del siglo xx, con el propósito de crear alianzas en el mercado que permitieran el desarrollo y sostenimiento económico de cada una de las organizaciones y por ende del territorio nacional, pero esta práctica se ha venido presentando por varios años en los diferentes países del mundo concentrando o abarcando gran parte de la economía mundial.

Actualmente, se presenta una gran dificultad para encontrar un concepto que trate de caracterizar o comprender en su conjunto los elementos que conforman los grupos empresariales pero para este trabajo se considerará como un fenómeno económico, jurídico y legal donde se vinculan un conjunto de organizaciones, donde una o más se encarga de controlar y disponer de las actividades empresariales de las filiales o subordinadas para obtener un beneficio económico común, en otras palabras, según la Superintendencia del mercado de valores, un grupo económico es el ” conjunto de personas jurídicas, cualquiera sea su actividad u objeto social, que están sujetas al control de una misma persona natural o de un mismo conjunto de personas naturales.”

En Colombia actualmente los principales grupos económicos están tratando de vincular a las organizaciones con mayor prestigio no solo en la economía local sino también extranjera, obteniendo así el mayor control en el mercado, dejando de lado competidores de bajo poder económico e industrial, con la intención de ser líderes y mantenerse firmes en el entorno empresarial, como es el caso del Grupo Nutresa S.A. por esto es que se considera un medio estratégico para lograr un dominio económico significativo frente a organizaciones con menor participación en el mercado; es decir, “ la creación del grupo se debe fundamentalmente a una razón de tipo económico, a saber, la de formar un engranaje entre empresas para así complementar las deficiencias de cada una de ellas y maximizar sus beneficios, mejorando su posicionamiento en el mercado”. (Forero Henao & Del Castillo P., 2001). Además de esto se puede considerar que una de las ventajas que tiene la creación de grupos empresariales es que cada ente económico no pierde su individualidad propia como organización, ya que cada hecho lo perjudica o beneficia a este, sin afectar al grupo en conjunto.

En la legislación colombiana los grupos económicos se pueden ver regulados bajo la ley 222 de 1995 y la ley 1116 de 2006, los cuales describen todos los asuntos referidos al control y dirección de las sociedades, así como los requisitos, sanciones y efectos de conformar un grupo empresarial. En primera instancia estas leyes tratan de abarcar las partes que componen el conglomerado teniendo como fuente principal el control, donde destaca que tipo de personas son las encargadas de disponer sobre la toma de decisiones de las demás empresas de la unión empresarial, así como quienes pueden ser las filiales o subordinadas, las cuales también se ven impresas en el artículo 260 y 267 del código de comercio, modificadas por el art 26 y 27 de la ley 222 de 1995 el cual hace mención: que habrá subordinación “Cuando el control conforme a los supuestos previstos, sea ejercido por una o varias personas naturales o jurídicas de naturaleza no societaria…que posean más del cincuenta por ciento (50%) del capital o configure la mayoría mínima para la toma de decisiones…”

La superintendencia de sociedades quien se encarga de vigilar la creación y las debidas funciones de los grupos empresariales de acuerdo a la circular externa n° 30 establece que todas configuraciones de conglomerados tienen la obligación de inscribir en el registro mercantil las nuevas alianzas empresariales creadas, por medio de la empresa matriz, para poder mantener la respectiva inspección y alcance sobre sus actividades comerciales en el territorio colombiano, así mismo, en caso de liquidación de la controlante o matriz del grupo, cuando se pierda el principio de control y dirección, es decir cuando no haya otra empresa a cargo del grupo que mantenga las características para seguir como grupo empresarial, de acuerdo a la relación con la presente ley del 95 par 2° art 30. “Toda modificación de la situación de control o del grupo, se inscribirá en el registro mercantil”

Conforme a los requisitos sujetos al estatuto tributario en el artículo 631-1, toda entidad catalogada como grupo empresarial deberá presentar como mínimo una vez al año todos los informes correspondientes para su adecuada vigilancia en los que se destaca el informe consolidado y la información de cada una de las filiales como dispone de igual modo el capítulo VI de la ley 222 de 1995, y se deberán entregar a la dirección de impuestos y aduanas nacionales (DIAN) ley 488 de 1998. En caso del no cumplimiento deberá someterse a lo expuesto en el art 651 del estatuto tributario.

De igual manera en lo que respecta en materia contable se tienen en cuenta las normas internacionales de información financiera (NIIF), regidas en Colombia a partir del año 2014, en las que se destaca la niif 10 estados financieros consolidados, los cuales se deberán realizar con el propósito de tomar decisiones a nivel grupal en cumplimiento con lo dicho en el párrafo anterior, de igual manera se deberá considerar la NIC 27 Estados financieros separados, la cual se pueden observar dos escenarios que la matriz presente informes consolidados e individuales o solo presentar estados financieros separados, cuando se presenten estados de acuerdo con esta norma se deberá cumplir la NIC 28 inversiones en asociadas y negocios conjunto, el cual establece que se aplicará a todas la entidades que sean inversores con control conjunto de una participada o tenga influencia significativa sobre ésta y la NIC 31 participaciones conjuntas, de igual manera la NIIF 11 acuerdos conjuntos, que establece los principios para la información financiera de las partes de los pactos conjuntos, entendiéndose esta como un control compartido entre dos o más partes y por último las NIIF 12 información a revelar sobre participaciones

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