Las medidas tomadas por Ecuador ¿Son legitimas o ilegitimas? Sean legitimas o ilegitimas ¿Cuál es la reacción que debe tomar Chile?
Enviado por karlo • 5 de Enero de 2018 • 1.440 Palabras (6 Páginas) • 692 Visitas
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- Grupo 4 :
Las medidas acogida por Ecuador es legítima ya que estas se amparan por la OMC, la cual establece que un país puede adoptar estas medidas de urgencia cuando con respecto al aumento de las importaciones de determinados productos hayan causado o amenacen causar un daño grave. Respecto de las reacciones que debe tomar Chile son apelar a la decisión tomada por Ecuador o establecer una propuesta o acuerdo con estos
- Grupo 5 :
Las medidas tomadas por Ecuador son legitimas dentro de su territorio, pero en el ámbito internacional son ilegitimas. Chile rechazo esta sobretasa a los productos; pero en consecuencia los exportadores, piden que Chile aplique un mismo aumento en los aranceles, pero esto no sería conveniente, porque se estarían pasando a llevar tratados afectando la economía del país.
- Grupo 6:
Las acciones tomadas por Ecuador son de carácter ilegitimo porque al haber subido los aranceles de forma repentina, y sin previo aviso afecta las economías de los países que se relacionan con esta nación. Además esta medida no les daría tiempo a los demás países de comparar y así, poder escoger en cuanto al ámbito económico con la republica que más le convenga realizar negocios
- Grupo 8:
Las normas tomadas por Ecuador son legitimas, pero con el caso de Chile son ilegitimas porque no tomaron en consideración los tratados que tenía en común
- Grupo 9 :
Son legitimas las medidas que adopto Ecuador de aumentar sus aranceles, debido a que la economía esta afecta a diversos cambio constantemente durante el tiempo, aunque estas afecten a nuestro país significativamente. Pero en el caso de Chile, este contempla un acuerdo realizado entre ambas naciones, en el año 2010. Chile pide a Ecuador que reflexione sobre sus actos, y así disminuir el precio de los aranceles, de lo contrario Chile deberá subir sus aranceles de igual forma que el país vecino.
- Grupo 10:
Esta medida es legal porque está aprobada por la OMC, la salvaguarda de la balanza de pago, la cual se respalda en la clausula del mismo nombre. Pero estas acciones afectaran a Chile, junto con Perú, ya que ambas naciones son las principales importadoras de productos a Ecuador, con alza de aranceles.
- Grupo 11:
Las acciones tomadas por el país vecino son legitimas, ya que está aprobado por un normativa internacional, la cual contempla el aumento de aranceles por parte de un país, siempre y cuando este, posea problemas en su balanza de pagos, pero este aumento de aranceles posee un tope máximo, el que está dado por la OMC. Ante estas acciones Chile debe reaccionar apelando a lo estipulado en el ACE Nº65, o en consecuencia seguir evaluando medidas para resguardar los flujos comerciales.
Resolución:
Las medidas adoptadas por la Republica de Ecuador son de aspecto legitimo, en su ámbito nacional según lo estipulado en su constitución; Pero hablando internacionalmente, que es lo que nos importa es ilegitimo, debido a que esta medida no afecta directamente el aumento de precios en el interior país; si no que, afecta a los países que realizan exportaciones a Ecuador, ya que este aumento en los aranceles provocaría un alza en los costos de exportación de los productores.
Podemos afirmar que dicha medida es de carácter ilegitimo internacionalmente. Aunque esta medida este establecida en la Organización mundial del comercio, como salvaguarda de la balanza de pago, la cual consiste en la aplicación de aranceles a determinadas importaciones como medida de urgencia debido a la crisis por la que pasa Ecuador (el aumento de las importaciones y la baja de las exportaciones afectando a la balanza de pago del país), no acredita la aplicación de aranceles a los productos importados al país, ya que primero debe estar respaldada por el Fondo Monetario Internacional, el cual no ha dado su resolución con respecto del tema, para luego así, poder ser apoyado por la OMC.
Con respecto a las acciones que debe tomar Chile, ya que este es uno de los principales países afectados por esta medida, ya que es uno de los exportadores mayoritarios de los productos que importa Ecuador, deben ser analizadas minuciosamente.
Chile como medida primordial debe adoptar el Principio de Reciprocidad de la OMC con Ecuador, el cual consiste en que si un país acuerda a un país contraparte facilidades de política comercial, el país contraparte debe hacer las mismas concesiones.
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