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Reglamento interno de higiene y seguridad

Enviado por   •  22 de Enero de 2018  •  1.827 Palabras (8 Páginas)  •  598 Visitas

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ARTÍCULO 7°

Todo operador equipo o dispositivo de trabajo en el local, deberá preocuparse permanentemente del funcionamiento del equipo a su cargo para prevenir cualquier anomalía que pueda a la larga, ser causa de accidente.

ARTÍCULO 8°

El trabajador deberá informar a su jefe inmediato acerca de anomalías que detecte o de cualquier elemento defectuoso que note en su trabajo, previniendo las situaciones peligrosas.

ARTÍCULO 9°

Se prohíbe la acumulación de basuras. Especialmente en el mostrador y piso del local puesto que es de vital importancia la higiene en el trabajo.

ARTÍCULO 10°

Las vías de circulación interna y/o evacuación deberán estar permanentemente señaladas y despejadas, prohibiéndose depositar en ellas elementos que puedan producir accidentes, especialmente en caso de siniestros.

ARTÍCULO 11°

Todo trabajador deberá conocer perfectamente la ubicación y el uso del equipo contra incendio de su sección o área de trabajo, asimismo los accesos a estos equipos, se deberán mantener en forma permanente libres de obstáculos que impidan un actuar oportuno en caso de emergencias.

ARTÍCULO 12°

No podrá encenderse fuego cerca de elementos combustibles o inflamables.

ARTÍCULO 13°

[pic 10]

Clases de fuego y formas de combatirlo

Fuegos clase A: Son fuegos que involucran materiales como papeles, maderas, cartones, géneros, cauchos y diversos plásticos.

Los agentes más utilizados para combatir este tipo de fuego son: agua, polvo químico seco multipropósito y espumas (light water).

Fuegos clase B: Son fuegos que involucran líquidos combustibles e inflamables, gases, grasas y materiales similares.

Los agentes más utilizados para combatir este tipo de fuego son: polvo químico seco, anhídrido carbónico y espumas.

Fuegos clase C: Son fuegos que involucran equipos, maquinas e instalaciones eléctricas energizadas. Por seguridad de las personas deben combatirse con agentes no conductores de electricidad tales como: polvo químico seco y anhídrido carbónico (CO2).

Fuegos clase D: Son fuegos que involucran metales tales como magnesio, sodio y otros. Los agentes extintores son específicos para cada metal.

ARTÍCULO 14°

Todo trabajador cuando deba levantar algún objeto desde el suelo, lo hará doblando las rodillas y se levantara ayudándose con los músculos de las piernas.

ARTÍCULO 15°

El trabajador que padezca de alguna enfermedad o que note que se siente mal, si el malestar afecta su capacidad y por esto su seguridad en el trabajo, deberá poner esta situación en conocimiento de su jefe inmediato, para que el proceda a tomar las medidas que el caso requiere.

ARTÍCULO 16°

Cuando a juicio de la empresa se sospechen riesgos de enfermedad profesional o de un estado de salud que cree situación peligrosa en algún trabajador, este tiene la obligación de someterse a los exámenes que disponga el servicio médico del organismo administrador en la fecha, hora y lugar que estos determinen, considerándose que el tiempo empleado en el control, debidamente comprobado, es tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos legales.

ARTÍCULO 17°

Todo trabajador que sufra un accidente, dentro o fuera de la empresa, por leve o sin importancia que le parezca, debe dar cuenta en el acto a su jefe inmediato

ARTÍCULO 18°

Los avisos, letreros y afiches de seguridad deberán ser leídos por todos los trabajadores, quienes cumplirán sus instrucciones y preservaran su integridad.

CAPÍTULO II

PROHIBICIONES

ARTÍCULO 19°

Queda prohibido a todo trabajador de joyería Luna de Plata:

- Ingresar al lugar de trabajo o a trabajar en estado de ebriedad, prohibiéndole terminantemente entrar bebidas alcohólicas al establecimiento, beberla o darla a beber a terceros.

- Fumar o encender fuegos en los lugares que se hayan señalado como prohibidos.

- Dormir, comer o preparar alimentos en el lugar de trabajo.

- Penetrar al recinto de trabajo a quienes no estén debidamente autorizados para hacerlo.

- Jugar, empujarse, reñir o discutir dentro del recinto de la empresa y a la hora que sea.

- Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas eléctricos sin haber sido expresamente autorizado para ello.

- Alterar el registro de hora de llegada propia o de algún trabajador o el registro de hora de salida y tratarse por propia cuenta las lesiones que haya sufrido en algún accidente.

- Permanecer en los lugares después del horario sin autorización del jefe inmediato.

- Negarse a proporcionar información en relación con determinadas condiciones de trabajo y de su seguridad o acerca de accidentes ocurridos.

- Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles, afiches, instrucciones, reglamentos acerca de la seguridad industrial.

- Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin las ropas de trabajo que la empresa proporciona.

- Correr sin necesidad dentro del establecimiento.

- Usar vestimentas inadecuadas

- Usar calzado inadecuado que pueda producir resbalones o torceduras.

- Lanzar objetos de cualquier naturaleza dentro del recinto de la empresa, aunque estos no sean dirigidos a persona alguna.

4.- NORMAS OFICIALES MEXICANAS

Las normas oficiales mexicanas

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