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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD PARA LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA

Enviado por   •  5 de Enero de 2018  •  24.480 Palabras (98 Páginas)  •  760 Visitas

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Título XXXI: De las sanciones …………………………………………………………………………………………………. …..64

Título XXXII: De las disposiciones generales……………………………………………………………………..…………. 64

Recepción del Reglamento …………………………………………………………………………………………………......... 65

PREÁMBULO

a) El presente Reglamento Interno tiene por finalidad regular las condiciones, requisitos, derechos, beneficios, obligaciones, prohibiciones y, en general, las formas y condiciones de trabajo, higiene y seguridad de todas las personas que laboran como trabajadores dependientes de la empresa “SERVICIOS DE INGENIERIA ALEJANDRO GOMEZ DEL RIO E.I.R.L.” en las faenas, obras o actividades que en cualquier punto del territorio estén a cargo o sean desarrolladas por dicha empresa.

b) Este Reglamento Interno se considera como parte integrante de cada contrato de trabajo y será obligatorio para el trabajador (a) el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en su texto, desde la fecha de contratación.

c) El cumplimiento de este Reglamento hará posible a la empresa proporcionar y mantener:

- Relaciones armónicas con cada trabajador y de éste con sus compañeros de labores.

- Un lugar seguro para trabajar, en el cual los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales se reduzcan al mínimo.

- Bienestar para cada uno de los miembros de la empresa.

- Calidad de vida y compromiso de los trabajadores.

- Una cultura de prevención de riesgos.

TÍTULO I

DEL INGRESO.

Artículo 1°: Las personas a quienes la empresa “SERVICIOS DE INGENIERIA ALEJANDRO GOMEZ DEL RIO E.I.R.L.” acepte en calidad de trabajadores deberán cumplir, antes de ingresar, con las siguientes exigencias y presentar los antecedentes y documentos que se indican:

- Cédula de Identidad.

- Finiquito del último empleador si lo hubiese tenido.

- Certificado de estudios cursados en el caso que la calidad del trabajo a ejecutar así lo requiera.

- Certificado de Salud.

- Si fuere menor de 18 años y mayor de 16, autorización escrita por su padre o madre, o guardadores legales.

- Los menores de 16 y mayores de 15, deberán presentar autorización indicada en el inciso anterior, además un certificado en el que conste que haya cumplido con la obligación escolar.

- Si fuere casado, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de hijos para tramitar autorización de cargas familiares.

- Certificado de afiliación o documentación que acredite el nombre del sistema previsional a que está acogido.

- Si fuere mayor de 18 años, certificado de situación militar.

- Certificado de Antecedentes para fines especiales.

Artículo 2°: La comprobación posterior de que para ingresar se hubieren presentado documentos falsos o adulterados, será causal de terminación inmediata del contrato de trabajo que se hubiere celebrado, de conformidad al Art. 160 Nº 1° del Código del Trabajo.

Artículo 3°: Cada vez que tengan variaciones los antecedentes personales que el trabajador indicó en su solicitud de ingreso, deberán presentarse al empleador con las certificaciones pertinentes.

TÍTULO II

DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Artículo 4°: Cumplidos los requisitos señalados en el artículo 1° y dentro de los 15 días de la incorporación del trabajador, procederá a celebrarse por escrito el respectivo contrato de trabajo. En el caso que el contrato fuese por obra, trabajo o servicio determinado con duración inferior a 30 días, el plazo disminuye a 5 días. El contrato se extenderá en un formulario único que consta de la siguiente distribución: Original empleador, 1ª copia trabajador, 2ª agencia del empleador. En el original constará, bajo firma del dependiente, la recepción del ejemplar de su respectivo contrato.

Artículo 5°: Los menores de dieciocho años y mayores de quince podrán celebrar contratos de trabajo solo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo, siempre que cuenten con autorización expresa del padre o madre, a falta de ellos, del abuelo o abuela paterno o materno o a la falta de estos, de los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta de todos los anteriores, el Inspector del Trabajo respectivo. Además previamente deberán acreditar haber culminado su educación media o encontrarse actualmente cursando ésta o la educación básica. En estos casos las labores, no deberán dificultar su asistencia regular a clases y su participación en programas educativos o de formación.

En ningún caso se podrá contratar a menores de 15 años de edad.

Artículo 6°: El contrato de trabajo contendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones:

- Lugar y fecha del contrato.

- Individualización de las partes, con indicación de la nacionalidad del trabajador, fecha de nacimiento e ingreso del trabajador.

- Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse.

- El monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.

- Duración y distribución de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el Reglamento Interno.

- Plazo del contrato.

- Demás pactos que acordasen la empresa y el trabajador de mutuo acuerdo.

Artículo 7°: Las modificaciones del contrato de trabajo se consignarán por escrito al dorso de los ejemplares del mismo o en documentos anexos firmados por ambas partes.

La remuneración

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