Zonas Económicas Especiales en México
Enviado por monto2435 • 25 de Noviembre de 2018 • 3.143 Palabras (13 Páginas) • 335 Visitas
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Se ubicaran en uno o más municipios cuya población conjunta sea entre 50 mil y y500 mil habitantes, previendo la instalación de sectores productivos de acuerdo con las ventajas comparativas y vocación productiva presente o potencial de la zona, con una ubicación estratégica para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad de integración de carreteras, aeropuertos, ferrocarriles, puertos o corredores interoceánicos y potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales o internacionales y dichas zonas podrán ser unitaria (un solo conjunto industrial) o por secciones (varios conjuntos industriales) en donde cada conjunto industrial será desarrollado por un Administrador Integral (persona moral o entidad paraestatal), y se emitirá la declaratoria de la zona a través de un Decreto del Ejecutivo Federal, previo dictamen aprobado por la Comisión Intersecretarial que se crea y suscribiendo el Convenio de coordinación con las entidades federativas y municipios correspondientes que deberá contar previamente con la autorización del Poder Legislativo local y los Ayuntamientos respectivos. Se elaboraran Programas de Desarrollo que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social evaluara periódicamente y formulará las recomendaciones pertinentes.
El Administrador Integral podrá ser una entidad paraestatal o una persona moral en su carácter de sociedad mercantil constituida conforme a la legislación mexicana, a la cual se le otorgara un permiso hasta por un plazo de 40 años, los cuales podrán ser prorrogados hasta por otro periodo igual al señalado originalmente. En el caso de que sea una entidad paraestatal, será una asignación y no tendrán término de vigencia y podrán terminar cuando así lo estime la Secretaría.
El Administrador Integral recibe el permiso (sociedad mercantil nacional) o la asignación (entidad paraestatal), para la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento, incluyendo los Servicios Asociados (sistemas de urbanización, electricidad, agua potable, drenaje, tratamiento de aguas residuales, saneamiento, telecomunicaciones y seguridad, así como los demás que presten a los Inversionistas en la Zona) o, en su caso la tramitación de estos ante las instancias correspondientes de un sólo conjunto industrial de la Zona Económica Especial
Los Inversionistas son las empresas nacionales o extranjeras autorizadas para realizar actividades económicas productivas en la Zona Económica Especial
Los beneficios fiscales conforme al artículo 13 de la Ley en cuestión, tendrán una duración mínima de 8 años, sin que se puedan modificar y respetando su condición decreciente ya que los beneficios serán temporales y en materia de contribuciones por cada decreto serán los que se consideren necesarios para impulsar el establecimiento y desarrollo de la zona, los beneficios económicos serán muy significativos y deberán propiciar la generación de capital y empleos, el desarrollo de la infraestructura económica y social, y la productividad y competitividad de las Zonas; cada Zona Económica contará con una Ventanilla Única, donde el Administrador Integral y los Inversionistas simplificaran y agilizaran los trámites de manera presencial o electrónica, necesarios para construir, desarrollar, operar y administrar la Zona Económica, realizar actividades económicas productivas en la misma, o instalar y operar empresas en el Área de influencia.
No obstante que los beneficios fiscales se establecerán en cada decreto, el día 10 de febrero de 2017, en la Reunión de la instalación de la Comisión para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (ZEE) de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), el Secretario de Hacienda declaro que “las empresas y las personas físicas con actividad empresarial que inviertan en las (ZEE) recibirán incentivos fiscales del gobierno federal, que consisten en un descuento de hasta 100 por ciento en el pago del Impuesto Sobre la Renta durante los primeros 10 años; y de 50 por ciento en los siguientes 5 años; además de créditos fiscales por cuotas patronales del IMSS, del 50 por ciento en los primeros 10 años y del 25 por ciento durante los siguientes 5 años, además de un tratamiento especial en materia de Impuesto al Valor Agregado a quienes inviertan en las (ZEE), que será similar al que reciben las operaciones de comercio exterior, por lo que contarán con un régimen aduanero específico que incluirá reducciones de las cuotas de derechos y exención de impuestos.” Asimismo el titular de la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFDZEE), anunció que los gobiernos locales contribuirán con estímulos en materia del Impuesto Predial, Impuesto Sobre Nómina, de Traslado de Dominio, de Adquisición de Bienes Inmuebles, de Hospedaje y compras de gobierno. Por las nuevas políticas de Estados Unidos, urge activar motores de crecimiento emergentes y las Zonas Económicas Especiales son una oportunidad irrepetible.” (Ramos, 2017) “Detalló que más de 17 mil empresas ya están registradas para establecer cadenas con las empresas anclas y que los inversionistas contarán con un programa especial de financiamiento de las Banca de Desarrollo, con tasas de interés competitivas, plazos extendidos y esquemas flexibles de pago, agregó que ya se desarrollan los estudios de prefactibilidad y las evaluaciones estratégicas de impacto social y ambiental para que se emitan los dictámenes de las primeras zonas porque, dijo el éxito de éstas depende de la sustentabilidad ambiental y social.” (De la Redacción, 2017)
Para el Lic. Gerardo Gutiérrez Candian
Dentro de las acciones pendientes para implementar las Zonas Económicas Especiales están:
- La Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFDZEE), como Órgano Desconcentrado con Autonomía de gestión de la Secretaría de Hacienda, debe presentar los proyectos para que se emitan los Decretos de creación de las primeras Zonas Económicas Especiales a más tardar a finales del año 2016 (Se esperan para abril de 2017, no se han publicado al 16 de marzo de 2017) de las Zonas de Puerto Lázaro Cárdenas, que incluyen municipios vecinos de Michoacán y Guerrero; la del corredor del Istmo de Tehuantepec, que incluirá los polos de Coatzacoalcos, Veracruz, y Salina Cruz, Oaxaca; y la Puerto Chiapas, en Chiapas. Adicionalmente, durante 2017, deberá publicarse el Decreto correspondiente para la Zona Económica Especial del corredor petrolero Tabasco-Campeche.
- El mismo Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda deberá concretar en el primer cuatrimestre de 2017, los Convenios de coordinación
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