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Prevención de Riesgos Laborales

Enviado por   •  13 de Abril de 2023  •  Trabajos  •  386 Palabras (2 Páginas)  •  167 Visitas

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Responde, reflexiona y crítica sobre las siguientes cuestiones:

- ¿Podría una empresa despedir a un trabajador que se negase a vacunarse de alguna enfermedad? 

La vacunación no es obligatoria, así lo dice la ley española. Nuestro sistema normativo protege, ante todo, la voluntad de la persona para vacunarse o no. Las empresas deben respetar esta decisión, no pueden obligar a sus trabajadores a ser vacunados y por lo tanto, no podrá ser causa de despido.

¿Y si fuera por no estar vacunado contra la covid-19? ¿Y si fuera por otro tipo de vacuna?

En España la vacunación (contra todo tipo de enfermedades, no solo la del Covid-19), es voluntaria, por lo que si ese es el motivo de despido de un empleado, nos encontraríamos ante un despido improcedente o incluso nulo si se considera que dicho despido supone discriminar al trabajador por no estar vacunado.

- ¿Se podría negar un empresario simplemente  a contratar a un trabajador no vacunado?

El empresario tiene la libertad de contratar a cualquier persona con los requisitos que quiera, aunque la Constitución refleja que ningún trabajador debe ser discriminado por ningún motivo. Por lo tanto, el empresario no podría negarse a contratar al trabajador porque sería una discriminación por motivos de salud.

- ¿Estaría obligado el trabajador de alguna manera a avisar al empresario sobre su condición de vacunado o no?

El trabajador no estaría obligado porque dicha respuesta no tiene nada que ver con las habilidades y las competencias del puesto de trabajo. Además, la empresa no debe preguntar a un trabajador si está o no está vacunado, ya que al ser de carácter personal, podría ser sujeto de discriminación.

- ¿Se podría despedir al trabajador, ya no por estar vacunado o no, sino por el hecho de tener una enfermedad contagiosa tipo SIDA? ¿Estaría obligado el trabajador a informar sobre este particular?

Según la ley en España no puedes despedir a un trabajador por tener VIH o una enfermedad contagiosa. Si así fuera,  estaría considerado como una discriminación por razones de salud y nos encontraríamos ante un despido improcedente o incluso nulo.

El trabajador no estaría obligado a informar, ya que no existe ninguna normativa en la que sea obligatorio para los trabajadores notificar al empresario acerca de tener dicha enfermedad. Por ello, la decisión de poner en conocimiento tal situación es personal.

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