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Carnelutti procesal

Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  1.143 Palabras (5 Páginas)  •  308 Visitas

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Juez es uno que tiene juicio. En la actualidad la regla es que el juez es elegido por el Estado, es decir, por ciertos órganos del Estado, según ciertos dispositivos que se conceptúan idóneos para hacer la elección.

Los jueces requieren de ayuda, aquí entran el consultor o perito, el secretario y el oficial judicial. El secretario está adscrito a la documentación de los actos del proceso, esto es, a formar los documentos que constituyen la prueba de él; mientras que el oficial judicial está adscrito a la notificación, o sea, a suministrar las noticias que son necesarias para procurar al juez la presencia y colaboración de personas respecto de las cuales tiene que actuar.

El juez, singular o colegiado juntamente con el secretario y el oficial judicial, son las figuras principales que constituyen un grupo de empleados del Estado que, por la estabilidad de sus cometidos, se llama oficio, y por el carácter específico de los mismos, se denomina oficio judicial.

Por otra parte, en el conjunto de los oficios se dejan sentir las exigencias de la especialización en orden a las diversas materias de los asuntos y de los litigios que se presentan al juicio y también de las diversas funciones que respecto de ello se ven llamados los jueces a ejercer, al punto de que entre los varios oficios deben distribuirse los cometidos según un plano que da lugar al instituto de la competencia judicial.

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LAS PARTES

Enel proceso civil aquellos sobre quienes se debe juzgar son siempre dos; en cambio, ene l prpoceso penal el juicio atañe solamente al imputado.

Cuando se trata de delito las partes se distinguen por una razón sustanvcial: uno es el q actiua y otro es el q sufre a accoion (ofensor y ofendido). En cambio cuando se trata de litigio, la distinción se funda en la iniciativa: una de las dos partes pretende y la otra resiste a la pretensión (agresor y agredido).

La parte en le proceso penal toma el nombre de imputado, es aquel que es sometido al proceso penal a fin de que el juez compruebe si ha cometido o no un delito, y en caso afirmativo lo castigue. El proceso penal nace, por lo tanto, con la imputación. Antes de formular la imputación se realizan ciertos actos preparatorios de ella, pero mientras no haya una probabilidad en lugar de la simple posibilidad, no entra en existencia un proceso penal verdadero y propio. En esta fase puede intervenir el oficio judicial, pero por lo común actua la policía judicial, constituida por empleados del estado pertenecientes a otra rama distinta de la administración publica.

Las partes adoptan en el proceso civil el nombre de actor y demandado

Los juristas expresan la eficacia del juicio pronunciado por el juez con la formula d cosa juzgada: cosa, en esta formula, quiere significr la materia del juicio, es decir la posición de la parte/partes, que antes del jicio era incieerta y en virtud del juicio se ha convertido en cierta; una vez ha sido juzgada, no se puede ya discutir sobre ella. Los juristas dicen que el juicio del juez tiene fuerza ejecutiva, y quieren decir con ellos que, aunque las partes no se presten a ejecutarlo, alguien intereviene para hacerlo ejecutar por la fuerza

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