Caso Roe vs Texas
Enviado por Ninoka • 29 de Noviembre de 2018 • 2.905 Palabras (12 Páginas) • 472 Visitas
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Los intereses declarados del Estado son la protección de la salud y la seguridad de la mujer embarazada, y la protección de la vida humana futura dentro de ella. Estos son objetivos legítimos, ampliamente suficientes para permitir que un Estado regule los abortos, como lo hacen otros procedimientos quirúrgicos, y tal vez suficiente para permitir a un Estado regular los abortos más estrictamente o incluso prohibirlos en las últimas etapas del embarazo. Pero tal legislación no está ante nosotros y creo que la Corte hoy ha demostrado a fondo que estos intereses estatales no pueden sustentar constitucionalmente la amplia restricción de la libertad personal trabajada por la ley existente de Texas. En consecuencia, me uno a la opinión de la Corte sosteniendo que esa ley es inválida bajo la Cláusula de Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda.
Otras formas de invasión gubernamental. Pero la protección del derecho general de una persona a la intimidad -su derecho a ser dejados a un lado por otras personas- es, como la protección de sus bienes y de su propia vida, dejada en gran medida a la ley de los Estados individuales ". Estados Unidos, 389 US 347, 350 -351 (se omite la nota de pie de página). Esto también quedó claro para el juez Black, 381 EE.UU., en 507 (opinión disidente); Al Sr. Justice Harlan, 381 Estados Unidos, en 499 (opinión concurrente en la sentencia); Y al MR. JUSTICE WHITE, 381 U.S., en 502 (opinión concurrente en la sentencia). Véase también la opinión minuciosa y reflexiva del juez Harlan, disidente respecto al rechazo de la apelación en Poe v. Ullman, 367 U.S. 497, 522.
El dictamen del Tribunal decide que un Estado no puede imponer prácticamente ninguna restricción a la realización de abortos durante el primer trimestre del embarazo. Nuestras decisiones anteriores indican que un predicado necesario para tal opinión es una demandante que estaba en su primer trimestre de embarazo en algún momento durante la pendencia de su demanda. Mientras que una parte puede reivindicar sus propios derechos constitucionales, no puede buscar la reivindicación de los derechos de los demás. Moose Lodge v. Irvis, 407 U.S. 163 (1972); Sierra Club v. Morton, 405 U.S. 727 (1972). Sin embargo, la exposición de los hechos del Tribunal en el presente asunto pone de manifiesto que el expediente no indica en modo alguno la presencia de dicho demandante. Sólo sabemos que la demandante Roe en el momento de presentar su queja era una mujer embarazada; Por lo que aparece en este registro, puede haber estado en su último trimestre de embarazo a partir de la fecha en que se presentó la queja. Nada en la opinión de la corte indica que Texas podría no constitucionalmente aplicar su proscripción del aborto como escrito a una mujer en esa etapa del embarazo. No obstante, la Corte utiliza su queja contra la ley de Texas como punto de apoyo para decidir que los Estados pueden imponer prácticamente ninguna restricción a los abortos médicos realizados durante el primer trimestre del embarazo. [410 U.S. 113, 172] Al decidir tal demanda hipotética, la Corte se aparta de la antigua advertencia de que nunca debe "formular una norma de derecho constitucional más amplia de lo que exige la exactitud de los hechos a los que se aplica". Liverpool, Nueva York y Filadelfia S. S. Co. v. Commissioners of Emigration, 113 Estados Unidos 33, 39 (1885). Véase también Ashwander v. TVA, 297 US 288, 345 (1936) (Brandeis, J., concordando). II Incluso si hubiera un demandante en este caso capaz de litigar la cuestión que el Tribunal decida, llegaría a una conclusión opuesta a la alcanzada por el Tribunal. Tengo dificultades para concluir, como lo hace la Corte, que el derecho a la "intimidad" está involucrado en este caso. Texas, por el estatuto aquí impugnado, impide la realización de un aborto médico por un médico licenciado en un demandante como Roe. Una transacción que resulta en una operación como ésta no es "privada" en el uso ordinario de esa palabra. Tampoco es la "privacidad" que la Corte encuentra aquí incluso un pariente lejano de la libertad de las búsquedas y de las incautaciones protegidas por la Cuarta Enmienda a la Constitución, a la cual la Corte se ha referido como encarnando un derecho a la privacidad. Katz c. United States, 389 US 347 (1967). Si la Corte quiere decir con el término "privacidad" no más que que la demanda de una persona para estar libre de la regulación estatal no deseada de las transacciones consensuales puede ser una forma de "libertad" protegida por la Decimocu
Confirmada en nuestras decisiones anteriores sobre la base de esa libertad. Estoy de acuerdo con la declaración de MR. JUSTICE STEWART en su opinión concomitante de que la "libertad", contra la privación de la cual, sin el debido proceso, protege, abarca más que los derechos consagrados en la Declaración de Derechos. Pero esa libertad no está absolutamente garantizada contra la privación, sino contra la privación sin el debido proceso legal. La prueba tradicionalmente aplicada en el área de la legislación social y económica es si una ley como la impugnada tiene una relación racional con un objetivo estatal válido. Williamson v. Lee Optical Co., 348 U.S. 483, 491 (1955). La Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda, sin duda, coloca un límite, aunque amplio, sobre el poder legislativo para promulgar leyes como esta. Si el estatuto de Texas prohibiera un aborto incluso cuando la vida de la madre está en peligro, no tengo ninguna duda de que tal estatuto carecería de una relación racional con un objetivo estatal válido bajo la prueba establecida en Williamson
Incluso si hubiera un demandante en este caso capaz de litigar la cuestión que el Tribunal decida, llegaría a una conclusión opuesta a la alcanzada por el Tribunal. Tengo dificultades para concluir, como lo hace la Corte, que el derecho a la "intimidad" está involucrado en este caso. Texas, por el estatuto aquí impugnado, impide la realización de un aborto médico por un médico licenciado en un demandante como Roe. Una transacción que resulta en una operación como ésta no es "privada" en el uso ordinario de esa palabra. Tampoco es la "privacidad" que la Corte encuentra aquí incluso un pariente lejano de la libertad de las búsquedas y de las incautaciones protegidas por la Cuarta Enmienda a la Constitución, a la cual la Corte se ha referido como encarnando un derecho a la privacidad. Katz c. United States, 389 US 347 (1967). Si la Corte quiere decir con el término "privacidad" no más que que la demanda de una persona para estar libre de la regulación estatal no deseada de las transacciones consensuales puede ser una forma de "libertad" protegida
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