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Simplemente la verdad.

Enviado por   •  13 de Febrero de 2018  •  1.006 Palabras (5 Páginas)  •  306 Visitas

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LAS CARGAS PROBATORIAS.

Con el fin de hacer posible que le juez formule siempre una decisión final aun a falta de confirmación probatoria de uno o más hechos principales, la mayor parte de los ordenamientos prevé, reglas de juicio, que se basan en la asignación a las partes de la carga de la prueba, quien no demuestra la verdad de los hechos que tiene la carga de probar es derrotado, pues el juez debe establecer las consecuencias de la falta de prueba de los hechos que una parte ha alegado, decidiendo en su contra.

El principio fundamental que se expresa lo constituye el “onus probandi”, que señala la afirmación que debe estar listo y dispuesto, si es requerido a demostrar la verdad de lo que ha afirmado, por ende no se debe de afirmar aquello de lo que no se tengan pruebas adecuadas, la regla general sobre la carga de la prueba tiene una evidente función epistémica: apunta ante todo a imponer a quien haya alegado un hecho la carga de demostrar con pruebas que ese hecho ocurrió verdaderamente, presiona a la parte que ha alegado un hecho para que suministre su prueba, amenazándola con la derrota en el caso de que el hecho no resulte probado.

Si el actor tiene la carga de alegar el hecho constitutivo del derecho que hace valer tendrá también la carga de probar que ese hecho ha ocurrido, pero las consecuencia de no satisfacer cada carga son diferentes: si el actor no alega el hecho constitutivo el acto de iniciación del proceso es nulo, pero si lo ha alegado y no lo ha probado, entonces el acto de iniciación del proceso es válido pero el actor es vencido por una cuestión de fondo.

DECISIÓN Y MOTIVACIÓN

El discurso debe completarse ahora para precisar que esta construcción se expresa en un texto en el que los hechos del caso son narrados: este texto corresponde a la parte de la motivación de la sentencia que concierne a los hechos y a las razones por las que resultan probados y en consecuencia determinados. El juez debe de justificar su decisión enunciando las razones por las que debe considerar válida y racionalmente fundad la determinación. La obligación de motivar se refiere en particular al juicio sobre los hechos.

La plenitud de la motivación sobre los hechos implica, ante todo, que exista una justificación adecuada de cada enunciado relativo a las circunstancias que constituyen los hechos principales. Cada enunciado que se presenta como verdadero debe ser confirmado por las inferencias probatorias de las que constituya la conclusión. Lo mismo vale para cada enunciado cuya falsedad haya sido confirmada por las pruebas, ya que también los enunciados falsos resultan de inferencias probatorias. El juez debe decidir la controversia aplicando, las reglas sobre la carga de la prueba, debe justificar esta decisión explicando las razones por las que la prueba de ciertos hechos no ha sido alcanzada. Con mayor razón el juez debe explicar las razones por las que ha considerado oportuno descartar la aplicación de las reglas que regulan las cargas probatorias, disponiendo una distribución diferente de esas cargas entre las partes.

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