Derechos politicos.
Enviado por poland6525 • 27 de Abril de 2018 • 2.327 Palabras (10 Páginas) • 542 Visitas
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Los derechos políticos son aquellos derechos fundamentales que reconocen y garantizan a la ciudadanía la participación en la toma de decisiones públicas. Ordinariamente, se clasifican en tres formas básicas de actuación: el derecho a votar, el derecho a ser votado y el derecho de asociación política.
A través de éstos la ciudadanía puede hacer efectivas sus demandas y, por medio de su ejercicio, es posible “exigir responsabilidades a los gobernantes” . Se trata de derechos que promueven la inclusión y la participación de la sociedad. Tales son considerados como condición indispensable para lograr la igualdad real e incluso como un requisito más importante que los derechos sociales mismos.
Es decir que podemos continuar y dar cabida al concepto como la participación del pueblo en la toma de decisiones que se ven ligadas a un Estado. Anteriormente, limitaciones tales como el sexo o género, color de piel y quizás, muy minoritariamente, la nacionalidad imposibilitaba la participación del ciudadano en los procesos electivos de su Estado. Ya con el nacimiento del constitucionalismo nacen ciertos institutos con poder liberador y defensivo contra los derechos de los ciudadanos.
Así, señala el famoso politólogo N. Bobbio, que todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción de raza, de religión, de condición económica o de sexo, deben poder ejercerlos. Bobbio amplía su afirmación y anota que el voto de cada ciudadana o ciudadano debe tener un peso igual al de los demás; que todos quienes disfrutan de los derechos políticos deben ser libres de votar según su propia opinión, misma que debe haberse formado a partir de una libre selección entre diversos grupos políticos organizados que concurren entre sí; que la ciudadanía debe estar colocada en una situación en la que pueda escoger entre opciones diversas para, en efecto, ejercer sus derechos en libertad.
Los derechos políticos comprenden el derecho a votar (conocido también como el voto activo), el derecho a ser votado (voto pasivo) y el derecho de asociación política. Cuando se habla del derecho al voto activo se habla de la facultad que tiene toda y todo ciudadano de expresar su preferencia política, ya sea por un candidato o candidata a obtener un cargo de elección popular o bien por la aprobación o el rechazo de alguna ley o política pública. El voto pasivo, por su parte, se refiere a la prerrogativa de toda ciudadana o ciudadano para postularse y contender por un cargo de elección popular. De su lado, el derecho a la asociación política se refiere a la posibilidad que tienen todas las personas de organizarse con ánimos de participar activamente en la vida política del país
Los derechos políticos constituyen la primera porción de la declaración de los derechos humanos del 1948. La ampliación del termino democracia es lo que abre las puertas a la incorporación de dichos derechos en la sociedad actual. Movimientos democráticos, como se mencionaba anteriormente, ayudaron al esparcimiento de las teorías y obligación de apuntar al ciudadano como dueño de su decisión.
En la Constitución de la Republica Dominicana, al igual que en muchas constituciones en el mundo, reconoce y establece en su Título II De los Derechos Garantías y Deberes Fundamentales Capítulo I De los derechos Fundamentales Sección I De los Derechos Civiles y Políticos , los Derechos Políticos que tienen los dominicanos.
Artículo 45.- Libertad de conciencia y de cultos. El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres.
Artículo 46.- Libertad de tránsito. Toda persona que se encuentre en territorio nacional tiene derecho a transitar, residir y salir libremente del mismo, de conformidad con las disposiciones legales.
- Ningún dominicano o dominicana puede ser privado del derecho a ingresar al territorio nacional. Tampoco puede ser expulsado o extrañado del mismo, salvo caso de extradición pronunciado por autoridad judicial competente, conforme la ley y los acuerdos internacionales vigentes sobre la materia;
- Toda persona tiene derecho a solicitar asilo en el territorio nacional, en caso de persecución por razones políticas. Quienes se encuentren en condiciones de asilo gozarán de la protección que garantice el pleno ejercicio de sus derechos, de conformidad con los acuerdos, normas e instrumentos internacionales suscritos y ratificados por la República Dominicana. No se consideran delitos políticos, el terrorismo, los crímenes contra la humanidad, la corrupción administrativa y los delitos transnacionales.
Artículo 47.- Libertad de asociación. Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley.
Artículo 48.- Libertad de reunión. Toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley.
Artículo 49.- Libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.
- Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley;
- Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley;
- El secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y la ley;
- Toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá de conformidad con la ley;
- La ley garantiza el acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado.
Párrafo.- El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público.
*la especificación esta en cada requisito para los cargos de algún tipo de posición política o gubernamental.
CONCLUSION
En conclusión, Los Derechos Políticos constituyen la parte primaria de lo que son Los Derechos del Hombre.
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