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El Sindicato de Trabajadores de la Empresa La Chiquita,

Enviado por   •  29 de Marzo de 2018  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  441 Visitas

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- De 22 horas a 6 horas durante cinco días a la semana:

Jornada nocturna extraordinaria, gana por hora extra Q.25.00

- De 4 horas a 11 horas durante cuatro días a la semana:

Jornada mixta, no tiene horas extras, pero si las hiciera ganaría Q.21.43.

- De 5 horas a 16 horas diariamente:

Jornada mixta extraordinaria, gana por hora extra Q.21.43, pero tiene que tener un día de descanso semanal según lo describe el artículo 126 del código de trabajo.

- De 1 a 14 horas diariamente:

Jornada nocturna extraordinaria, gana por hora extra Q.25, sin embargo, se está infringiendo la ley ya que según el artículo 122 del código de trabajo no podría exceder de 12 horas diarias, adicional, tiene que tener un día de descanso semanal según lo describe el artículo 126 del código de trabajo.

- Dos horas en la mañana, 4 horas en la tarde y una en la noche:

Jornada diurna extraordinaria. Q.21.43 por cada hora.

- 6 horas de 2 de la mañana a 8 de la mañana y 3 horas de 12 a 15 horas:

Es jornada mixta extraordinaria, son 3 horas extra.

- Dos horas de 18 a 20 horas:

Jornada nocturna ordinaria, no se le pagan horas extras.

- 3 horas de 3 de la mañana a 6 de la mañana, y de 14 a 19 horas, de lunes a miércoles:

- De 6 de la tarde a 6 de la mañana:

Jornada nocturna extraordinaria, se le paga 4 horas extraordinarias: Q.100.00

- De 13 horas a 15 horas. De 18 a 24 horas y de 9 de la mañana a 12 horas de jueves a martes:

Jornada nocturna extraordinaria, se le pagan 5 horas extraordinarias.

- De 8 de la mañana a 14 horas y de 18 horas a 23 horas de jueves a domingo:

Jornada nocturna extraordinaria, se le pagan 5 horas extraordinarias.

- De lunes santo a domingo de ramos:

- De 8 a 9 horas todos los días de la semana:

Jornada diurna extraordinaria, según el artículo 126 del código de trabajo tiene que tener un día de descanso semanal.

- De 23 horas a 8 de la mañana:

Jornada nocturna extraordinaria, se le paga por hora extra Q.25.00.

- El día Domingo y sábado de 8 a 14 horas y de 14 a 23 horas

- De 23 a 8 horas el primero de mayo

- De 8 a 12 horas y de 15 a 23 horas del día 24 de Diciembre.

- De 6 a 16 horas el día 41 de Diciembre.

Toda la información recabada, permitira que sea transmitida a cada uno de los colaboradores o afiliados, tomando como base legal los articulos establecidos que establecen los derechos y obligaciones tanto de los trabjadores como de los patronos.

Esto permitira que cada una de las desiciones que se tomen esten bajo el estado de derecho, y no se puedan violar los intereses de los involucrados.

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