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El concepto cientifico de kirchmann de la ciencia juridica.

Enviado por   •  15 de Junio de 2018  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  412 Visitas

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Plantea que lo general es lo estable, incorruptible y son leyes y normas constantes, y lo individual evade lo establecido en la ley. Y precisamente en el derecho se tipifican cosas singulares en leyes generales. Entonces desde la perspectiva de las ciencias naturales es imposible una ciencia cuyo objeto se pondría fuera de su órbita, escapando siempre a los juicios genéricos. Entonces ahí está la prueba de lo que para Kirchmann es la a-cientificidad del derecho. Los objetos de la naturaleza conservan sus características a través del tiempo y así lentamente permite que la ciencia llegue a comprenderla, descubrir leyes naturales que nos rigen y así crear teorías y formular conceptos mientras que la ciencia jurídica siempre está en constante cambio adaptándose a la sociedad por consiguiente Kirchmann señalaba que “con cada cambio de ley, toda la labor comentarista pierde su valor” y además que llevan a que todos los resultados alcanzados sean inestables y tengan que estar en constante discusión.

2. VACIOS EN EL MODELO DE DERECHO PLANTEADO POR KIRCHMANN:

Independientemente de su rigor para demostrar el carácter a-científico del derecho sus argumentos fueron debilitados por el desarrollo de una idea de ciencia singular. Esto dejo en evidencia los vacíos que había en su tesis acerca tener una realidad absoluta aplicable en todos los momentos y en todas las circunstancias.

2.1. La injusticia en su argumento basado en la índole individual frente a la Generalidad:

Ahora pasando a su argumento del derecho frente a la generalidad, dicta que la ley general es rígida, irreducible y sin excepciones, plantea que las leyes deben ser de carácter erga omnes, como son en la actualidad, pero la diferencia es que el priva la facultad de los individuos de ser juzgados de manera individual por los actos específicos que fueron cometidos y que están organizados categóricamente según la diferencia de condiciones y sus agravantes, pero que igualmente están codificados dentro de ley general que los abarca, sino que pretende ensamblar el derecho en un sistema sencillo y generalizado para así juzgar bajo las mismas condiciones todas las diversas conductas que tienen su núcleo común en una misma ley, sin importar el grado del delito por medio de los denominados juicios generalizados.

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Este es un claro ejemplo sobre la diferencia entre la igualdad y la justicia, que son totalmente distintas. La igualdad no siempre es justicia y en este caso se evidencia la violación del derecho a la justicia, un vacío jurídico y además un inmenso dilema moral.

- . Nuevos conceptos de ciencia que contradicen a Kirchmann:

En la teoría de evolución de Popper, el señala que con frecuencia la idea de ciencia que la mayoría de las personas tiene gira en torno al “ideal de exactitud”, por lo que comúnmente se olvida que lo que hace al hombre de ciencia no es la posesión de conocimientos como verdades absolutas, sino la búsqueda constante y audaz de la verdad. En ese contexto el derecho no pertenece al mundo de la “ideal exactitud“ sino que pertenece a lo discutible, a lo que está en constante debate y que se debe interpretar con respecto a los cambios. Estos cambios en la jurisprudencia son necesarios ya que surgen de la transformación en la sociedad ya que hay cambios en la cultura, en los comportamientos y en las costumbres ya que el ser humano está en una constante evolución, por consecuencia no se puede regir ni poner orden a una comunidad con normas y leyes viejas que están fuera de órbita. Por esta razón considero que el derecho es una ciencia, porque es la ciencia que estudia la historia, los cambios que surgieron a lo largo de esta y el comportamiento de los individuos, para interpretarlos y así adaptar y ajustar el derecho a la actualidad.

Conclusión:

En el presente trabajo se planteó la tesis de que el derecho es a-científico por sus diversas modificaciones e interpretaciones hechas a lo largo de la historia, porque según los argumentos lo que se considera científico es un sistema generalizado, estable e inmodificable sin tener en cuenta las transformaciones de la sociedad. De esto concluyo que este planteamiento no protege el bienestar de las personas, no permite ni la evolución ni la interpretación de la jurisprudencia, es injusto, y además trae un dilema mora. Se puede ver la afirmación de Roberto j. verenguero quien expresa que Kirchmann constituye un alegato “que sería bueno archivar de una buena vez, puesto que responde a una idea que ni siquiera refleja modelo aceptable de ciencia moderna”.

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BIBLIOGRAFIA:

- El carácter a-científico de la llamada ciencia del derecho. -Julius Hermann Von Kirchmann.

- Las ideas de Kirchmann acerca de la ciencia jurídica. –Mariano Novelli

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