INTRODUCCION GENERAL AL CONTRATO
Enviado por Sara • 7 de Marzo de 2018 • 6.331 Palabras (26 Páginas) • 607 Visitas
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5.- SEÑALE LAS OBLIGACIONES QUE ADQUIEREN CADA UNA DE LAS PARTES DEL CONTRATO DE PROMESA
R= Se obligan, dentro de cierto lapso, sea por el vencimiento de un plazo o por el cumplimiento de una condición, a celebrar un contrato futuro determinado.
6.- EXPLIQUE LAS CONSECUENCIAS DEL CUMPLIMIENTO E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
R= La ley quiere que la obligación se cumpla en especie, no a través de un modo que resulta ser solo un modo subsidiario y auxiliar de cumplimiento, la indemnización.
El incumplimiento de toda obligación producida por el contrato de promesa presenta una problemática.
Ante el incumplimiento de toda obligación, la victima de dicho incumplimiento tiene de derecho a elegir entre la indemnización perfecta, que consiste en la ejecución forzada del mismo objeto de la obligación incumplida y el pago de daños y perjuicios moratorios, y la indemnización imperfecta, consiste en el pago de los daños y perjuicios compensatorios. En el caso de incumplimiento de las obligaciones producidas por el contrato de promesa, resulta aplicable la solución general mencionada.
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En el Código Civil del Estado de Sonora, Segunda parte de las diversas especies de contrato, titulo primero el contrato preparatorio se encuentra en los artículos del 2474 al 2482.
7.- ANOTE LAS CONSECUENCIAS DE TERMINACION DEL CONTRATO
R= Termina ordinariamente por agotamiento natural de los efectos del contrato, pero también puede caducar si termina el plazo sin que exista culpa de ninguna de las partes y otra forma es si el contrato final es lícito.
8.- SEÑALE EL ELEMENTO DISTINTIVO DEL CONTRATO DE PROMESA
R= Contrato en el que se acuerda celebrar un contrato a futuro.
TEMA III
CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO
1.- CONCEPTO DE COMPRAVENTA, PERMUTA, DONACION, MUTUO
R= COMPRAVENTA.- El contrato de compraventa es aquel contrato bilateral en el que una de las partes (vendedora) se obliga a la entrega de un producto, ya sea un bien o un servicio, y la otra (compradora) a pagar por ella un cierto precio, en dinero o signo que lo represente.1
PERMUTA.- La permuta es un contrato “por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra”, o bien la titularidad de un derecho
DONACION.- Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.
MUTUO.- Es un contrato por el cual el mutante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles ( una cosa por otra) al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
Se llama mutuo o, sencillamente, préstamo, al contrato por virtud del cual una persona (prestamista o mutuante) entrega a otra (prestatario o mutuatario) dinero u otra cosa fungible, para que se sirva de ella y devuelva después otro tanto de la misma especie y cantidad
2.- LA COMPRAVENTA ES UN CONTRATO EN VIRTUD DEL CUAL UNO DE LOS CONTRATANTES LLAMADO VENDEDOR, SE OBLIGA A TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE UNA COSA O TITULARIDAD DE UN DERECHO A UN COMPRADOR, QUIEN ESTA OBLIGADO A PAGAR UN PRECIO CIERTO Y EN DINERO (F) (V)
3.- EL OBJETO MATERIAL DE LA COMPRAVENTA DEBE EXISTIR EN LA NATURALEZA, ESTAR EN EL COMERCIO Y SER INDETERMINABLE (F) (V)
El objeto del contrato de compraventa pueden ser bienes muebles o inmuebles, que estén en el comercio, como ya dijimos, y cuya venta no esté especialmente prohibida. Las cosas futuras también pueden ser objeto de una compraventa aleatoria, por ejemplo, vender los pescados que se atrapen en un determinado día de pesca, de fecha posterior al contrato. Deben ser cosas determinadas o indeterminadas, pero la indeterminación no puede ser absoluta, por ejemplo, una persona no puede comprometerse a entregar cualquier cosa, solo puede haber indeterminación en la especie, pero no en el género ni en la cantidad. Por ejemplo, el vendedor puede comprometerse a entregar dos caballos, sin especificar cuales son, exigiéndose la solemnidad de las formas para el caso de compraventa de inmuebles (escritura pública).
4.- LA CAPACIDAD DE LOS EXTRANJEROS NO SE VE AFECTADA PARA ADQUIRIR EN NINGUN CASO (F) (V)
Para comprar y vender se necesita capacidad para obligarse, y para disponer de sus bienes, respectivamente. Aún luego de la separación judicial de bienes no pueden celebrar contrato de compraventa, los cónyuges entre sí. Tampoco puede ocurrir entre padres e hijos bajo patria potestad, ni entre los pupilos y sus tutores y curadores. Los menores emancipados necesitan para vender sus bienes inmuebles, los de su mujer e hijos, autorización judicial. Los mandatarios no pueden comprar los bienes que se les encomendó vender, ni los empleados estatales los bienes públicos cuya administración y venta les hubieran encargado. Los bienes litigiosos no pueden ser adquiridos por los jueces, abogados y todo otro funcionario o auxiliar de la justicia que se desempeñaran en ese juzgado o tribunal. Los funcionarios públicos tampoco pueden adquirir los bienes públicos, o de corporaciones civiles o religiosas, de sus respectivas jurisdicciones
5.- LA PERMUTA ES UN CONTRATO PRINCIPAL, UNILATERAL QUE OBLIGA A ENTREGAR UNA COSA POR OTRA (F) (V)
El contrato de permuta es principal, bilateral, oneroso, conmutativo, con forma restringida.
Es principal, pues tiene fines y vida propios, y para su existencia o validez no depende de otro contrato.
Es bilateral en virtud de que nacen obligaciones para ambas partes. Tales obligaciones consisten en dar y transmitir la propiedad o titularidad de un derecho a cambio de otro
6.- LA DONACION ES UN CONTRATO PRINCIPAL, BILATERAL TRASLATIVO DE DOMINIO POR EL QUE EL DONANTE TRANSMITE GRATUITAMENTE LA PROPIEDAD DE SUS BIENES A UN DONATARIO, QUIEN A SU VEZ SE OBLIGA A CAPTAR (F) (V)
7.- UN NO CONCEBIDO, PUEDE ADQUIRIR POR DONACION (F) (V)
Las donaciones solo pueden hacerse a favor de personas que tengan existencia civil o natural
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