LAS SENTENCIAS ESTAN EN EL LINK “DOCUMENTOS”
Enviado por Sandra75 • 29 de Abril de 2018 • 868 Palabras (4 Páginas) • 315 Visitas
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Dicho despido vulnera el derecho del trabajo del actor, acorde con el Articulo 22 de nuestra Constitución Política del Perú.
- Según el fundamento 3.3.6. ¿cuándo el trabajador acepta el despido arbitrario y cuando no lo acepta?
En la Sentencia se habla que el hecho que el empleador haya efectuado pago de beneficios sociales, indemnización por despido arbitrario no significa aceptación del pago, ya que el cobro de estos beneficios no suponen el consentimiento del despido, salvo si se acepte dicho pago, lo cual ya no permitiría la reposición del trabajador.
En el presente caso el trabajador no acepto los pagos.
- En cuanto al Expediente. N° 03111-2012-AA/TC Junín Fernando Carlos Koc Chang, ¿a qué se llama Trabajador de Confianza?
A los que cumplen con lo siguiente:
a) La confianza depositada en él, por parte del empleador; la relación laboral especial del personal de alta dirección se basa en la recíproca confianza de las partes, las cuales acomodarán el ejercicio de sus derechos y obligaciones a las exigencias de la buena fe, como fundamento de esta relación laboral especial.
b) Representatividad y responsabilidad en el desempeño de sus funciones; las mismas que lo ligan con el destino de la institución pública, de la empresa o de intereses particulares de quien lo contrata, de tal forma que sus actos merezcan plena garantía y seguridad.
c) Dirección y dependencia; es decir que puede ejercer funciones directivas o administrativas en nombre del empleador, hacerla partícipe de sus secretos o dejarla que ejecute actos de dirección, administración o fiscalización de la misma manera que el sujeto principal.
d) No es la persona la que determina que un cargo sea considerado de confianza. La naturaleza misma de la función es lo que determina la condición laboral del trabajador.
- ¿Cómo debe procederse cuando se califica a un trabajador como de confianza?
Se procederá de la siguiente manera:
a) Se identificará y determinará los puestos de dirección y de confianza de la empresa, de conformidad con la Ley;
b) Se comunicará por escrito a los trabajadores que ocupan los puestos de dirección y de confianza que sus cargos han sido calificados como tales; (…).
- ¿Qué características tienen los Trabajadores de Confianza?
Las características son: representatividad, la responsabilidad, la dirección y la dependencia.
- ¿Por qué razón el Tribunal Constitucional no amparó la demanda del trabajador?
Porque no se ha acreditado la vulneración de los derechos al trabajo y al debido proceso, tal cual indica la parte resolutiva de la sentencia.
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