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Análisis película "El Jardinero fiel" desde la bioética.

Enviado por   •  14 de Noviembre de 2017  •  2.423 Palabras (10 Páginas)  •  1.110 Visitas

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resistente, justifica la necesidad de probar en humanos la fórmula creada, sabiendo que tiene efectos secundarios y en algunos casos, que lleva a la muerte de varios pacientes.

5) Mencione y transcriba las normas jurídicas (Constitución Nacional, Tratados, Leyes, decretos, reglamentaciones, Códigos de Ética, jurisprudencia) que atañen a esas situaciones.

• Código de Nuremberg: este código trata los principales criterios éticos. Se creó en 1947. Se da un especial relieve a la existencia de un verdadero consentimiento voluntario en la persona sometida a la investigación. Se excluye todo tipo de presión externa. No se permiten los experimentos realizados en niños o en portadores de deficiencias mentales. Debe informarse al individuo que se somete a una experimentación de los inconvenientes y riesgos que puedan seguirse para su salud. La experimentación debe ser necesaria y fructuosa en la sociedad. Tiene que ir precedida de una suficiente experimentación animal y estar basada en el conocimiento de la historia natural de la enfermedad o problema en estudio. La experimentación es ilegítima si existen razones que induzcan a pensar a priori que pueda ocasionar la incapacidad física o la muerte del sujeto. El grado de riesgo asumible nunca ha de exceder el grado de importancia humanitaria del problema en estudio, se deben tomar las medidas necesarias para proteger a las personas. Únicamente pueden realizar una experimentación humana científicos altamente calificados que deben ser siempre estar dispuestos a interrumpir la investigación si consideran que puede ser perjudicial para el individuo. Durante la realización de la experimentación, el sujeto es siempre libre para retirar su consentimiento.

• Declaración de Helsinki: se creó en 1964 aprobado por la sociedad médica mundial. Está en continuidad con el código de Nuremberg y nos limitaremos a subrayar los elementos nuevos que aporta: se exige la presentación de un protocolo de investigación que defina y los fines y métodos del estudio en que se incluyan los problemas éticos que plantea el ensayo; toda investigación debe estar precedida por un informe previo valorado por un comité independiente; se afirma explícitamente que los intereses del individuo deben prevalecer sobre los de la ciencia; el consentimiento informado debe prestarse por escrito y puede retirarse en cualquier momento de la investigación; en los casos en que el enfermo se halle en una relación de dependencia con el investigador, el consentimiento debe prestarse ante otro médico que no participe de la investigación; en casos de personas legalmente incompetentes, el consentimiento lo debe dar su tutor legal; los sujetos que se sometan a una investigación no clínica deberán hacerlo voluntariamente sin que el interés de la ciencia o de la sociedad pueda prevalecer sobre el bien del individuo. En la revisión de Edimburgo (2000) se encuentran las siguientes aportaciones: debe siempre proporcionarse a las participantes de la investigación el mejor tratamiento disponible. Una vez finalizado el experimento se debe proporcionar a todos los participantes en el mismo el tratamiento que haya demostrado ser más eficaz. En cualquier caso los resultados obtenidos los resultados deben ser publicados. El paciente debe conocer los intereses financieros que tiene el investigador.

• El denominado informe Belmont (1979) tuvo más repercusión práctica. En él se definen los 3 principios éticos básicos: respeto por las personas, beneficencia y justicia (distributiva), así como su aplicación práctica a los proyectos de investigación.

• Otro documento de gran importancia es el de las Directrices para la investigación biomédica con sujetos humanos de la OMS. Los puntos nuevos que este documento aporta en relación con los anteriores son los siguientes: subraya las condiciones en que puedan realizarse estas experimentaciones en los países en desarrollo; vuelve a hacer referencia al tema del consentimiento informado, especialmente en las personas que pertenecen a grupos vulnerables; en el caso de los niños, además del consentimiento de sus padres o tutores legales, se exige que se haya realizado previamente la experimentación en adultos y que se considere necesaria hacerla también en niños, a los que, si es posible, se les deberá pedir el permiso; en los enfermos mentales, debe tratarse de ensayos sobre terapias psiquiátricas que no puedan realizarse en personas sanas; los reclusos constituyen una población ideal para un experimento por vivir en las mismas condiciones de vida, sin embargo, se expresa una actitud crítica ya que, aunque los presos puedan prestar voluntariamente su consentimiento, debe ponderarse que su libertad está condicionado por la esperanza de conseguir beneficios por su participación en la experimentación; también se subrayan los riesgos de la participación en los experimentos de personas que puedan estar en situaciones de dependencia (estudiantes de medicina, enfermeras, colaboradores de la industria farmacéutica…); precisamente por estas razones, se apoya la existencia de comités independientes que evalúen la calidad del experimento y la existencia de un verdadero consentimiento informado en los participantes.

• Finalmente es importante hacer referencia al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y la Dignidad del Ser Humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina. Siguiendo las directrices éticas precedentes, se exigen los siguientes requisitos: que no exista un tratamiento alternativo de eficacia comparable; que se de una proporción significativa entre los beneficios y los riesgos; que se trate de un protocolo de investigación que haya recibido una previa aprobación; que se informe a los sujetos de sus derechos; que se haya prestado el necesario consentimiento informado, que puede además, ser retirado en cualquier momento de la experimentación.

• Existen otros documentos nacionales e internacionales que regulan las condiciones científicas y éticas de la experimentación, como la recientemente aprobada Directiva 2001-20-CE, sobre ensayos clínicos.

En todos ellos se insiste en las condiciones en que debe darse el consentimiento informado y en la importancia de los comités éticos de investigación. Un punto importante es la presencia de especialistas en estadística que puedan evaluar la investigación propuesta y los resultados obtenidos desde criterios rigurosos.

6) Postule soluciones para cada situación problemática identificada. Fundamente su criterio.

• Para que la investigación sea éticamente correcta, el consentimiento tendría que ser un proceso deliberativo y prudencial en el cual el profesional informa, el paciente procesa

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