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LOS JÓVENES Y LAS REGLAS PEATONALES: Una perspectiva de género

Enviado por   •  26 de Octubre de 2018  •  5.951 Palabras (24 Páginas)  •  250 Visitas

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Es un factor alarmante ya que de no adoptarse medidas de alcance global, la evolución de las defunciones viales podría aumentar a 2,4 millones de personas para el año 2030, ocupando la quinta causa de muerte más importante este sentido.

De acuerdo con lo señalado por La Organización Mundial de la Salud (2010, citada en Escanes, Agudelo-Botero y Cardona, 2011) México registró una tasa de mortalidad vial de 14.7 muertes por cada cien mil habitantes. De las cuales, de acuerdo a datos proporcionados por el INEGI (2014) los actores que constituyen el riesgo más importante para morir, son los peatones, que representa el 53.1% del total de casos.

No obstante, pese a que los peatones representan dicha tasa de mortalidad, los estudios sobre movilidad cotidiana en México, hacen caso omiso a su movilidad, ya que dicha movilidad es calculada a través de los viajes realizados en algún modo de transporte, ignorando así, aquellos desplazamientos hechos a pie.

De acuerdo con Pérez (2014), en esta ciudad, las condiciones para el desplazamiento a pie son difíciles ya que el peatón debe sortear una serie de barreras físicas a su paso, además de resguardarse de los vehículos. A pesar de que el Reglamento de Tránsito Metropolitano estipula que los peatones tienen la prioridad frente a cualquier vehículo motorizado, en la práctica, esta prioridad no es respetada. Ulteriormente, la presencia del peatón en los espacios públicos, incluyendo todas las vías de movilidad, es ignorada, a pesar de ser el propietario natural de dichos espacios (PRO METRO A.C. citado en Elvira, 2012)

En el momento de buscar responsabilidad surge la incógnita de si es el conducto o el peatón el responsable del accidente, sin llegar a pensar que son las autoridades las responsables y éstos personajes las víctimas, pues como menciona Elvira (2012) ya sea el peatón o el conductor, ninguno sale a la calle con la idea de atropellar o causar un accidente y aunque se puede pensar que el peatón es el responsable por no usar el puente peatonal, este tiene razones por las cuales no los usa. En primer lugar, el peatón trata de evitar los delitos que ocurren en dichos puentes como son una violación, los asaltos y accidentes. En segundo lugar, el peatón tiene que caminar hasta donde se hallan dichos puentes, ya que no están ubicados en puntos útiles. En tercer lugar, los puentes que existen son escasos, con una infraestructura insuficiente y de mala calidad.

Lo anterior concuerda con lo reportado por Hidalgo, E., Campuzano, J. Rodríguez, J., Chias, L., Reséndiz, H., Sánchez, H., Baranda, B., Franco, C., Híjar, M. (2010), en una investigación donde encontraron que al analizar las variables relacionadas con motivos y frecuencia de uso de los puentes peatonales, el 72.7% de los peatones reportó usarlos generalmente, de los cuales 80% afirmaron usarlos siempre. Las principales razones para su uso fueron: “son más seguros” (80.2%) y “no hay otra forma de cruzar” (15.8%). Del grupo de personas que respondió que no usaba los puentes, 30.7% dijo que fue por “flojera o implica mucho esfuerzo”, 25.7% “me puedo cruzar por la calle”, y 24.8% “son inseguros”. Vale la pena aclarar que los peatones que afirmaron usar los puentes, al expresar que “son más seguros”, se refieren a seguridad física relacionada a no exponerse al flujo vehicular, a la afluencia de uso y al fácil acceso. Mientras, en el caso de los peatones que dijeron no usarlos porque “son inseguros”, hacen referencia a los posibles riesgos relacionados con actividades delictivas.

A pesar de esto los medios hacen parecer que el responsable es el peatón y éste no tiene ninguna justificación, y esto se puede observar ya que en diferentes notas de prensa sobre accidentes ocurridos en la Ciudad de México (CDMX) y el Estado de México se le cataloga al peatón como “flojo” y califica su conducta de “imprudente” e “irresponsable” ya que busca evitar “la fatiga” de usar la infraestructura peatonal y “ahorrarse” la subida de los puentes. También resaltan la “negligencia” de los peatones y su constante toma de riesgos: “torean coches”, buscan “ganar el paso” a los automóviles y son atropellados por “ignorar” el peligro, cruzar “sin precaución” y “distraerse” (Pérez, 2015).

Los titulares relacionan los atropellamientos y el no uso de los puentes peatonales, poniendo de manifiesto la responsabilidad del peatón en el accidente: “Arrollan peatón a un paso de puente peatonal” (Azteca Noticias, 26/08/2013), “Muere atropellado por no usar puente peatonal en Iztapalapa” (El Universal, 17/09/2012), entre otros.

5. Reglamento de tránsito de CDMX:

El Reglamento de tránsito de la Ciudad de México establece que:

“Peatón se define: como aquella persona que transita por la vía a pie y/o que utiliza ayudas técnicas por su condición de discapacidad o movilidad limitada, así como en patines, patineta u otros vehículos recreativos; incluye a niños menores de 12 años a bordo de un vehículo no motorizado.” (Jefatura de Gobierno (2015). Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, (p. 5).

Respecto a éste menciona lo siguiente:

“Artículo 5”.- Los peatones deben guiar su circulación bajo las siguientes reglas:

I. Obedecer las indicaciones de los agentes, personal de apoyo vial, promotores voluntarios, así como la señalización vial;

II. Dar preferencia de paso y asistir a aquellos que utilicen ayudas técnicas o a personas con movilidad limitada;

III. Cuando utilicen vehículos recreativos en las vías peatonales:

a) Dar preferencia a los demás peatones; b) Conservar una velocidad máxima de 10 km por hora que no ponga en riesgo a los demás usuarios de la vía; y c) Evitar sujetarse a vehículos, ya sean motorizados o no.

IV. Antes de cruzar una vía, voltear a ambos lados de la calle, para verificar que los vehículos tienen posibilidad, por distancia y velocidad, de frenar para cederles el paso; asimismo, procurar el contacto visual con los conductores;

V. Ceder el paso a vehículos de emergencia cuando estos circulen con las señales luminosas y audibles en funcionamiento;

VI. Cruzar por las esquinas o cruces peatonales en las vías primarias y vías secundarias con más de dos carriles efectivos de circulación; en vías secundarias que cuenten con un máximo de dos carriles efectivos de circulación podrán

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